Boletín Oficial de la República Argentina del 04/01/1999 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, LUNES 4 DE ENERO DE 1999

AÑO CVII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.055
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

1

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

rrogar la vigencia de la misma hasta el 31
de diciembre del año 1999, según los acuerdos existentes entre la Comisión Administradora del Río de la Plata y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo.
Por ello LA COMISION ADMINISTRADORA
DEL RIO DEL PLATA
RESUELVE:
Artículo 1º Prorrogar la vigencia de la Resolución Nº 8/98, hasta el 31 de diciembre del año 1999, siendo aplicable a buques de hasta 21.99 m. de eslora máxima.
Art. 2º Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Art. 3º Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. Hernán Patiño Mayer. Washington Baliero Silva.
Roberto Solari.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

verdadero impacto de las condiciones macroeconómicas de los Estados Parte y del comercio internacional sobre los flujos comerciales intrazona.
Que el 1º de enero de 1995 entró en vigencia el Mercado Común del Sur MERCOSUR constituyéndose la Unión Aduanera entre los Estados Parte.
Que por el Artículo 5º del Decreto 2275/94
se ha establecido un Régimen de Adecuación intrazona para un universo de mercaderías entre las cuales se encuentra el polietileno de alta densidad comprendido en la posición 3901.20.29 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR N.C.M. que conforme a un cronograma de desgravación arancelaria señalado en el Anexo IV de la norma citada, modificado por el Decreto Nº 998 del 28 de diciembre de 1995, alcanza un arancel de importación intrazona del CERO POR CIENTO 0%.
Que a fin de no alterar las condiciones de competitividad del sector industrial involucrado, resulta aconsejable ampliar el cupo anual asignado a los bienes mencionados anteriormente.

Que en la confección de la presente medida ha tomado intervención la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 en la Ley de Ministerios t.o. 1992 y en la Ley Nº 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 751 de fecha 8 de marzo de 1974 y Nº 2275 del 23 de diciembre de 1994.
Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º Increméntase, hasta el 31 de diciembre de 1998, el cupo individual referenciado como c19 en el Anexo V del Decreto Nº
e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
NOMENCLATURA COMUN
DEL MERCOSUR
Resolución 1733/98

RESOLUCIONES

SUMARIO

Amplíase el cupo anual asignado a un determinado universo de mercaderías.
Bs. As., 29/12/98
VISTO el Expediente Nº 060-000121/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 5
de fecha 5 de agosto de 1994, la Decisión Nº 24 de fecha 17 de diciembre de 1994 del citado Consejo y el Decreto Nº 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994, y
Pág.
IMPUESTOS
Resolución General 323/98-AFIP
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General Nº 193
y sus complementarias. Artículo 6º.
Resolución General Nº 300. Norma complementaria.

3

Resolución 13/98

CONSIDERANDO:

NOMENCLATURA COMUN DEL
MERCOSUR
Resolución 1733/98-MEYOSP
Amplíase el cupo anual asignado a un determinado universo de mercaderías.

Prorrógase la vigencia de la Resolución Nº 8/98, relativo a la eslora máxima de los buques pesqueros que podrán ser autorizados a capturar la especie corvina.

Que la Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 5/94 creó el Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera, que acuerda plazos adicionales a los procesos de reconversión y de cambios estructurales para determinados productos.

Resolución 1734/98-MEYOSP
Mantiénese lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución Nº 690/97, que fijó un derecho de importación extrazona transitorio para ciertas mercaderías.

2

Que por la segunda norma citada en el VISTO se considera que las condiciones en que se desenvuelve el comercio intrarregional son dinámicos y sujetas a la influencia de la situación macroeconómica de los Estados Parte.

Resolución 1735/98-MEYOSP
Modificación.

4

Resolución 1736/98-MEYOSP
Modificación.

5

Comisión Administradora del Río de la Plata
PESCA

Bs. As., 29/12/98
VISTO: Que la Resolución Nº 3/98, que limita a 21.9 m. la eslora máxima de los buques pesqueros que podrán ser autorizados a capturar la especie corvina en el sector que se extiende afuera del límite exterior de la franja de jurisdicción exclusiva adyacente a las costas de cada parte y al oeste de la línea determinada por las coordenadas allí señaladas, ha cesado en su vigencia el día 9/9/
98 y la Resolución Nº 8/98 que prorroga el plazo hasta el 31 de diciembre de 1998 cesará en esta fecha.

Que el Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera debe tomar en cuenta tales condiciones de modo de evitar efectos negativos para otros sectores productivos, consumidores o usuarios finales de los productos involucrados.

CONSIDERANDO:
Que las autoridades pesqueras de ambas partes han expresado la necesidad de pro-

Que por la misma medida se pretende otorgar el régimen mencionado precedentemente una flexibilidad que permita reconocer el
Resolución 1737/98-MEYOSP
Modificación.
PESCA
Resolución 13/98-CARP
Prorrógase la vigencia de la Resolución Nº 8/98, relativo a la eslora máxima de los buques pesqueros que podrán ser autorizados a capturar la especie corvina.

1

5

Pág.
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1861/98-CNC
Inscríbese a la empresa Postalban S. A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

2

Resolución 1862/98-CNC
Mantiénese la inscripción de la empresa Organización Distribuidora Litoral S. R. L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

2

Resolución 1863/98-CNC
Reinscríbese a la empresa Marileo Postal S. R. L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

2

Resolución 1864/98-CNC
Declárase la baja de la empresa Green Mail S. R. L. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

3

TELECOMUNICACIONES
Resolución 1869/98-CNC
Suspéndense todos los Servicios de Valor Agregado de Llamadas Masivas.

6

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
7

REMATES OFICIALES
Nuevos Anteriores
7 12

AVISOS OFICIALES
1

Nuevos Anteriores
7 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/01/1999 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/01/1999

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9334

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/05/2024

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