Boletin Judicial de Costa Rica del /31/1/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

CARLOS ANDRES
TORRES SALAS FIRMA

jueves131dedefebrero enero del 2019
La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 2016

AÑO CXXV

TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos Msc. Priscila Marín Leiva jueza del Juzgado de Trabajo de Heredia; hace saber a Pedro Alejandro Sánchez Loría, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. prestac. laborales en su contra, bajo el expediente Nº 16-000419-0505-LA-1 de Rodolfo de Jesús Gutiérrez León donde se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Trabajo de Heredia. A las diez horas y cincuenta y dos minutos del ocho de agosto del año dos mil dieciséis. De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por Rodolfo de Jesús Gutiérrez León, se concede traslado por el plazo de quince días, Ana Patricia Ulate Figueroa, Pedro Alejandro Sánchez Loría, Laura María Sánchez Loría y Glen González Arguedas, en carácter personal, a Colegios Superiores de Costa Rica Santa Cecilia Sociedad Anónima, representado por Pedro Alejandro Sánchez Loría y Grupo Educativo Tropical Valley Sociedad Anónima representado por Glen González Arguedas para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Asimismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a lugar de trabajo, b sexo, c Fecha de Nacimiento, d Profesión u oficio, e Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f Estado civil, g Número de cédula, h Lugar de residencia. En caso de señalar correo electrónico para recibir notificaciones, el mismo debe estar autorizado por la dirección tecnológica del Poder Judicial conforme a los Art. 39 y 40 de la Ley de Notificaciones Judiciales
Firmado digitalmente por CARLOS
ANDRES TORRES SALAS FIRMA
Fecha: 2019.01.30 15:07:03 -0600

Nº 22 24 Páginas
N8687. Para validar una cuenta de correo electrónico y recibir notificaciones deberá seguir los siguientes pasos: a Ingrese al sitio Web del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr b Seleccione Trámites en Línea c Seleccione Validación de la cuenta de correo para recibir notificaciones. d Llene el formulario con su tipo de identificación, cédula, nombre, teléfono y dirección electrónica. e Corrobore los datos y seleccione Enviar. f Recibirá un mensaje en su correo electrónico para verificar el buen funcionamiento de la dirección de correo que usted indicó. Dé clic en el enlace que se le indica. g Aparecerá en la pantalla un mensaje para confirmar que su dirección de correo electrónico fue incluida en el sistema y h Recibirá un segundo mensaje en su correo electrónico que indica que su cuenta ha sido validada. Remítase mandamiento al señor jefe del Departamento de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la C.C.S.S., a efecto de que certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así como para cuáles patronos laboró el actor Rodolfo de Jesús Gutiérrez León, cédula Nº 0401210593, durante el período de 08 de febrero de 2002 al 04 de febrero de 2016. Para notificar a Ana Patricia Ulate Figueroa, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia Sarapiquí. A la parte demanda se puede localizar en la siguiente dirección: Heredia, Sarapiquí, Las Horquetas, exactamente frente a la entrada de La Flaminia. Para notificar a Laura María Sánchez Loría se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia. A la parte demandada se puede localizar en la siguiente dirección: Heredia, San Pablo, Condominio Puebla Real casa Nº 35. Para notificar a Pedro Alejandro Sánchez Loría se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia. A
la parte demandada se puede localizar en la siguiente dirección:
Heredia, Santo Domingo, 400 metros al este y 50 metros norte de la iglesia católica. Para notificar a Colegios Superiores de Costa Rica Santa Cecilia Sociedad Anónima, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia. Para notificar a la parte demandada se puede localizar en la siguiente dirección: Heredia, San Francisco, diagonal a la iglesia. Para notificar a Grupo Educativo Valley Sociedad Anónima se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Heredia Sarapiquí Para notificar a la parte demandada se puede localizar en la siguiente dirección: Heredia, Sarapiquí Las Horquetas, exactamente frente a la entrada de La Flaminia. Msc. Yuri López Casal, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso Nº 16-000419-0505- LA-1 de Rodolfo de Jesús Gutiérrez León contra Pedro Alejandro Sánchez Loría y otras. 19
de diciembre del año 2018. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza Decisora.1 vez.
O.C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019310326 .
Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza del Juzgado de Trabajo de Heredia; hace saber a Alimentos y Bebidas Elhanan MSMX S. A., en Cartago, Cartago Guadalupe, Urbanización Hacienda del Rey, casa número treinta y tres D, frente al parque industrial, Centro Gastronómico de Innovación y Desarrollo Casa Luna S.R.L., en San José, Tibás distrito Colima, Parque Condal Tibás; costado oeste, de Walmart, bodega número cincuenta y dos, Comercializadora de Alimentos y Bebidas Sal Mar Sociedad Anónima, en Heredia, Heredia, Ulloa, La Aurora, calle principal, Condominio Tierra Uno, local número seis, Diseñadores Gastronómicos Santiago Luna S.R.L., en San José, Tibás San Juan, Las Rosas, del Supermercado

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del /31/1/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha31/01/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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