Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2012 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 17 de febrero de 2012

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLXV - Nº 15
CORDOBA, R.A., VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2012

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO de EDUCACIÓN

Resolución Nº 761
Córdoba, 29 de diciembre de 2011
Expte. N 0623-118905/2011
VISTO: La Ley de Educación Nacional N 26206, las Resoluciones Nros. 24/07
y 74/08 del Consejo Federal de Educación; las Resoluciones Nros. 91/
01, 628/08 rectificada y ampliada por sus similares Nros. 290/09 y 566/09
respectivamente, 663/09 ampliada por su similar N 10/10, 94/11, 626/11, 751/
11 y 752/11 todas emanadas de este Ministerio;
Y CONSIDERANDO:
Que se hace necesario adecuar para la cohorte 2012 las denominaciones de los Títulos y su alcance para aquellas Carreras de Formación Docente que actualmente ofrecen los Institutos Superiores de Formación Docente en esta Provincia, conforme con lo establecido en la Resolución N 74/08
del Consejo Federal de Educación.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 144/08 otorgó validez nacional a estas titulaciones hasta la cohorte 2008.
Que la Resolución N 73/08 del referido Consejo Federal, en su Anexo I
determinó que debe haber Coincidencia o equivalencia de los Títulos que se emitan con los acordados federalmente en el apartado Nominaciones de Títulos de la Resolución N 24/07 del citado Consejo Federal y/o sus complementarias y/o modificatorias que establezca el Consejo Federal de Educación.
Que la Resolución N 74/08 del Consejo Federal de Educación, en su Anexo I
establece la denominación y alcance de los Títulos de Formación Docente válidos en todo el territorio Nacional.
Que es necesario autorizar, para la cohorte 2012, la implementación de las CONTINÚA EN PÁGINA 2

Crean la Comisión para el Ingreso en el Nivel Superior Resolución Nº 762
Córdoba, 29 de diciembre de 2011
VISTO: La Nota N SE01-757026018-211, en el que obran actuaciones relacionadas con la necesidad de optimizar el procedimiento para la cobertura de los cargos docentes no directivos -interinos o suplentesde los Institutos de Educación Superior, dependientes de la Dirección General de Educación Superior;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar el procedimiento operativo a fin de efectuar la cobertura de que se trata, acorde a los nuevos requerimientos que plantea la actual normativa provincial del Nivel Superior.
Que entre las razones decisivas, cabe la de considerar que la digitalización de las publicaciones de cargos vacantes y de los órdenes de mérito resultantes garantiza el acceso a la información por parte de todos los inscriptos en las convocatorias, como también así el de difundir las pautas valorativas que realiza la Comisión para el ingreso en el Nivel Superior.
Que cabe señalar que, deben establecerse con claridad las instancias en qué se realizará la inscripción, selección y comunicación de los órdenes de mérito.
Que por otra parte, se han efectuado las consultas pertinentes con la Dirección General de Educación Superior y la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba.
Por ello, el Dictamen N 2500/2011 del Area Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales en providencia de fecha 20 de diciembre de 2011;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CREAR la Comisión para el Ingreso
en el Nivel Superior, la que estará conformada por dos 2 miembros en representación de la Dirección General de Educación Superior y dos 2 miembros en representación de la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba U.E.P.C, los que serán designados mediante resolución de la Secretaría de Educación.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que el procedimiento para la cobertura de cargos docentes directivos interinos o suplentesse rija de acuerdo con el instructivo que, como Anexo I -con cuatro 4 fs.-, forma parte del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 3.- DISPONER que la convocatoria para la cobertura de cargos docentes no directivos interinos o suplentesen los Institutos de Educación Superior se realice al momento de producirse la vacante.
ARTÍCULO 4º.- AUTORIZAR la implementación de la grilla valorativa y de los criterios de aplicación que, como Anexo II -con cuatro 4 fs.-, forma parte del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 5º.- AUTORIZAR el modelo de Curriculum Nominativo y los formularios Publicación de Vacantes f-A, Inscripción f-B, Convocatoria Interna f-C y Acta Síntesis f-D que como Anexos III, IV, V, VI
y VII, integrado por un 1 folio cada uno, forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- DEJAR sin efecto la Resolución N
0001/2011 de la Dirección General de Educación Superior y toda otra disposición anterior que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Resolución Nº 755
Córdoba, 27 de diciembre de 2011
VISTO: La Ley de Educación Nacional Nº 26206 y la Ley de Educación de la Provincia de Córdoba Nº 9870;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de las citadas normas, este Ministerio, en concordancia con las disposiciones del Consejo Federal de Educación, debe acordar con la comunidad educativa provincial las propuestas curriculares para los distintos niveles y modalidades del sistema educativo jurisdiccional.
Que la Educación Primaria es la etapa de la educación obligatoria destinada a proporcionar una formación integral, básica y común de las niñas y niños a partir de los seis años, destacando especialmente la función alfabetizadora del nivel, entendida la alfabetización -en sentido ampliocomo el desarrollo de las habilidades lingísticas y sociocognitivas necesarias para el ingreso, la apropiación y recreación de la cultura escrita que la humanidad ha producido a lo largo de su historia en la ciencia, el arte y los lenguajes simbólicos y matemáticos, por lo que se constituye en una prioridad para el Estado Provincial y en particular para el Ministerio de Educación, por lo cual éste ha asumido el desafío de actualizar las propuestas curriculares del Nivel de Educación Primaria mediante un proceso participativo.
Que se encomendó a la Secretaría de Educación, a través de la Subsecretaría de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa, un trabajo colaborativo con las Direcciones Generales de Educación Inicial y Primaria, de Institutos Privados de Enseñanza, de Educación Superior, de Educación Media y de Regímenes Especiales, habiéndose desarrollado CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2012 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/02/2012

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4145

Primera edición01/02/2006

Ultima edición22/05/2024

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