Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCC - Nº 72
CORDOBA, R.A. MARTES 18 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

nos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas con el N 36/2023, por Fiscalía de Estado bajo el N 224/23 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1 - DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.175, e individualizado por Resolución N 119/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, ubicado en el lugar denominado Las Dos Lagunas, Pedanía Tegua, Departamento Río Cuarto de esta Provincia, inscripta en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 1.501.066 con una superficie a afectar de 2 ha. 2.005 m2, de acuerdo al Plano de Mensura, confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián CASTILLO, y visado por la Dirección General de Catastro, con fecha 14 de junio del 2019, en el Expediente N 0033-093216/2015; y consecuentemente, APRUÉBANSE los Convenios de Adquisición Directa, Anexo y Adenda al Convenio de Adquisición Directa, los que como Anexo I, compuesto de Vein-

tidós 22 fojas útiles, integran este acto, celebrados entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba y los señores Alberto Luis PALANDRI, D.N.I. N 10.980.535, José Francisco PALANDRI, D.N.I. N 8.439.234 y Angélica Catalina PALANDRI, D.N.I. N
13.204.413, todos en calidad de propietarios del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra: DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA
NACIONAL N 36 TRAMO: PEAJE TEGUA GIGENA BAIGORRIA.
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6.394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa Caminos de las Sierras S.A., notifíquese y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, ISCAL DE ESTADO
ANEXO

Decreto N 445
Córdoba, 11 de abril de 2023

AZUL MOLINARI PR. 0+000 A 21 +500.

Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.734, que declara en dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, en cuya cláusula primera se refiere que los propietarios vendieron y transfirieron la fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada de acuerdo a los mencionados Planos de Afectación CS-PXVCA-RN38010ROG y CS-PXVCA-RN38012-ROG como Afectación N 25, para la ejecución de la obra mencionada. Asimismo, se declara que la entrega de la posesión real y efectiva del inmueble se realizó de manera irrevocable con fecha 25 de marzo de 2022. En tanto se acompaña documentación que acredita la calidad de los suscriptores del Convenio en cuestión.

Que en el mentado Convenio las partes fijan de común acuerdo el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo establecido mediante Dictamen del Tribunal Administrativo, lo que sumado al 10% adicional autorizado el artículo 14 de la Ley N 6394, hace un importe total, único, definitivo e irrevocable de Pesos Cuarenta y Seis Millones Ochocientos Setenta Mil Novecientos Ochenta y Dos con Tres Centavos $ 46.870.982,03, el que se considera que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la citada Ley. A su vez, se aclara que la empresa abona mediante transferencia bancaria a los propietarios, lo cual será imputado al pago total, único y definitivo del inmueble en cuestión.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6.394.

de la obra Ruta Alternativa a Ruta Nacional N 38 Tramo: Variante Costa Azul La Cumbre e individualizado por Resolución N 304/2021, modificada por su similar N 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Públicas, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 2238/2017, ello, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la superficie a afectar de 1.897 m2, de acuerdo a los Planos CS-PXVCA-RN38010-ROG
y CS-PXVCA-RN38012-ROG.

Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1
y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997, así como en el artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Cami-

VISTO: el Expediente N 0521-065405/2022 del registro del Ente Regulador de Servicios Públicos E.R.Se.P..
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.RSe.P. propicia la aprobación del Convenio de Adquisición Directa de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en Pueblo San Roque, Pedanía San Roque, Departamento Punilla de esta provincia, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 437.035, con una superficie a afectar de 1.897 m2, celebrado el día 31
de marzo de 2022, entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba y el señor Rafael Gustavo COCCONI, titular dominial del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra: ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL N 38 TRAMO:
VARIANTE COSTA AZUL LA CUMBRE SECCIÓN: VARIANTE COSTA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date18/04/2023

Page count25

Edition count4130

Première édition01/02/2006

Dernière édition03/05/2024

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