Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 220
CORDOBA, R.A. JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 1157
Córdoba, 19 de Noviembre 2019.VISTO: El Acta N 1 de la Comisión de Relaciones Laborales de la Legislatura de la Provincia de Córdoba integrada por funcionarios de este Poder Legislativo y por integrantes de la Comisión Directiva del Sindicato de Empleados Legislativos de Córdoba SELC de fecha 13/11/19.
Y CONSIDERANDO:
Que el acta referenciada fue suscripta por funcionarios de este Poder Legislativo en el marco de instrucciones emanadas de esta Presidencia siguiendo los lineamientos de la ley 9.880 Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba-, y conforme a las constancias obrantes en los legajos del personal indicado en el Anexo I de este acto, y los informes producidos por la Dirección de RRHH y los titulares de las áreas involucradas.
Que en el acta nombrada se confecciona el listado de Personal de Ejecución del agrupamiento Técnicos Especializados que han cumplido o cumplirán prontamente con los requisitos reglados del Capítulo 3 -Promocionesarts. 82 a 85 de la ley 9880 y que estarían habilitados para ser promovidos a cargo superior del agrupamiento, previa aprobación de la prueba de suficiencia de cada cargo conforme lo determina la reglamentación del art. 83 de la ley 9.880.

Que la ley 9880 vigente desde el 28/02/2011, establece en sus arts. 82
a 85, el sistema de promoción automática para el personal de ejecución de los distintos agrupamientos sujeto particularmente a condiciones de permanencia e idoneidad, los cuales fueron reglamentados en el Anexo I de la Resolución N 2720 de la Legislatura Provincial con fecha 19/11/2014, modificada por la Resolución N 2812 de fecha 2 de setiembre de 2015, por lo que a la presente fecha existen los elementos reglados para hacer realidad la carrera administrativa del personal de ejecución de esta Legislatura Provincial.
Que por ello resulto legal, justo y equitativo en esta oportunidad aplicar el régimen de promociones del personal de Ejecución de la ley Estatuto Escalafón del Personal de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, y disponer la instrumentación de la promoción automática a los agentes consignados en el Anexo I, aprobando a tal efecto el Anexos II, confeccionados en el Acta N 1 de la Comisión de Relaciones Laborales.
Que la Dirección de Asuntos Legales se expide en igual sentido mediante el Dictamen N 1128/2019.
Por todo ello y lo dispuesto por los arts. 10, 82 a 85 y cctes. de la ley 9880 y su reglamentación, el Acta N 1 de la Comisión de Relaciones Laborales, el art. 85 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, y el art.
30 última parte del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
EL PRESIDENTE PROVISORIO DE LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE los Anexos N I -Personal de Ejecución del Agrupamiento Técnicos Especializados - habilitado para ser promovido a cargo superior, confeccionado por la Comisión de Relaciones Laborales de esta Legislatura Provincial y N II -identificación del cargo, requisitos de ingreso al cargo, objetivos del cargo, temario y fuente para el curso de capacitación y para la prueba de suficiencia y tribunal de prueba de suficienciapara cargo superior de cada agrupamiento de ejecución.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

viene de tapa
DIRECTORIO UNIDAD EJECUTORA PARA EL SANEAMIENTO DE
TITULOS
Resolución Normativa N 1 Pág. 5
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 722 Pág. 6
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 292 Pág. 7
Resolución N 275 Pág. 7
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N 36 Pág. 8
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N 38 Pág. 9
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 421 - Letra:A Pág. 9
Resolución N 418 - Letra:A Pág. 10
Resolución N 415 - Letra:A Pág. 10
Resolución N 413 - Letra:A Pág. 10
Resolución N 419 - Letra:A Pág. 11
Resolución N 420 - Letra:A Pág. 11

Artículo 2.- DESIGNASE como miembros titulares del Tribunal de Prueba de Suficiencia N 1 cargo: Técnico; a los funcionarios, representantes gremiales y del personal consignados en el ítem 5 del respectivo Anexo II.
Artículo 3.- DISPÓNESE que el curso de capacitación para la prueba de suficiencia será dictado por la Dirección de Capacitación y Extensión Legislativa con un carga horaria de diez 10 horas de reloj durante los días 25 y 26 de noviembre de 2019 y que la prueba de suficiencia confeccionada por el Tribunal se llevarán a cabo el día 2 de diciembre de 2019 a las 11
hs., en la Salas de Comisiones 4to Piso del Edificio Anexo de la Legislatura Provincial. Los resultados serán notificados a cada agente y publicados en la página virtual de la Legislatura de la Provincia de Córdoba. Toda impugnación a los resultados deberá ser efectuada en el término de cinco 5
días hábiles contados a partir de su notificación, debiendo contar en forma previa a su resolución por la Secretaría Administrativa, con la opinión de la Comisión de Relaciones Laborales.
Artículo 4.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
FDO: Sebastian Matias Rossa, Secretario Administrativo / Oscar Felix Gonzalez Presidente Provisorio.

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/11/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

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