Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/02/2023 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

4

1

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCVIII - Nº 31
CORDOBA, R.A. LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N 85
Córdoba, 9 de febrero de 2023
VISTO: el Decreto N 474/2016 por el cual se crea el Plan de Federalización de la Gestión de Comedores P.A.I.Cor del Interior Provincial y la Resolución N 2100/2016 de esta Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que, esta Secretaría General de la Gobernación ha sido designada Autoridad de Aplicación del citado plan.
Que, en ese marco, posee amplias facultades para dictar toda normativa reglamentaria y toda disposición necesaria que posibilite la más eficaz y eficiente puesta en ejecución del proceso dispuesto; así como toda verificación que estime oportuna y se encuentre vinculada con el P.A.I.Cor.

Que, mediante la citada Resolución, se reglamentó el artículo 8 del Decreto N 474/2016 de creación del Plan de Federalización de Comedores Escolares P.A.I.Cor del Interior Provincial, determinándose los mecanismos de rendición y/o verificación de la aplicación de los fondos por parte de los Municipios y Comunas adherentes al Plan de Federalización, a los fines de realizar el contralor de la correcta aplicación de los mismos.

Que, la situación de pandemia ocasionada por el Covid 19 ha obligado a buscar mecanismos tecnológicos alternativos que permitan que los Municipios y Comunas del Interior Provincial puedan cumplimentar con sus rendiciones de cuentas a través de una plataforma digital, la que ha demostrado ser célere y eficaz, contribuyendo de esta manera en el proceso de simplificación y modernización de la Administración, de conformidad con la Ley Provincial N10.618.

Que en este contexto resulta necesario adecuar la normativa referida a los procedimientos de rendición de cuentas, teniendo en cuenta las nuevas herramientas tecnológicas disponibles, que posibilitan la simplificación de los procesos resguardando su seguridad.
Que, por otra parte, con la finalidad de profesionalizar y generar valor agregado en la gestión, surge oportuno aprobar un Plan Anual de Capacitaciones, destinado a la formación de aquellos Municipios y Comunas que voluntariamente han adherido al Plan de Federalización de la Gestión de Comedores Escolares P.A.I.Cor del Interior Provincial, el que como Anexo I
se acompaña a la presente.
Por ello, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 110 in fine de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1: MODIFÍCASE el artículo 1 del Anexo I Reglamentación Artículo 8 del Decreto N 474/2016, aprobado mediante Resolución N 2100/2016, por el siguiente texto: Artículo 1.- La rendición de cuentas deberá ser presentada digitalmente a través de la Plataforma de Servicios Digitales del Gobierno de la Provincia de Córdoba https fid.cba.gov.ar/
ee-fid-multinota/form/Paicor/rendicion acompañando a tales efectos la Planilla Resumen de Inversión Mensual por Comedor; que fuera aprobada mediante Decreto N 474/2016, firmada por el Intendente o Jefe Comunal y por el Directivo Escolar, como así también la Planilla Resumen de Inversión Total, aprobada por Resolución N 2100/2016, la cual deberá también llevar inserta la firma del Intendente o Jefe Comunal y el Directivo Escolar. Ambas planillas se confeccionarán en la Plataforma P.A.I.Cor Gestión Virtual.
Artículo 2: MODIFÍCASE el artículo 4 del Anexo I Reglamentación Artículo 8 del Decreto N 474/2016, aprobado mediante Resolución N 2100/2016, por el siguiente texto: Artículo 4.- Los Intendentes y Jefes Comunales de Municipalidades y Comunas adheridas al Plan de Federalización de Gestión de Comedores P.A.I.Cor del interior provincial, deberán presentar la rendición de cuentas, dentro de los cuarenta y cinco 45 días corridos posteriores a la entrega de los fondos. Ante la falta de presentación de tres 3 rendiciones de cuenta, la Dirección General del Programa de Asistencia Integral Córdoba P.A.I.Cor podrá ordenar la suspensión de las transferencias y retomar la ejecución del Programa brindando las prestaciones correspondientes por sí o por medio de terceros a cuenta y cargo de los fondos reservados para la Municipalidad/
Comuna, sin necesidad de notificación ni interpelación alguna. Todo ello sin perjuicio de las demás acciones que pudieran corresponder. Asimismo, para el cumplimiento de esta obligación, la Dirección General del P.A.I.Cor podrá solicitar una Planilla de Rendición de Cuentas de carácter global de hasta un ciclo lectivo, la que deberá ser suscripta por el Intendente o Jefe Comunal y el Directivo Escolar.
Artículo 3º: APRUÉBASE el Plan de Capacitación para Municipios y Comunas adheridos al Plan de Federalización de Comedores Escolares P.A.I.Cor del Interior Provincial de conformidad a lo establecido en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN N 2023/SGG-00000085
FDO.: JULIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
ANEXO

DIRECCIÓN SEGURIDAD NÁUTICA
Resolución N 682
Córdoba, 08 de Febrero de 2023.
VISTO Conforme la actualización de Salario Mínimo Vital y Móvil dispuesto mediante Resolución del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil N 15/2022 de fecha 25/11/2022, REBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOL-2022-15-APN-CNEPYSMVYMMT, y en virtud de la necesidad de la actualización de los parámetros de cálculo para la aplicación de valores porcentuales en infracciones Náuticas ley 5040/68, 8264 y Dctos. Reglamentarios 7106/86, 2644/97 y 1977/99.
Y CONSIDERANDO
Que las leyes 5040, 8264 y Dctos. Reglamentarios 7106/86, 2644/97

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/02/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date13/02/2023

Page count7

Edition count4163

Première édition01/02/2006

Dernière édition19/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728