Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 220
CORDOBA, R.A. JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la Dirección General de Educación Especial y Hospitalaria del Ministerio de Educación, en virtud del Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición dispuesto por Resolución N 31/2019 de la Dirección General mencionada, convalidada por su similar N 654/2019 del Ministerio de Educación, a las personas nominadas en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja útil, se acompaña y forma parte del presente acto, de conformidad al detalle allí obrante, quienes deberán adecuar su situación de revista al Régimen de Incompatibilidades vigente.
Artículo 2.- IMPÚTASE el egreso que implica el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a Jurisdicción 1.35, Programa 358, Partida Principal 01, Partida Parcial 01 -Personal Permanente-, Grupo 13,
Decreto N 1278
Córdoba, 25 de octubre de 2019
VISTO: el Expediente Nº 0109-089353/2009 del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación de la Resolución N 1686/2019 de la Dirección General de Educación Primaria, por la cual se dispone clausurar definitivamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario JUAN ESTEBAN ECHEVERRÍA de la localidad de Malagueño, Departamento Santa María de esta Provincia, en razón de no haberse modificado ni registrado matrícula en dicho establecimiento desde la suspensión provisoria del servicio a partir del 29 de abril de 2009.
Que por Resolución N 650/2016 del Ministerio de Educación se ratificó su similar N 754/2013 de la ex Dirección General de Nivel Inicial y Primario, por la que se convalidó la suspensión provisoria del servicio educativo en el citado establecimiento, a partir del 29 de abril de 2009.
Que la Inspección General dependiente de la Cartera actuante manifiesta que la falta de matrícula que dio origen a la suspensión provisoria, no ha sido modificada con el correr de los años y que el personal que se desempeñaba en la institución fue reubicado, conforme lo prescripto por el artículo 36 del Decreto Ley N 1910/E/1957 y sus modificatorios, motivo por el cual se dispone el cierre definitivo del mencionado centro educativo.
Que a mérito de lo expuesto, y lo prescripto por el artículo 3 del Decreto N 41.009/A/1938 y sus modificatorios, corresponde en la instancia ratificar la Resolución N 1686/2019 de la Dirección General de Educación
DIRECTORIO UNIDAD EJECUTORA PARA EL
SANEAMIENTO DE TITULOS
Resolución Normativa N 1
Córdoba, 20 de octubre de 2019
VISTO El requisito de la determinación de la parcela poseída, a los fines del trámite de anotación en el Registro Personal de Poseedores, exigido por la Ley 9150 y su decreto reglamentario 586/04.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Cargo 040 Inspector de Enseñanza Media, Especial y Superior, del Presupuesto Vigente.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO

Primaria, conforme se gestiona.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N 2230/2018, por Fiscalía de Estado al N 1031/2019 y en uso de atribuciones conferidas por los artículos 60 in fine, 62, 63 y 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE la Resolución N 1686/2019 de la Dirección General de Educación Primaria del Ministerio de Educación, la que, como Anexo Único, compuesto de una 1 foja útil, se acompaña y forma parte integrante de este instrumento legal, por la cual se dispone clausurar definitivamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario JUAN
ESTEBAN ECHEVERRÍA de la localidad de Malagueño, Departamento Santa María, de esta Provincia, atento los motivos expresados en los considerando de este acto.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Dirección General de Administración de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO

Y CONSIDERANDO:

Que, a los fines de la correcta determinación parcelaria, la Ley 9150 en su artículo 14 exige la confección del plano de mensura, realizado por un profesional habilitado para el ejercicio de la agrimensura.
Asimismo, el decreto reglamentario 586/04, en su considerando, establece que el plano confeccionado a los efectos de la presente ley no afecta derechos de terceros, lo que se relaciona con los principios de simplicidad, agilidad y menor costo para los particulares Art. 2 Incs. 1, 2 y 3 Dec. Reg, y el Art. 3 del mismo decreto, que faculta a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas instrumentales necesarias para cumplir con los fines de la Ley 9150 y con los principios citados.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/11/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4154

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/06/2024

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