Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 212
CORDOBA, R.A. VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 73
Córdoba, 4 de octubre de 2019

legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110
in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al 70/2019;

VISTO: El expediente N 0279-011273/2019 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N 150/04
Reglamentario de la Ley N 9086, modificado por Decreto N 1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias de los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nro. 16 a 18 de las modificaciones presupuestarias realizadas en el mes de agosto de 2019.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones
MINISTERIO DE GOBIERNO

DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
R E S U E LV E
Artículo 1º FORMALIZAR las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, conforme al Documento de Autorización de Modificación del Crédito Presupuestario que incluye las compensaciones de recursos financieros Nro. 16 a 18 correspondientes al mes de agosto de 2019, el que como Anexo Único, compuesto de una 1 foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: Carlos Walter Robledo, Ministro de Ciencia y Tecnología
ANEXO

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa UF por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 T.O2004 en la suma de pesos cincuenta y dos con noventa y cuatro centavos $ 52,94.-

Resolución N 74
Córdoba, 7 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente N 0458-000122/2019 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004.
Y CONSIDERANDO:

Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N8560 T.O 2004, se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un 1 litro de nafta súper.
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República FECAC, el valor del referido combustible al día 5 de noviembre del corriente año es de $52,94, registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior.
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 T.O 2004, sus modificatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N89/2019, y en ejercicio de sus atribuciones.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

2: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva.
3: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004, a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Gobierno. 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: Miguel Ángel Rizzotti, Director General de Prevención de Accidentes de Transito
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha08/11/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4144

Primera edición01/02/2006

Ultima edición21/05/2024

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