Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2019 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 226
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Público Imosp,0 y, el valor índice del factor Mano de Obra definido por Pliegos Imop,0

General de la Gobernación.
Artículo 4.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO

Artículo 3.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado, y firmado por la señora Secretaria
GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENE-

Decreto N 1386
Córdopba, 20 de Noviembre 2019
VISTO: el Expediente N 0521-059913/2019 del registro del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del ERSeP propicia la aprobación del Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, en relación al terreno ubicado en Alto Fierro, Pedanía Alta Gracia, Departamento Santa María de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en Matrícula N 1.619.321, suscripto en el mes de agosto de 2018, entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la ciudad de Córdoba, y las señoras Olga Beatriz MOGGI y Andrea del Valle GONZÁLEZ por derecho propio y en calidad de apoderadas de la señora Silvana GONZÁLEZ, con facultades suficientes conforme surge de la Escritura N 105, de fecha 18 de octubre de 1999, en carácter de propietarias del mencionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra: DUPLICACIÓN DE
CALZADA RUTA NACIONAL N 36 - TRAMO: C45 - SAN AGUSTÍN.

Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 10.175, que declara en dicha condición a todos aquellos terrenos que fueran necesarios para la ejecución de la Red de Acceso a la ciudad de Córdoba RAC correspondientes a la Ruta Nacional N 36, e individualizado mediante Resolución N 123/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014; ello, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la superficie a afectar de 1 ha., 4.976
m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo, visado por la Dirección General de Catastro con fecha 16 de enero de 2018, en el Expte. N 0033- 097729/2015.
Que luce incorporado el Convenio Definitivo de que se trata, así como su antecesor suscripto entre las mismas partes en el mes de noviembre de 2014, por el cual las propietarias vendieron y transfirieron una fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada conforme Plano de Afectación CS-PXRN36260-ROA para la ejecución de la obra de que se trata, encerrando una porción afectada sujeta a determinación mediante el correspondiente plano de mensura; asimismo, hace entrega de la posesión, abonando la empresa parte del precio a cuenta del que, en definitiva, fijase el Consejo General de Tasaciones; en tanto, se acompaña la documentación que acredita la calidad de las suscriptoras de los Convenios en cuestión.

Que a los fines de acreditar la legitimidad de las suscriptoras de ambos Convenios se ha incorporado en autos Escritura Pública N 3, de fecha 7
de marzo de 2003, labrada por la Escribana Titular del Registro N 583, por la cual los señores Daniel GONZÁLEZ ROMERO, José Tomás GONZÁLEZ
ROMERO y Estela Edith MAIQUES o MAIQUEZ, otorgan Poder Especial para que en su nombre y representación se suscriba escritura pública por BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

la que los comparecientes venden los derechos y acciones que les corresponden a favor de las señoras Olga Beatriz MOGGI, Andrea del Valle GONZÁLEZ y Silvana GONZÁLEZ.
Que se acompaña también copia del Auto Interlocutorio N 532 de fecha 16 de diciembre de 1994, dictado por el Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial de 23 Nominación de Córdoba, por el que se declararon únicas y universales herederas del causante Antonio José Ubaldo GONZALEZ titular registral del bien en proporción de 1/4, a su esposa Olga Beatriz MOGGI y a sus hijas Andrea del Valle GONZÁLEZ y Silvana GONZÁLEZ.
Que en el Convenio Definitivo bajo examen se consigna que laspartes fijan de común acuerdo el precio de la fracción expropiada del inmueble en la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Sesenta $
149.760,00, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 9302/2018 del Consejo General de Tasaciones, más un 10% conforme lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N 6394, lo que hace un importe total, único y definitivo de Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Setecientos Treinta y Seis $164.736,00, suma que fue cancelada por la empresa Caminos de las Sierras S.A., según lo informado en la cláusula Cuarta de dicho Convenio.
Que la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N
6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 13, 14 y 21 de la Ley N 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997, así como en el artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia de Córdoba.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento con el N 339/2019, por Fiscalía de Estado bajo el N
1100/2019 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble, que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica para la ejecución de la Red de Acceso a la ciudad de Córdoba RAC
correspondiente a la Ruta Nacional N 36, según Ley N 10.175, e individualizado por Resolución N 123/2014 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, ubicado en Alto Fierro, Pedanía Alta Gracia, Departamento Santa María de esta Provincia de Córdoba, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N 1.619.321, con una
3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4138

Primera edición01/02/2006

Ultima edición13/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930