Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/1/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 12

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
ZONA Y OFICINA DE VILLAMARTIN
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO

D. Juan Ayala Castro, Jefe de la Unidad de Recaudación de la Zona de Villamartín, Oficina de Villamartín, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER:

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de la Comunidad de Regantes Llanos de Villamartín, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:

CONCEPTO: CANON DE REGULACIÓN CONSEJ. MEDIOAMBIENTE
ANUAL 2.023.

PLAZOS DE INGRESO: del 24 de enero hasta el 1 de abril de 2.022, ambos inclusive.
CONCEPTO: OBRAS INTERÉS COMÚN JUNTADEANDALUCÍA 1º TRIMESTRE
2.022.
PLAZOS DE INGRESO: del 24 de enero hasta el 1 de abril de 2.022, ambos inclusive.

CONCEPTO: OBRAS INTERÉS COMÚN JUNTA DE ANDALUCÍA 2º TRIMESTRE 2.022.
PLAZOS DE INGRESO: del 4 de abril hasta el 17 de junio de 2.022, ambos inclusive.

CONCEPTO: OBRAS INTERÉS COMÚN JUNTA DE ANDALUCÍA 3º TRIMESTRE 2.022.
PLAZOS DE INGRESO: del 20 de junio hasta el 29 de agosto de 2.022, ambos inclusive.

CONCEPTO: OBRAS INTERÉS COMÚN JUNTA DE ANDALUCÍA 4º TRIMESTRE 2.022.
PLAZOS DE INGRESO: del 1 de septiembre hasta el 11 de noviembre de 2.022, ambos inclusive.

MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA
RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA, CAJAMAR.

LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la sede electrónica https sprygt.dipucadiz.es/
Mediante Plan de Pago Personalizado.
A través de la App DipuPay disponible en Google Play y App Store.

Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán llamar al número de atención telefónica 856 940 253 de la Unidad de Recaudación de Villamartín o personarse en la Unidad sita en C/ Extramuros nº 131, en días laborables y de 9:00 a 13:30 horas en horario de invierno, y de 9:00 a 13:00
horas en horario de verano.

ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que hago público para general conocimiento. En Villamartín, a 11 de Enero de 2022. El Jefe de Unidad. Firmado: Juan Ayala Castro.
Nº 2.044


AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
ZONA DE LA SIERRA. OFICINA DE OLVERA
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO

D. María Remedios Márquez Vílchez, Jefe de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina de Olvera, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:

TASA DE RECOGIDA DE BASURA DEL MUNICIPIO DE UBRIQUE, 4º TRIMESTRE DE 2021.

TASADE RECOGIDADE BASURADELMUNICIPIO DE GRAZALEMA, 4º TRIMESTRE DE 2021.

PLAZOS DE INGRESO: del 11 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2.022, ambos inclusive.

19 de enero de 2022

MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA
RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA, CAJAMAR.

LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 a 14:00 horas.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
Mediante Plan de Pago Personalizado.

Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación de Olvera, oficina de atención al público sita en c / Bellavista, 16, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que hago público para general conocimiento. En Olvera, a 12 de Enero de 2022. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Firmado: María Remedios Márquez Vílchez.
Nº 2.242


AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

El Pleno de esta Diputación Provincial en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2021, acordó aprobar inicialmente el borrador de la Ordenanza reguladora de las relaciones interadministrativas derivadas de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Cádiz para su ejercicio por el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria SPRYGT de fecha 4 de noviembre de 2021.

No habiéndose formulado alegaciones a dicho acuerdo en el plazo de exposición pública, tampoco se ha realizado objeción alguna a la modificación de la citada disposición reglamentaria ni por la Subdelegación del Gobierno del Estado, ni por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el trámite previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

En consecuencia con ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se procede a la publicación íntegra de dicha Ordenanza para general conocimiento, entrando en vigor al día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Por la Secretaría General, se procederá a publicar la Ordenanza para general conocimiento, en la siguiente dirección de la página web: https www.dipucadiz.es/
secretaria_general/normativa/

Contra la presente aprobación definitiva, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

12/01/22. La Secretaria General. Fdo.: Marta Álvarez-Requejo Pérez 13/01/22. La Presidenta. Fdo.: Irene García Macías ORDENANZAREGULADORADELASRELACIONESINTERADMINISTRATIVAS
DERIVADAS DE LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS O ENCOMIENDA DE
FUNCIONES A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ PARA SU EJERCICIO
POR EL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA
SPRYGT.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, establece en su artículo 106.3 la competencia de las entidades locales para la gestión, recaudación e inspección de sus tributos propios. A su vez, el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dispone que las entidades locales podrán delegar en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias que esta Ley les atribuye", así como también "las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los restantes ingresos de Derecho público que les correspondan. En términos semejantes se pronuncian los artículos 8 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y 8 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que contempla también la posibilidad de colaboración entre administraciones en lo que al ámbito de aplicación de los tributos y demás recursos se refiere. Por su parte, el artículo 14 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, dispone que la provincia, en la forma y casos en que lo determine una norma provincial, prestará obligatoriamente, a petición del municipio, al menos, los siguientes servicios municipales: a Inspección, gestión y recaudación de tributos.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público dispone en su artículo 3.1 que "las Administraciones públicas deberán respetar en su actuación los siguientes principios: k Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas", desarrollándose el deber de colaboración en el artículo 141, que, en particular, incide en el deber de prestar, en el ámbito propio, la asistencia que otras administraciones pudieran solicitar y de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/1/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/01/2022

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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