Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/03/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCV - TOMO DVI - Nº 48
CORDOBA, R.A. JUEVES 8 DE MARZO DE 2007

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS
DEPARTAMENTO SAN JUSTO

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 248
Córdoba, 27 de Febrero de 2007
VISTO: El expediente N 0463034405/2007, los Decretos N 707/
02, 1112/04 y su modificatorio N 659/
06.

Obra: Acueducto para la provisión de agua potable a la localidad de Marull PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1710
Córdoba, 18 de Diciembre de 2006

Convenio suscripto entre el ENOHSA y la Municipalidad de Marull, por el cual dicho organismo asume el compromiso de financiamiento al que se alude la resolución sometida a examen.

Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1112/04 dispuso la adhesión de la Provincia de Córdoba al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias - SIRCREB para los contribuyentes del Convenio Multilateral, aprobado por el artículo 81º de la Resolución General Nº 1/06 de la Comisión Arbitral.

Que a través del artículo 5 de la misma norma, se facultó al Ministerio de Finanzas a disponer la incorporación de contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el citado régimen de recaudación, en función de los resultados obtenidos por la operatoria y cuando razones de política y administración tributaria lo justifiquen.
Que en la reunión plenaria del Convenio Multilateral del 18/8/1977
llevada a cabo el día 29 de noviembre de 2006, las jurisdicciones adheridas decidieron diversificar las alícuotas aplicables sobre las acreditaciones con el fin de ampliar el padrón de contribuyentes alcanzados.
Que en la misma reunión, se estimó CONTINÚA EN PÁGINA 2

DECRETO Nº 249
Córdoba, 27 de Febrero de 2007
VISTO: El Expediente Nº 0473034508/2007 y lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Nº 9350.
Y CONSIDERANDO:

VISTO: El expediente Nº 0416-040694/05 en el que la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 800/05, se apruebe la contratación directa para la ejecución de la obra: ACUEDUCTO PARA LA
PROVISIÓN DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD
DE MARULL y se adjudique la misma a la MUNICIPALIDAD
DE MARULL Departamento San Justo, por la suma de $
885.425,65.
Y CONSIDERANDO:

Que el artículo 4º del citado Decreto, establece en el ocho por mil 8%o la alícuota aplicable para practicar la recaudación del impuesto en el marco del referido régimen.

PODER EJECUTIVO

Que la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento ha aprobado la documentación de la obra de referencia obrante a fs. 2/155 compuesta de Evaluación Hidrogeológica, Memoria Técnica, Cómputo y Presupuesto, Análisis de Precios, Pliego General de Especificaciones Técnicas y Planos.
Que a fs. 160/161 consta convenio suscripto con fecha 25
de agosto de 2005, entre la Provincia de Córdoba representada en ese acto por el entonces Director de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento por una parte y la Municipalidad de Marull por lo otra, por el cual la Provincia se compromete a aportar la suma de $ 385.425,65
a los fines de la ejecución de la referida obra, ratificado con fecha 19 de mayo de 2006 por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
Que el monto faltante de $ 500.000, será aportado en calidad de subsidio por el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento ENOHSa a través del Programa de Asistencia en Áreas con Riesgo Sanitario PROARSA, conforme surge del Acuerdo de fs. 160/161.
Que obra en autos Ordenanza de la citada Municipalidad por la que el Consejo Deliberante de Marull presta acuerdo al referido convenio.
Que a fs. 170/173 se ha incorporado el pertinente
Que asimismo a fs. 202/253 corre agregado el Pliego Particular de Condiciones correspondiente a la obra en cuestión.
Que la contratación propiciada encuentra sustento legal en cuanto a su modalidad y procedencia en las previsiones del artículo 7 inciso e de la Ley de Obras Públicas Nº 8614
y artículo 1º de su Decreto Reglamentario Nº 4757/77.
Que se ha efectuado la correspondiente Afectación Presupuestaria artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614
Por ello, las disposiciones de la Ley de Ejecución de Presupuesto Nº 5901 - T.O. Ley 6300 y modificatorias, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 6/06 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 1150/06
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRÚEBASE la contratación directa para la ejecución de la obra: ACUEDUCTO PARA LA
PROVISIÓN DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD
DE MARULL, y consecuentemente ADJUDÍCASE la misma a la MUNICIPALIDAD DE MARULL Departamento San Justo por la suma de Pesos Ochocientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Veinticinco Con Sesenta y Cinco Centavos $ 885.425,65, aportando la Provincia el monto de Pesos Trescientos Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Veinticinco Con Sesenta y Cinco Centavos $ 385.425,65, conforme las cláusulas establecidas en el convenio obrante a fs. 160/
161.

Que en el marco del Plan Estratégico Nacional presentado oportunamente por el Gobierno Nacional, se contempla la ejecución de Obras de Infraestructura Energética destinadas a fomentar el normal desenvolvimiento del Sistema Energético Nacional a los fines de contribuir al crecimiento de la demanda existente relacionada al crecimiento económico del país.
Que la Administración Provincial comparte plenamente el objetivo del Gobierno Nacional de impulsar el desarrollo de la infraestructura eléctrica del país favoreciendo los emprendimientos regionales, con el fin de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, así como el desarrollo de la producción industrial argentina.
Que el continuo incremento de la demanda eléctrica en el país y en particular en la Provincia de Córdoba, producto de la evolución del sector industrial, agropecuario y turístico, ha generado grandes necesidades energéticas insatisfechas, haciendo necesaria la instalación de nuevas unidades de generación en la Provincia destinadas a fomentar el normal desenvolvimiento del Sistema Energético Nacional.

ARTÍCULO 2º.- APRUÉBASE el Convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, representada por el entonces Director de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento,
Que con fecha 24 de agosto de 2006, se celebró el Acta Acuerdo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/03/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha08/03/2007

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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