Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 23/10/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LVI
EDICION 32 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
RESISTENCIA, VIERNES 23 DE OCTUBRE DE 2009

LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 6.427
ARTÍCULO 1: Modificase el artículo 1 de la ley 6.075 de Ministerios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1: El despacho de los asuntos administrativos de la Provincia estará a cargo de los siguientes Ministerios:
1 Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo.
2 Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
3 Producción y Ambiente.
4 Economía, Industria y Empleo.
5 Salud Pública.
6 Desarrollo Social y Derechos Humanos.
7 Infraestructura y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 2: Sustitúyese el título y el texto del artículo 18
de la ley 6.075 de Ministerios, por lo siguiente:
TÍTULO VII
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y AMBIENTE
ARTÍCULO 18: Son funciones del Ministerio de Producción y Ambiente asistir al Gobernador en todo lo atinente a la política productiva sectorial, estimulando las inversiones para el crecimiento de la producción de bienes y servicios agrarios, la preservación de la calidad ambiental y en particular, sin que ello implique limitar el área de su competencia:
1 La propuesta de acciones conducentes a la consolidación e incremento del sistema económico-productivo provincial, procurando el pleno aprovechamiento de los factores de producción, la agilización y expansión de la cadena de distribución y el fomento de nuevas y mayores inversiones.
2 La ejecución de políticas y medidas instrumentales con organismos internacionales, nacionales, provinciales y municipales, como asimismo con los factores de la producción y del trabajo y sus entidades representativas, en orden a la concreción de los objetivos fijados.
3 La intervención, promoción, organización y ejecución de exposiciones, ferias, concursos, muestras, misiones de carácter económico oficiales y privadas y demás actividades tendientes al fomento de la producción, de las inversiones y del comercio interno y externo en el área de su competencia.
4 La participación en la orientación de los recursos hacia los sectores de la producción más convenientes y en la ejecución de las políticas respectivas en el área de su competencia.
5 La autorización y registro de las cooperativas; la elaboración y aplicación del régimen de las mismas, su fomento, desarrollo y promoción.
6 La fiscalización sanitaria de la producción
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.980

agropecuaria, granjera, forestal, fauna industrial y comercial, coordinando acciones con otros organismos del orden municipal, provincial y nacional e intervenir en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos del área de su competencia.
7 La elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con los sectores agropecuarios, granjeros, forestales, fauna y demás recursos naturales de acuerdo con las políticas fijadas para el sector.
8 La realización, aplicación y fiscalización del régimen general de la tierra rural, respetando el derecho legal de la propiedad.
9 La administración y colonización de tierras fiscales, su relevamiento, registros, determinación de aptitud, subdivisión, uso, disposición y privatización, con intervención del Instituto de Colonización.
10 La participación en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación, en el área de su competencia.
11 La coordinación de los planes provinciales de electrificación rural, de acuerdo con las políticas de promoción y desarrollo de la producción.
12 La planificación, elaboración y ejecución de medidas para la defensa de los cursos de agua y la afectación de los mismos, en relación a su utilización en las actividades productivas.
13 La adopción de medidas para prevenir inundaciones y sequías, compatibilizando pautas y criterios con el Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. La elaboración y ejecución de la política provincial de aprovechamiento racional de los recursos naturales y conservación del medio ambiente. Efectuar el relevamiento, inventario, conservación, recuperación, defensa, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en el ámbito de su competencia y en las acciones de preservación ambiental.
14 La realización de actividades orientadas a la recuperación y conservación de suelos, tendiendo a la preservación del medio ambiente y a la eficaz protección de los recursos naturales en coordinación con otras áreas y organismos.
15 La promoción de la forestación asegurando una racional explotación del recurso; y elaborando, ejecutando y fiscalizando planes, programas y medidas de recupero de las masas forestales.
16 El estudio de las características geológicas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 23/10/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data23/10/2009

Conteggio pagine32

Numero di edizioni3260

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione22/06/2026

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