Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/02/2012 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

elArtículo 2. Rigen igualmente Los decretos, reglamentos y ordenanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la promulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria.Que por su parte, los artículos 35 a 43 del Decreto 529/94 Modificaciones de Precios y Tarifas - establecen que los precios y tarifas podrán sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación, y los distintos criterios del Régimen Económico de la Prestación de los Servicios.Que en relación a lo anterior obra en autos la siguiente documental a saber: a Copia certificada de la presentación efectuada por la prestadora Cooperativa de Trabajo Copasa Ltda, por la que solicita la recomposición de la tarifa, aduciendo incremento de costos; b Copia debidamente certificada de la Resolución ERSeP Nº 2693/2011 del 17 de octubre de 2011, por la que se dispuso: ARTÍCULO 1º: CONVÓCASE a Audiencia Pública, para el día martes 01 de noviembre de 2011, a los fines del tratamiento de la modificación de los cuadros tarifarios vigentes promovidas por las prestadoras del Servicio de Agua Potable y Desages Cloacales de la Provincia de Córdoba: 4 Cooperativa de Trabajo COPASA Ltda. c Copias debidamente certificadas del acta de cierre de laAudiencia Pública e Informe Final elaborado en los términos del artículo 16 del Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución Nº 10/2007; d Informe Técnico emitido por la Gerencia de Costos y Tarifas del ERSeP.Que a los fines de fundamentar el pedido luce agregada, tanto en el cuerpo principal 0521-036631/2011 como en el expediente de marras, documentación acompañada por la prestadora mencionada, entre la que se cuenta: a solicitudes de revisión tarifaria; y b información relativa a ingresos, costos e inversiones, y demás documentación requerida a los fines de la evaluación.Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Nº 8835, según modificación introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá convocar a audiencia pública Cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación Que en virtud de la norma señalada, se da cumplimiento a los recaudos legales establecidos para el referido procedimiento, según las disposiciones contenidas en el Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución General ERSe.P. N 10/2007; a saber: Publicación en el Boletín Oficial de la convocatoria a audiencia pública Resolución ERSeP Nº 2693/2011; Constancias de difusión mediante avisos en diarios de circulación provincial y regional; Solicitudes de inscripción y listado de participantes;Acta de audiencia, transcripción literal de la misma e Informe al Directorio.Que producida la audiencia, se da cumplimiento a lo previsto por el art.
16 del Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por la referida Resolución General.Que luego de analizado el informe emitido y la transcripción literal de la audiencia llevada a cabo, no se verifica que haya existido oposición alguna a la celebración de la misma o algún otro elemento que se deba ponderar.
Que por su parte, a fs. 22/26, la Gerencia de Costos y Tarifas emite informe técnico, mediante el cual eleva la propuesta de modificación del cuadro tarifario vigente.Que el informe precitado, concluye que: En base al estudio presentado, el valor de la tarifa media alcanzaría los $42,50 considerando solamente los costos de operación, mantenimiento, administración y comercialización. De esta manera aplicando el incremento tarifario determinado en este informe, el cuadro tarifario de la Cooperativa de Trabajo Copasa Ltda. quedaría de la siguiente manera No incluye IVA ni tasa de regulación Cuadro de fs.26 Esta Gerencia recomienda aplicar el incremento correspondiente a la evolución de costos operativos a partir del mes de enero del año 2012Que por ello, corresponde emitir el pertinente acto administrativo disponiendo:
Artículo 1º: APRUÉBASE la modificación del cuadro tarifario correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Cooperativa de Trabajo Copasa Ltda; conforme al anexo único que integra la presente.Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hágase saber y dése copia.
Así votamos.
Voto de los Directores Cr. Alberto Luis Castagno y Dr. Juan Pablo Quinteros:
Vuelve a consideración de este Directorio el Expediente N 0521036631/2011/R14 por el cual se gestiona la solicitud de la Cooperativa de Trabajo COPASA Ltda. de un incremento tarifario del 25% invocando fuertes incrementos de precios que se produjeron en los principales insumos de producción, distribución y potabilización del agua.
La pretensión de la Cooperativa de Trabajo COOPASA Ltda. carece de fundamentación suficiente y no aporta documentación contable básica, esto queda de manifiesto cuando indica Todos los datos requeridos por el Ente Regulador para justificar dicho incremento y cualquier aclaración o ampliación de la información que soliciten será remitida en forma inmediato con vuestro requerimiento. De esta manera incumple lo establecido por los incs. c, d y e del art. 28 de la Ley Nº 5350 de Procedimiento Administrativo t.o Ley 6658.

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 2 de febrero de 2012

A fs. 4/7 luce Resolución ERSeP Nº 2693 por la que se convoca a Audiencia Pública a los fines del tratamiento de la modificación de los cuadros tarifarios vigentes promovidas, entre otras, por la Cooperativa arriba señaladas.
A fs. 9/17 se incorpora informe final del art. 16 del Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución Nº 10/2007.
En fjs. 19 el Gerente de costos y tarifas del ERSeP certifica que la información contenida en la planilla subsiguiente fue suministrada por la la Cooperativa de Trabajo COPASA Ltda. en forma digital.
Se introduce de fs.22 a 26 Informe Técnico elaborado por la Gerencia de Costos y Tarifas que se limita a conformar una estructura ponderada de costos la estructura mencionada surge de datos provistos por la cooperativa en aquella oportunidad mediante las planillas de costos sobre los que aplica en su mayoría una serie de índices publicados por INDEC para el período junio 2010-agosto 2011, concluyendo que el incremento de costos alcanza el 31,53% el para lapso de tiempo antes mencionado. No se analizan los ingresos de la cooperativa bajo consideración ni el plan de inversiones previsto, desconociendo estos Directores la situación financiera real de la misma por lo que carecen de elementos para poder emitir opinión fundada al respecto.
Por todas las razones y fundamentos invocados, nos oponemos a la aprobación de la modificación del cuadro tarifario correspondiente a la prestadora del Servicio deAgua Potable Cooperativa de Trabajo COPASA
Ltda.
Así votamos.
Que por todo ello, lo expuesto en el Informe Técnico de fs. 22/26; y el dictamen Nº 448/2011 de la Unidad de Asesoramiento Legal en Agua y Saneamiento, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8535 Carta del Ciudadano, el Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP por mayoría Voto de los Directores: Dr. Rody Wilson Guerreiro, Dr.
Luis Guillermo Arias, Dr. Jorge Andrés Saravia y Dr. Roberto A.
Andaluz: R E S U E L V E:
Artículo 1º: APRUÉBASE la modificación del cuadro tarifario correspondiente a la prestadora del Servicio deAgua Potable Cooperativa de Trabajo Copasa Ltda; conforme al anexo único que integra la presente.Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hágase saber y dése copia.DR. RODY WILSON GUERREIRO
PRESIDENTE
DR. LUIS GUILLERMOARIAS
VICEPRESIDENTE
DR. JORGE ANDRÉS SARAVIA
DIRECTOR
CR.ALBERTO L. CASTAGNO
DIRECTOR
DR. ROBERTO ANTONIO ANDALUZ
DIRECTOR
DR. JUAN PABLO QUINTEROS
DIRECTOR
RG Nº 28/2011 - ANEXO ÚNICO
CUADRO TARIFARIO
COOPERATIVA DE TRABAJO COPASA LTDA.

TN TB Z K 1 C M 1,15 1,30 1. 1913 1. 1559 1. 2479 1.3153
TN
TB

Tarifa Nueva Tasa Bá sica seg un su perficie del terre no, su perficie edificad a, catego ría de e dificación, an tig eda d y códig o d e se rvi ci o
Coeficien te Zon al Z
Tarifa Mín ima asigna da por códig o de servicio M
Coeficien te de a ctua lización K
C Coeficien te Corrector P eriodi ci dad de la facturación me nsual 1
1,15
Increme nto Resol ución Ge neral E RS eP N 1 2/2006
Increme nto Resol ución Ge neral E RS eP N 0 9/2008
1,3
Increme nto Resol ución Ge neral E RS eP N 0 2/2009
1,1913
Increme nto Resol ución Ge neral E RS eP N01/201 0
1,1559
1,2479
Increme nto Resol ución Ge neral E RS eP N24/201 0
Increme nto S uger ido 1,3153
Categoría Clase $/m3 Exceso $/m3 Consumo A
$ 0,95
$ 1,32
B I
$ 1,70
B II
B lll $ 3,46
$ 1,32
C Ia C
Ib $ 1,06
$ 1,05
C lla $ 0,95
C llb
Los valores tarifarios no incluyen IVA ni tasa de Regulación.Valores tarifarios a aplicarse a partir de Enero de 2012.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
RESOLUCION N 000047 28/09/2011 - HACER
uso de la opción de prórroga prevista en el Artículo 28
del Pliego de Condiciones Generales que rigiera la Licitación Nº 24/09 y en el Artículo 2º de la Resolución Nº 069/09 de esta Secretaría, con la firma MEDITERRÁNEA
CLEAN S.R.L., por el servicio integral de limpieza destinado al inmueble que ocupa la Delegación de la Dirección de Catastro, sito en calle Alvear Nº 393 de la Ciudad de Cruz del Eje de esta Provincia, a partir del día 1º de octubre de 2011 y por el término de dos 2 años, al precio mensual de $ 1.891.-, estando dicha firma inscripta en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado bajo el Nº 6136 e Ingresos Brutos al Nº 27033196-3. S/ expediente Nº 0033-061938/2011.RESOLUCION N 000054 03/11/2011 - MODIFICAR
el Artículo 2 de la Resolución N 048/11 de esta Secretaría, donde dice: Programa 155-001; debe decir: Programa 153-001 S/ expediente Nº 0027045341/2011.
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION N 119. 12/10/2011. Según Expediente N 0045-013965/07/A24. APROBAR el Acta Acuerdo de la cuarta Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL Nº 26
Y ACCESOS A PINCEN E ITALO TRAMO: PINCEN
ITALO - DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA MIL
CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON SESENTA Y
CUATRO CENTAVOS $ 1.430.144,64, suscripta con fecha 15 de junio de 2011, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Civil Guillermo ELORZA, por una parte, y los Representantes de la Empresa CONSTRUCTORA DEL CENTRO S.A.
INGENIERO DAVID SESTOPAL U.T.E., Ingeniero Darío Marco SESTOPAL, y señor Samuel A. ARRIETE, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de SEIS 6 fojas, integra la presente Resolución.
RESOLUCION N 120. 13/10/2011. Según Expediente N 0045-014979/09/A3. APROBAR el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: PUENTE SOBRE RÍO PINTO
EN SAN PELLEGRINO DEPARTAMENTO: TOTORAL, por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON DIECIOCHO
CENTAVOS $ 196.788,18, suscripta con fecha 27 de junio de 2011, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Civil Guillermo ELORZA, por una parte, y el Presidente de la empresa O Y P S.A.
EMPRESA CONSTRUCTORA, señor Juan Manuel MENSEGUEZ, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de OCHO 8 fojas, integra la presente Resolución.
RESOLUCION N 121. 13/10/2011. Según Expediente N 0045-014290/08/A52783. APROBAR el Acta Acuerdo de la primera y segunda Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: PUENTE SOBRE EL
RÍO CHOCANCHARAVA RÍO CUARTO PROXIMO A
VILLA REDUCCIÓN DEPARTAMENTO: JUÁREZ
CELMAN PROVINCIA DE CÓRDOBA, por la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS
MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON CINCO
CENTAVOS $ 1.142.438,05, suscripta con fecha 30 de noviembre de 2010, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Civil Guillermo ELORZA, por una parte, y el Apoderado de la Empresa PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L., Ingeniero Raúl ENCABO, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de OCHO 8 fojas, integra la presente Resolución.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/02/2012 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha02/02/2012

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4161

Primera edición01/02/2006

Ultima edición14/06/2024

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