Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2017 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 124
CORDOBA, R.A., JUEVES 29 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cuyo monto será establecido por el Poder Ejecutivo Provincial, a partir de la fecha de fallecimiento del progenitor y hasta la finalización de sus estudios, todo de acuerdo a los términos, condiciones y alcances que al efecto fije la reglamentación.

FDO: DANIEL ALEJANDRO PASSERINI, VICEPRESIDENTE, LEGISLATURA PRO-

Artículo 4º.-El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Finanzas, efectuará las adecuaciones presupuestarias pertinentes.

PODER EJECUTIVO

VINCIA DE CÓRDOBA / GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Decreto N 502

Artículo 5º.-Las disposiciones de la presente Ley son de aplicación a partir del ejercicio correspondiente al año 2017.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. -

Decreto N 743

Córdoba, 18 de abril de 2017
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10438 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DR. LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N 155/2015 de la Presidencia de la Agencia actuante se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición en los términos del artículo 14º, punto I de la Ley N 9361, para cubrir cuarenta y dos 42 cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo de la citada Jurisdicción.
Que de conformidad a lo previsto en el artículo 16 y 18 de la Ley N
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien fue la encargada de determinar el Cronograma del proceso concursal, el que fue publicitado y publicado en la Página WEB Oficial del Gobierno Provincial.
Que asimismo, mediante Resolución Nº 01/15 de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, fueron designados los integrantes de los Tribunales de Concurso de los cargos concursables y se aprobaron los temarios generales y específicos correspondientes a cada uno de los cargos en cuestión, consignándose las fuentes sugeridas para su estudio, todo lo cual fue publicado en la citada página WEB. Que en virtud del cronograma establecido, se recepcionaron las inscripciones de los postulantes desde el día 27 de julio hasta el día 2 de agosto de 2015. Que se publicó en la Página Web Oficial la mencionada conformación definitiva de los Tribunales de Concurso, como así también la fecha en que se llevaría a cabo la prueba de oposición, prevista para el día dieciocho de septiembre de 2015.
Que entre los días 4 al 6 de agosto de 2015 se fijó el plazo para las excusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concurso,

Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del entonces Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las jurisdicciones, quienes certificaron el proceso de ensobrado y custodia de los cuestionarios que los Tribunales elaboraron, y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio, el cual fue publicado en el Portal WEB Oficial del Gobierno Provincial.
Que durante los días 25 al 29 de setiembre de 2015 transcurrió el período para vista de antecedentes y presentación de observaciones, así como las renuncias al citado orden de mérito. Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos establecidos por las Bases y Condiciones del Concurso, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo, que fue publicado en la Página WEB Oficial.
Que en dicho Orden de Mérito Definitivo, se nominan a las personas que han superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder a los cuarenta y dos 42 cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo en la órbita de la Agencia Córdoba Cultura S.E.Que a tenor de las observaciones efectuadas por Fiscalía de Estado se produjeron modificaciones en el Orden de Mérito elevado a consideración de este Poder Ejecutivo, no obstante ello, los concursantes que ocupan los 42 primeros lugares resultan los mismos, más allá de las variaciones en su posición.
Que los artículos 12 y 13 de la Ley N 7233 consignan los requisitos para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial, por lo
las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción correspondiente, procediéndose a la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución Nº 02/2015 de la citada Comisión.
Que se publicó en la página web oficial la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, la que fuera prevista para el día 22 de agosto de 2015.

cual, resulta necesario encomendar a la Dirección de Recursos Humanos de la Agencia actuante, la verificación del efectivo cumplimiento de los mismos.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho de la Agencia Córdoba Cultura S.E. con el Nº 181/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 308/2016 y en ejercicio de atribuciones constitucionales;

Córdoba, 30 de Mayo de 2017.
VISTO: El Expediente N 0385-001125/2015, 59 cuerpos, del registro de la Agencia Córdoba Cultura S.E.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/06/2017 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/06/2017

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4148

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2017>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930