Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 19/12/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DR. PEDRO AUGUSTO MIRÓ
Subsecretario
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
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AÑO LXI
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
RESISTENCIA, VIERNES 19 DE DICIEMBRE DE 2014
DECRETOS
DECRETO Nº 2262
Resistencia, 17 diciembre 2014
VISTO:
La actuación simple N E32-2014-5943-A iniciada en el Ministerio de Planificación y Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que la Empresa SAMEEP, presentó un Estudio de Impacto Ambiental referido al Proyecto "Provisión de Agua Potable a la Localidad de General Pinedo";
Que la Ley General del Ambiente N 25.675 establece en su Artículo 8-inciso 2, a la Evaluación de Impacto Ambiental como instrumento de la política y la gestión ambiental;
Que la Constitución Provincial, en su Artículo 38, establece que todos los habitantes de la Provincia tienen el derecho inalienable a vivir en un ambiente sano, equilibrado, sustentable y adecuado para el desarrollo humano y a participar en las decisiones y gestiones públicas para preservarlo, así como el deber de conservarlo y defenderlo; siendo deber de los poderes públicos dictar normas que aseguren la exigencia de estudios previos sobre impacto ambiental para autorizar emprendimientos públicos o privados;
Que la Ley Provincial N 3964, tiene por objeto la preservación, recuperación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en todo el territorio de la Provincia del Chaco, para lograr mantener la biodiversidad y una óptima calidad de vida;
Que para su cumplimiento, la citada norma establece en su Artículo 6 que "Todas las personas físicas o jurídicas y los organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal que proyecten obras, acciones o actividades capaces de modificar directa o indirectamente el ambiente del territorio chaqueño, deberán evaluar el impacto ambiental realizando un estudio que incluya la descripción y evaluación de las distintas alternativas y de sus respectivos efectos ambientales, debiendo agregar la especial descripción de evaluación de la alternativa elegida fundadamente, quedando a criterio del organismo de aplicación de la presente ley su aprobación
Que la Ley Provincial N 5562, en su Artículo 2, indica que la "Evaluación Ambiental Estratégica es el procedimiento establecido para evaluar, corregir y controlar los efectos que sobre el ambiente pueden tener determinados planes o programas, públicos o privados, con el fin de conseguir elevado nivel de protección ambiental y promover el desarrollo sustentable, a través de la integración de la variable ambiental en la elaboración y aprobación de los referidos planes y programas
Que de acuerdo con la envergadura de los intereses ambientales comprendidos, y a efectos de garantizar una efectiva participación ciudadana en las decis iones, res ulta necesario implementar un es pacio institucional para que la ciudadanía en general, y todo aquel que se vea afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión respecto de las cuestiones sometidas a consulta;
Que el sistema de audiencias públicas, consa-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.730
grado por Ley N 4654 t.v y su Decreto Reglamentario N 01/08, establece que la convocatoria a la Audiencia Pública se realizará por Decreto, y es el señor Gobernador de la Provincia el que presidirá la misma, pudiendo éste designar a otros funcionarios que lo representen;
Que en consecuencia corresponde convocar a Audiencia Pública para analizar el Estudio de Impacto Ambiental denominado "Provisión de Agua Potable a la Localidad de General Pinedo";
Que en el presente trámite ha tomado la intervención correspondiente, la Asesoría General de Gobierno;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO
DECRETA:
Artículo 1: Convócase a Audiencia Pública a los interesados en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Provisión de Agua Potable a la Localidad de General Pinedo", el día 9 de enero de 2015, a las 11 horas en el INTA Pinedo, sito en calle 11 entre 2 y 4, de la ciudad de General Pinedo, Chaco.
Artículo 2: Autorízase al señor Ministro de Planificación y Ambiente, Ingeniero Agrónomo Herman Miguel Brunswig, como autoridad que presidirá la Audiencia.
Artículo 3: Desígnase como área de implementación a la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y autorízase a la misma a adoptar las medidas pertinentes para el desarrollo de la Audiencia Pública.
Artículo 4: Habilítase por veinte 20 días el Registro para la inscripción de personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que quieran hacer uso de la palabra en la Audiencia y/o incorporar al trámite información que sea relevante.
Artículo 5: Determínase que la inscripción se efectuará hasta dos 2 días antes de la realización de la Audiencia Pública en la sede de la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sito en Marcelo T. Alvear N 145, Piso 9, Oficina 8.
Artículo 6: Publícase por dos 2 días la Convocatoria a Audiencia Pública en dos 2 diarios de circulación provincial y en el Boletín Oficial, en un plazo no menor a veinte 20 días a la realización de la Audiencia, observando todos los requerimientos previstos en el "Reglamento General de Audiencia Pública para el Poder Ejecutivo Provincial" Decreto N 01/08-Anexo I.
Artículo 7: Determínase que el gasto emergente de lo ordenado en el presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 80-Empresa Provincial SAMEEP, de acuerdo con la naturaleza de la erogación.
Artículo 8: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo: Bacileff Ivanoff / Brunswig s/c.
E:19/12 V:22/12/14
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DECRETO Nº 2279
Resistencia, 18 diciembre 2014
VISTO:
La proximidad de las fiestas de fin de año; y CONSIDERANDO:
Que las mismas revisten suma importancia social y trascendencia religiosa;