Diario Oficial El Peruano del 11/11/2023 - Procesos Constitucionales

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Fuente: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 18/11/2023 00:17

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A Ñ O S

AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO

Sábado 18 de noviembre de 2023

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XIX / Nº 3656

PODER JUDICIAL
PROCESO DE CUMPLIMIENTO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SAN MARTÍN
JUZGADO CIVIL DE LA PROVINCIA DE MOYOBAMBA
EXPEDIENTE
MATERIA
JUEZ
ESPECIALISTA
DEMANDADO

DEMANDANTE

: 00163-2022-0-2201-JR-CI-01
: ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
: FIGUEROA VEGA KARLA FIORELA
: RAMIREZ ROBALINO MARTHA
ELIZABETH
: PROCURADOR PÚBLICO
REGIONAL DIRECCIÓN REGIONAL
DE EDUCACIÓN SAN MARTÍN
GOBIERNO REGIONAL SAN
MARTÍN
: SEGUNDO TUESTA VELA
SECRETARIO GENERAL DE
LA FEDERACIÓN REGIONAL
DE TRABAJADORES
ADMINISTRATIVOS FENTASE
SENTENCIA

RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE
Moyobamba, quince de marzo de dos mil veintitrés.VISTOS
Resulta de autos la demanda interpuesta por SEGUNDO
TUESTA VELA en su condición de Secretario General de la Federación Regional de Trabajadores Administrativos del Sector de Educación de San Martín FENTASE-SM, en representación de Jhohang Cahuaza Pisco, Pedro Antonio Díaz Castañeda, Orlando Flores Flores, Rudorico Guevara Correa, Rondolfo Huamán Vásquez, Rosel Llatas Fernandez, José Hernán López Linarez, Jeferson Luna Salas, Jorge Merino Ruiz, Rosario Merino Velásquez, Jhon Lenin Quintana Marina, Lizeth Angélica Reátegui Noriega, Jaime Rengifo Hidalgo, José Renteria Abad, Tito Tipa Linarez, Gilberto Vargas Dávila y Segundo Florencio Vásquez Valles contra el GOBIERNO
REGIONAL DE SAN MARTÍN Y OTROS sobre ACCIÓN DE
CUMPLIMIENTO.
PETITORIO
La demandante solicita como PRETENSIÓN PRINCIPAL:
Se ejecute: i la Resolución Directoral Regional N 020632018-GRSM/DRE, de fecha 05 de diciembre de 2018, en su Integridad y que, entre otros, resuelve: ARTÍCULO
PRIMERO: RECONOCER Petición Principal: El cumplimiento de Resolución Ministerial N 1445-90-ED que dispone el Cumplimiento del Decreto Legislativo N 608, el personal administrativo del sector Educación, sujeto al Decreto Legislativo N 276 perciba bonificación por Desempeño del Cargo, otorgándose al personal del Grupo Ocupacional
Profesional el 35% y a los del Grupo Ocupacional Técnico y Auxiliar el 30% de su Remuneración Total y como Petición Accesoria: El pago de los intereses legales por el incumplimiento del pago de bonificación por desempeño del cargo a partir del mes de octubre de 1990, tal como lo señala el Acta de Acuerdos de Trato Director entre los Representantes de Alta Dirección del Ministerio de Educación y los Representantes de la FENTASE de fecha 28 de setiembre de 1990, a favor de Segundo Tuesta Vela en su condición de Secretario General de Federación Regional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación FENTASE-SM, con sus Bases de SITASE
Tocache, Mariscal Cáceres-Juanjuí, Saposoa, Bellavista Picota, El Dorado, San Martin-Tarapoto, Lamas, Rioja y Moyobamba. ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a Unidad Ejecutora N 300-Educación San Martín, a Unidad Ejecutora N301-Educación Bajo Mayo de UGEL San Martin-Tarapoto emitir el acto resolutivo reconociendo el pago de continua de bonificación especial por desempeño del cargo, los devengados desde el mes de octubre de 1990 hasta fecha, otorgándose al personal del Grupo Ocupacional Profesional el 35% y a los del Grupo Ocupacional Técnico y Auxiliar el 30%
de su Remuneración Total íntegra de acuerdo a Resolución Ministerial N1445-90-ED, más los intereses legales tal como lo dispone Ley N 25920.
Primera Accesoria. Se ordene a quien corresponda, el pago de Devengados de la bonificación por desempeño de cargo a partir del 01 de octubre de 1990 hasta la fecha que cese cada demandante.
Segunda Accesoria: Se ordene a quien corresponda, el pago de los intereses legales generados por el incumplimiento de pago de la referida bonificación desde 01 de octubre de 1990 hasta la fecha de cese de cada demandante y los demás intereses que se generen hasta que se haga efectivo el pago de los devengados.
FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA:
Señala la demandante, que la Dirección Regional de Educación de San Martin, en adelante DRE-SM, en cumplimiento de Resolución Ministerial N 1445-90-ED, de fecha 28 de setiembre de 1990, reconoció, a través de Resolución Directoral Regional N 02063-2018-GRSM/
DRE, de fecha 05 de diciembre de 2018, el pago de continua de bonificación especial por desempeño del cargo, así como los devengados e intereses legales desde el 01 de octubre de 1990, otorgándose al personal del Grupo Ocupacional Profesional el 35% y a los del Grupo Ocupacional Técnico y Auxiliar el 30% de su Remuneración Total Integra, tal como lo dispone Ley N 25920. La Resolución Ministerial N 1445-90-ED, es el acto administrativo que ejecutó el acuerdo contenido en el Acta de Acuerdos de Trato Directo entre los Representantes de la Alta Dirección del Ministerio de Educación y los Representantes de la FENTASE el 28 de setiembre de 1990, no obstante, la deuda reconocida mediante una Negociación Colectiva, que tiene fuerza de ley, y ejecutada mediante un acto administrativo, como es, la Resolución Ministerial N 144590-ED, el Gobierno Regional de San Martín, ha hecho caso omiso a tal orden de alcance nacional y regional, Por lo

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 11/11/2023 - Procesos Constitucionales

TítuloDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

PaísPerú

Fecha18/11/2023

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1469

Primera edición08/01/2016

Ultima edición15/05/2024

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