Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LUNES 17 DE ABRIL DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 71
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
SECRETARÍA DE ARQUITECTURA

1

a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
SECRETARÍA DE ARQUITECTURA
Resolución N 76 Pag. 4
Resolución N 816 Pag. 4

Resolución N 76
Córdoba, 26 de enero de 2023
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la Licitación Pública Nº 2022/000109, efectuada el día 22.12.2022, para Contratar la ejecución de la obra: Refuncionalización y Reparaciones Generales de la ex Legislatura, ubicada en calle Deán Funes y Rivera Indarte Barrio Centro Localidad Córdoba - Departamento Capital - Provincia de Córdoba, con un Presupuesto Oficial de $ 121.760.549,55 elaborado al mes de Abril/2022.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 171/174 obra copia de la Resolución N 805/22 de fecha 02.12.2022 de esta Secretaría, por la que se aprueba la documentación técnica y se autoriza el llamado a Licitación Pública N 2022/000109 para la contratación de la obra mencionada.
QUE a fs. 176 obra incorporada constancia que da cuenta de la publicación del llamado a Licitación Pública en la página web de Compras Públicas, de acuerdo al art. 19º de la Ley Nº 8614, obrando a fs. 175 extracto del Boletín Oficial que da cuenta del llamado efectuado mediante dicho medio.
QUE a fs. 182 luce agregada comunicación que da cuenta de las empresas que realizaron la visita técnica obligatoria a la obra, incorporando a fs. 180/181 las constancias emitidas a favor de cada una de las empresas.
QUE a fs. 183 luce agregada Circular Aclaratoria Nº 1 que dispone la modificación de la fecha oportunamente fijada, tanto para la presentación como para la apertura de las ofertas, obrando a fs. 184 constancias de su publicación en el Boletín Oficial.

QUE a fs. 185/186 se agregan las consultas y respuestas brindadas en el presente proceso licitatorio.
QUE a fs. 300/301 corre agregada el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 22.12.2022, dando cuenta que conforme Decreto N 583/2016 y lo estipulado por el Capítulo II del Pliego Particular de Condiciones, se procede a la constatación de ofertas digitales que existen en S.U.A.F., resultando la cantidad de DOS
02, por lo que se realiza la Apertura de las mismas conforme los documentos digitales subidos al Portal de Compras Públicas, surgiendo del mismo los siguientes oferentes: Proponente N 1 JUAN PABLO MARTINAZZO CUIT N
20-230922370-2 y Proponente N 2 TETRA S.R.L. CUIT N 33-61576113-9, destacando que NO se ha formulado observación alguna al Acto de Apertura, según se certifica en la propia acta a fs. 301 vuelta.
QUE a fs. 304 el área Gestión Administrativa da cuenta que las ofertas incorporadas a fs. 187/296 correspondientes a las empresas oferentes MARTINAZZO JUAN PABLO y TETRA SRL, se corresponde con los documentos subidos al Portal de Compras Públicas, hallándose los mismos suscriptos digitalmente.
QUE a fs. 302 se designan los integrantes de la Comisión de Estudios BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de Ofertas que tendrá a su cargo el estudio de las propuestas presentadas en la presente Licitación Pública, de conformidad con los posibles integrantes nominados en Resolución N 387/22 de esta Secretaría.
QUE a fs. 331/333 se expide la Comisión de Estudio de Ofertas designada, informando que, avocada al análisis de la presentación efectuada, se constató que fueron dos 2 las Empresa oferentes admitidas al presente proceso licitatorio: Proponente N 1 JUAN PABLO MARTINAZZO
CUIT N 20-230922370-2 y Proponente N 2 TETRA S.R.L. CUIT N 3361576113-9, verificando en primer término la documentación presentada por la mencionada en soporte digital a través de la plataforma del Portal Web de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial.
QUE la mencionada Comisión informa en cuanto a los requerimientos estipulados por el Art. 12 del Pliego Particular de Condiciones, se constató que el oferente Proponente N 2 TETRA S.R.L., cumplimenta con los requisitos enunciados en dicho artículo. En relación al oferente Proponente N 1 JUAN
PABLO MARTINAZZO, advierte que no presenta Curva de Inversión exigida en el art. 12 del Pliego particular de Condiciones, configurando además causal de rechazo conforme lo dispuesto por art. 17 inc.4. Señala la comisión, que, realizado el análisis comparativo de las ofertas con el presupuesto oficial, se constata que el precio cotizado por la Proponente N 2 TETRA S.R.L., resulta ser el más conveniente en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas N 8614, resultando su precio cotizado un 68,36% por encima del monto fijado en el Presupuesto Oficial elaborado a valores correspondientes al mes de Abril/2022 y un 06,21% en relación al Presupuesto Oficial actualizado al mes de Diciembre/2022, de conformidad con lo expresado por la Dirección de Jurisdicción de Coordinación y Control de Gestión a fs. 303, por lo que la oferta se considera razonable económicamente.
QUE en relación al análisis económico-financiero, destacar que conforme se desprende de la constancia de habilitación y determinación de la capacidad económico-financiera, expedida por el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado ROPYCE, los oferentes JUAN PABLO MARTINAZZO
y TETRA S.R.L., acreditan contar con Capacidad Económica Financiera suficiente en comparación con el Presupuesto Oficial, para la ejecución de la obra objeto de la presente contratación, en los términos del Decreto N 1419/17.

QUE informa la Comisión, que analizada técnicamente la propuesta en los términos del Art. 19 del Pliego Particular de Condiciones, del oferente Proponente N 1 TETRA SRL, se advierte que de los antecedentes de obra denunciados y validados por ante el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado ROPYCE, se acredita la capacidad técnica los mismos para los trabajos objeto de licitación. Los citados oferentes cumplimentan con la antigedad mínima exigida de VEINTE 20 años, el personal calificado denunciado a afectar en obra y el requisito esencial de acreditar haber realizado en los últimos DOS 2 años, al menos DOS 2
obras de la misma especialidad.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date17/04/2023

Page count3

Edition count4125

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/04/2024

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