Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 20/03/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LV
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 20 PAGINAS
RESISTENCIA, VIERNES 20 DE MARZO DE 2009
DECRETOS
DECRETO Nº 469
Resistencia, 11 marzo 2009
VISTO:
Que en la ciudad de Resistencia, entre los días 12
y 13 de marzo del corriente año, se realizará la primera reunión del Consejo Federal de Cultura; y CONSIDERANDO:
Que ante la concreción de este hecho cultural por demás auspicioso, asiste especialmente invitado el señor Secretario de Cultura de la Nación, Doctor José Nun como así también los representantes de las Provincias de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, San Luis, Tierra del Fuego y del Consejo Federal de Inversiones;
Que es voluntad del pueblo y Gobierno de la nuestra Provincia, destacar la presencia de tan distinguidos visitantes;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
Artículo 1: Declárase HUESPED DE HONOR de la Provincia del Chaco, al señor Secretario de Cultura de la Nación, Doctor JOSE NUN y a los integrantes del Consejo Federal de Cultura que representan a las provincias argentinas que se mencionan en el Considerando del presente, mientras dure la permanencia de los mismos, en territorio provincial.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Judis s/c.
E:20/3/09
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DECRETO Nº 477
Resistencia, 11 marzo 2009
VISTO:
El Convenio suscripto entre la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico SEDRONAR -representada por el Secretario de Estado de la Nación, Dr. José Ramón Granero y la Provincia del Chaco representada por el Señor Gobernador de la Provincia, Cdor. Jorge Milton Capitanich y la integración consecuente de ésta al Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico COFEDRO y;
CONSIDERANDO:
Que dicho convenio tiene por objetivo la concertación de programas de colaboración y asistencia recíproca para la ejecución conjunta y coordinada de proyectos de investigación, asistencia técnica, asesoramiento, capacitación y prevención en las áreas que fueran de interés común sobre temas vinculados al desarrollo de acciones tendientes a la prevención de la drogadicción;
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.893
Que, en un todo de acuerdo a lo planificado por el Gobierno de la Provincia y a fin de brindar soluciones integrales a la problemática de la adicción, referidas al consumo de sustancias adictivas y/o conductas compulsivas y a formar conciencia en los distintos organismos de la sociedad civil, se propicia la implementación del denominado Programa "Prevención Comunitaria en Adicciones", cuyo objetivo principal consiste en la prevención de las adicciones en los distintos estamentos de la Sociedad Civil en todo el territorio de la Provincia del Chaco;
Que, resulta necesario crear una Unidad Ejecutora Provincial, con el fin de la coordinación de todas las acciones tendientes a la instrumentación del mismo;
Que, el Poder Ejecutivo en el marco de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial, esta facultado para adoptar las medidas necesarias a efectos de asegurar la constitución de la Unidad Ejecutora de gestión y coordinación del Programa de Prevención Comunitaria en Adicciones y a disponer lo necesario para dotar oportunamente a la misma de recursos humanos, físicos y financieros adecuados y suficientes para el desempeño de su función, estableciendo para ello las condiciones, las pautas remunerativas y las modalidades a las que deberán ajustarse la afectación y contratación del personal que se desempeñe en dicha Unidad;
Que, la implementación del Proyecto "Prevención Comunitaria en Adicciones" se efectuará con la participación conjunta de todos los organismos gubernamentales involucrados, mediante operativos semanales en los cuales se desarrollaran las diversas actividades programadas, según los datos relevados por la Unidad Ejecutora Provincial;
Que por todo lo expuesto precedentemente es procedente el dictado del presente Decreto;
Que la presente medida se encuadra en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el Artículo 141 inciso 1
y 21 de la Constitución del Chaco 1957-1994;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
Artículo 1: Apruébase el Proyecto "Prevención Comunitaria en Adicciones" que como Anexo forma parte del presente Decreto, y se implementará en todo el territorio de la Provincia del Chaco a través de la Subsecretaría de Gobierno, Culto y Registros Públicos dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo que tendrá como misión diseñar, implementar, reglamentar, ejecutar y supervisar el citado proyecto.
Artículo 2: Autorízase a la Subsecretaría de Hacienda y Finanzas a reforzar en un monto de Pesos Un Millón Trescientos Setenta y Dos Mil Quinientos Cincuenta $
1.372.550,00 para el Ejercicio año 2009, la partida presupuestaria de la Actividad Central 01- Actividad Específica: 01 - Conducción Superior del Ministerio C.U.O.F. N
3 - Subsecretaría de Gobierno, Culto y Registros Públicos de la Jurisdicción 3 -Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo.
Artículo 3: Establécese que el Subsecretario de Go-