Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/7/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

8 de julio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 128

previa y expresa de la Diputación Provincial de Cádiz para cualquier modificación sustancial de un proyecto.

13.4. En toda información o publicidad que se haga de los proyectos subvencionados, deberá constar el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz, Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico Productivo y Social, Servicio Cooperación Internacional, así como el del Ayuntamiento del municipio correspondiente.

13.5. Los proyectos deberán coordinarse con el resto de las actividades de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, puestas en marcha por este Servicio de Cooperación Internacional y el Ayuntamiento correspondiente.

14. Criterios aplicables a los posibles incumplimientos de condiciones
Se procederá a la invalidez de la resolución de concesión y al reintegro de las cantidades percibidas según lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.

En todo lo no previsto en esta convocatoria, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Orgánica 3/18, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los derechos digitales, el Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento del citado cuerpo legal, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Cádiz, de 18 de febrero de 2006

El Vicepresidente, Diputado del Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico, Productivo, y Social ANEXO I MODELO SOLICITUD CONVOCATORIA PROYECTOS
EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO 2020
Datos Identificación Entidad Solicitante
Denominación oficial:

Fecha de Constitución:

NIF:

Representante legal:

Domicilio social en la provincia de Cádiz:
Teléfono:

Nombre y apellidos:

Teléfono:

Datos del proyecto:

E-mail:

Persona responsable del proyecto
Domicilio a efectos de notificaciones:
Cargo:

NIF:

NIF:

E-mail:

Nombre:

Municipio donde se desarrollará el proyecto - Indicar orden de preferencia 1.2.3.-

Importe Total:
Fecha Inicio:

Importe Solicitado:

Fecha Finalización:

EXPONGO:
Primero.- Que he tenido conocimiento de la convocatoria pública efectuada por esa Diputación para la concesión de subvenciones en materia de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del día
Segundo.- Que el que suscribe o la persona a quien represento reúne los requisitos exigidos para concurrir a las ayudas convocadas, según se acredita mediante la documentación requerida al efecto, que acompaño.
Tercero.- Que acepto expresamente las bases reguladoras de la convocatoria y me comprometo al cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en las mismas.

SOLICITO:
Ser admitido al procedimiento convocado y me sea concedida una subvención de euros para la finalidad indicada.
En a de de 2020
EL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD
Fdo./sello
ILMA. SRA. PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ

Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por la Diputación Provincial de Cádiz, para tramitar su solicitud dentro de la convocatoria de subvenciones a proyectos de Educación para el Desarrollo.

Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad: dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos por correo electrónico: dpd@dipucadiz.es, o al teléfono 956240320; de forma electrónica a través de la Sede electrónica https sede.dipucadiz.es; o de forma postal enviando un escrito al Registro General de Diputación Edificio-Roma, en Avenida 4 de diciembre de 1977, 12, 11071 de Cádiz. Puede consultar toda la información completa en https
www.dipucadiz.es/protecciondedatos/.

CADIZ, 19 de junio de 2020. JOSE MARIA ROMAN GUERRERO - EL
VICEPRESIDENTE
Nº 33.975

Página 5

AREA DE VICEPRESIDENCIA 1, COORDINACION Y
DESARROLLO ESTRATEGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PROYECTOS
DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
BDNSIdentif.:512202
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN
PARA EL DESARROLLO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DEL AÑO
2020 DEL ÁREA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 140 de 18 de Junio de 2004 y modificación publicada en el B.O.P. nº 30 de 14 de Febrero de 2016, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia de Cooperación para el Desarrollo que se otorgarán mediante concurrencia competitiva, y tendrán como regulación la presente convocatoria, rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza mencionada y de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

1. Objeto, condiciones y finalidad.

El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar proyectos de cooperación para el desarrollo, a través de ONGD y entidades sin ánimo de lucro a partir de este punto ONGD orientados a promover el desarrollo humano integral, favorecer el crecimiento socio-económico sostenible, proteger el medioambiente y cubrir las necesidades básicas de los países en vías de desarrollo, dentro de los principios de solidaridad y justicia.

Se consideran zonas prioritarias de actuación:
- En Iberoamérica: Bolivia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Paraguay.
- En Norte de África y Oriente Medio: Marruecos, Mauritania, Población Saharaui y Territorios Palestinos.
- En África Subsahariana: Malí, Senegal, Guinea Bissau, Burkina Faso, Togo, República Democrática del Congo y Mozambique.

Dentro de estas áreas geográficas, son prioritarios los países con menor índice de desarrollo humano, según lo señalado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.

2. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento.

Corresponde la instrucción del procedimiento al Diputado del Área de Coordinación y Desarrollo Estratégico, Productivo y Social tal como recoge en el art. 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, siendo competente para resolver el Diputado Delegado de los Servicios Económicos, de acuerdo con el Texto Consolidado del Decreto de la Presidencia, de 4 de julio de 2019, por el que se aprueba el régimen de delegaciones de competencias en materia económica y presupuestaria.

3. Aplicación presupuestaria.
Aplicaciones Presupuestarias:
- 02/231J/78900
- 02/231J/48000

4. Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.

La cuantía máxima con la que se dota la presente convocatoria de subvenciones es de ciento cincuenta mil euros 150.000.- €, correspondiente al capítulo VII, y treinta mil euros 30.000.-€ correspondiente al capítulo IV.

5. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.

Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones.
De producirse, la entidad deberá, a la mayor brevedad, comunicarlo por escrito a la Diputación Provincial de Cádiz, Servicio de Cooperación Internacional para que se modifique el acuerdo de concesión. El citado servicio podrá exigir el reintegro de la subvención cuando tenga conocimiento de que una entidad que ha recibido subvención de la Diputación ha percibido otra u otras subvenciones incompatibles con la otorgada, sin haber efectuado la correspondiente renuncia.

5.1 Los proyectos presentados podrán recibir ayudas como máximo del 80% del importe solicitado. Para comprobar la aportación de la ONGD ésta deberá presentar documentación acreditativa por valor de un 20% de la cantidad subvencionada, independientemente de la cantidad solicitada o del coste total del proyecto, como se recoge en el punto 12. Se admitirán los aportes valorizados tanto de la ONGD solicitante como de la ONGD local y personas beneficiarias, debidamente justificadas e intrínsecamente relacionadas con el proyecto. Al menos un 5% de la cantidad subvencionada, serán aportes en efectivo de fondos propios de la ONGD española, debidamente justificados.

5.2 La obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos y privados, nacionales o internacionales, se comunicará de inmediato por escrito a la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, especificando la cuantía exacta y el destino que se dará a dichos fondos dentro del proyecto.

A los efectos de consideración de las subvenciones, la Excma. Diputación Provincial de Cádiz podrá subvencionar gastos directos e indirectos en los siguientes términos:

a Se considerarán sólo gastos directos subvencionables, para la cantidad asignada por Cap. VII, aquellos relacionados con la adquisición de terrenos, reformas o construcción de inmuebles o infraestructuras, equipos, y cualquier otro material inventariable, de igual manera y conforme a la última redacción dada al art. 31.1 de la ley 38/2003, por la disposición final 8.2 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, con efectos 1-1-2011, se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta ley, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/7/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha08/07/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6013

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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