Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 30 de diciembre de 2022

VI.

DISPOSICIÓN DE DICIPLINA PRESUPUESTARIA
6.1. La ejecución del gasto se realizará en concordancia con el plan Estratégico Institucional, los objetivos y metas del presupuesto en concordancia con el Plan Operativo Institucional, Plan maestro Optimizado y otros documentos de gestión.
6.2. La Gerencia General, la Gerencia Administración y Finanzas, la jefatura del equipo de Recursos Humanos, deberá elaborar, revisar y aprobar las bases y el proceso de selección de personal, teniendo en cuenta que el ingreso a la EPS Aguas de Lima Norte S.A., es necesariamente por concurso público de méritos, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada e incluida en el CAP o CPE.

Decenio para la acción Agua para el Desarrollo Sostenible 2018-2028
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Resolución de Directorio Nº 006-2022-EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.H-PD-MARZ
Huacho, 26 de diciembre de 2022.
VISTO:
Informe N.º 0152-2022-EPS AGUAS DE LIMA NORTE SA, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicitando la aprobación del Proyecto de Directiva denominada DIRECTIVA DE MEDIDAS DE
AUSTERIDAD, RACIONALIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO Y DE INGRESOS DEL
PERSONAL PARA EL AÑO FISCAL 2023, DE LA EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.
CONSIDERANDO
Que, en el inciso d de la Primera de las Disposiciones Complementarias Transitorias de la Ley N.º 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que las normas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2023; en las Empresas de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, se aprueban mediante acuerdo de Directorio, las mismas que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano.
Que, siendo necesidad de la Empresa contar con la Directiva, que establezca los lineamientos correspondientes para una óptima utilización de los recursos de la Empresa para el ejercicio 2023, corresponde aprobar la Directiva Nro. 122022EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. denominada: DIRECTIVA
DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO Y
DE INGRESOS DEL PERSONAL PARA EL AÑO FISCAL 2023, DE LA EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A
Que, estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Directorio realizado el 26 de diciembre del 2022 y a las facultades conferidas en el Estatuto de la Empresa;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la DIRECTIVA DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL PARA EL AÑO
FISCAL 2023, DE LA EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A, la cual consta de diez 10 numerales y seis 06
páginas, la misma que es parte integrante de la presente Resolución ARTICULO SEGUNDO: Elevar copia de la Presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y disponer su inmediata publicación en el Diario Oficial El Peruano y la página web de la EMPRESA, hasta el 31 de diciembre del 2022
ARTICULO TERCERO: Encargar a la Gerencia General, Gerencias de Línea, jefes de Oficina, Administradores Locales y jefes de Equipo en cumplir y hacer cumplir la Directiva aprobada mediante la presente Resolución y al Órgano de Control Institucional, el control posterior.
ARTICULO CUARTO: Déjese sin efecto cualquier otra disposición que contravenga a lo establecido en la presente Resolución, queda derogada o queda sin efecto REGÍSTRESE COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE

ACCIONES ADMINISTRATIVAS EN LA EJECUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO
6.3. Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos, no son eficaces si no cuentan con la partida presupuestaria correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del Gerente General, Gerente de Planeamiento y Presupuesto y Gerente de Administración y Finanzas.
CONTROL DE GASTOS
6.4. El Gerente General, Gerente de Planeamiento y Presupuesto y Gerente de Administración y Finanzas, son los responsables de la debida aplicación de lo dispuesto en la presente Directiva.
GASTOS EN INGRESO DE PERSONAL
6.5. La aprobación de Escala Remunerativa se sujeta a lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia.
6.6. Los reajustes o incrementos de remuneraciones, otorgados bajo cualquier modalidad, deberán contar con la disponibilidad presupuestal correspondiente y ser aprobado de acuerdo a la normativa presupuestaria vigente.
6.7. Las gratificaciones y escolaridad continuarán otorgándose durante el año fiscal 2023, en las mismas condiciones que se venían otorgando habitualmente, o de acuerdo a lo estipulado en convenios colectivos vigentes.
6.8. La aprobación de directivas para otorgamiento de incentivos para el personal, deberán estar ligados exclusivamente al logro de las metas establecidas en el Plan Maestro Optimizado de la Empresa, así como de las metas complementarias que se fijen para el proceso de evaluación de personal, las cuales no deberán tener carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable y no estar sujeto a cargas sociales, debiendo previamente contar con disponibilidad presupuestal.
6.9. El Ingreso de nuevo personal solo es factible en los siguientes casos; siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada y esté incluido en el CAP o CPE en todo el caso se realiza por concurso publico de méritos.
.- La contratación por reemplazo por cese del personal, cualquiera sea su forma de extinción de vínculo laboral.
.- Para suplencia temporal.
.- por mandato de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada.
VII.

MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y DISCIPLINA EN EL GASTO

7.1.

EN MATERIA DE PERSONAL
a Para un mayor aprovechamiento de los recursos humanos, deberán evaluarse acciones internas como la rotación, redistribución, encargaturas e implementación o supresión de turnos de trabajo, orientados a la mejora de los servicios.
b La contratación de personal por cese o suplencia temporal deberá realizarse mediante concurso de méritos, primeramente, a nivel interno de la Empresa y si no lograse ocupar la plaza, mediante concurso público, exceptuándose para los casos de cobertura de cargos de confianza.
c Para la designación de personal para cargos de confianza deberá cumplirse con el requerimiento establecido del perfil de cargo dispuesto por normativa sectorial y estar considerado la plaza dentro del CAP.
d Todo trabajo fuera del horario normal deberá ser compensado con descanso físico.
Sólo se procederá al pago dinerario de las horas extras, cuando se traten de trabajos en atención de emergencias en el servicio, que sobrepasen las previsiones y cuenten con la autorización correspondiente detallado en el RIT, el Equipo de Recursos Humanos, conjuntamente con los jefes inmediatos de los trabajadores en labores, serán responsable del monitoreo del cumplimiento de la labor realizada en las horas extras solicitadas.
e El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo realizado.
f Queda prohibido contratar personal, así como realizar compra de bienes y servicios destinados a trabajos operativos de carácter permanente, con recursos destinados al financiamiento de proyectos de inversión.
g La empresa podrá otorgar licencias sin goce de haber para asuntos ajenos a la EPS, y por el tiempo que estime conveniente, siempre y cuando la licencia a otorgar no implique la contratación de otro personal para cubrir dicho cargo, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo.

7.2.

EN MATERIA DE BIENES
a Sólo procede la adquisición de bienes muebles, siempre y cuando se encuentren consignados en el presupuesto de la Empresa, previa evaluación técnica-económica del requerimiento, presentado por el área usuaria o resulte de carácter imperativo, como condición para la ejecución de una obra de inversión.
b Adquisición de Vehículos, la Empresa podrá adquirir vehículos automotores para el desarrollo de las actividades operativas en los casos que se cuenten con un informe favorable por obsolescencia cuenten con más de 10 años de antigedad del vehículo o por alto costos de operación y mantenimiento; o en su defecto su adquisición esté orientado a mejorar la calidad de los servicios y la productividad de los trabajadores, será debidamente sustentado por el área usuaria solicitante.
c Toda compra al contado o crédito de bienes o servicios igual o inferior a ocho 08 UIT, deberá sujetarse a la directiva interna que regula dicho procedimiento.
El Equipo de Logística es el área encargada de llevar a cabo todas las compras al contado o crédito que realiza la EPS iguales o menores al valor de ocho 08 UIT.
Las compras por importes mayores a ocho 08 UIT deben estar consideradas en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Empresa y son llevadas a cabo de acuerdo a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento.
d En cuanto a las impresiones de la documentación de la Empresa, se deberá usar sistemas alternativos de impresión existentes que implique menor costo, sin descuidar la calidad requerida o implementar sistemas de comunicación vía virtual.
e En cuanto a Herramientas de trabajo, se deberá implementar un sistema de control y responsabilidad en cuanto al uso y conservación de las mismas, a fin de evitar las compras frecuentes de diversas herramientas por pérdidas.
f En cuanto a los materiales que se usan en campo, reparaciones, mantenimiento, conexiones, cortes y rehabilitación de servicios, etc. se aplicará la directiva existente para mejorar el control y el uso efectivo de los mismos g Útiles de Oficina, hacer uso racional y responsable los útiles recibidos de la empresa para el desarrollo de las funciones propias del cargo.
h Combustible, los choferes a cargo de las unidades móviles programarán su recorrido diario a fin de evitar recorridos innecesarios que incrementan el consumo de combustible y pérdida de horas/
hombre, los jefes de Equipos y Gerentes que tengan a cargo las unidades móviles, monitorearán el recorrido de las unidades móviles.
i Deberá evaluarse la implementación de sistemas de combustión aplicables a nuestras unidades móviles que resulten más económicas, si fuera necesario deberán adquirirse motores adaptables a estos sistemas.
j Los Gerentes, jefes de Oficina, jefe de Equipo y Administradores locales son los responsables de monitorear del buen uso y racionalidad de los activos. bienes materiales, herramientas que otorga la EPS para el desempeño de las funciones del personal.

GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

DIRECTIVA N 012-2022 - EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A

DIRECTIVA N 12 DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO
PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL PARA EL AÑO
FISCAL 2023 DE LA EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.
GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
DICIEMBRE DEL 2022
DIRECTIVA N 012-2022-EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.
DIRECTIVA DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO
PUBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL PARA EL AÑO FISCAL 2023 DE LA EPS AGUAS DE LIMA
NORTE S.A.
I.

II.

III.

IV.

V.

OBJETIVO
La presente Directiva tiene por objetivo establecer los lineamientos para un adecuado uso de los recursos de la EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A., en concordancia con el inciso d de la Primera de las Disposiciones Complementarias Transitorias de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto para el año 2023, donde establece que las normas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos del Personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2023.
FINALIDAD
Optimizar el uso de los recursos en las distintas Áreas de la Empresa, a través de criterios uniformes, de austeridad, racionalidad y de gasto de personal, que aseguren la normal ejecución del Presupuesto Institucional 2023.
ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presenta Directiva son de estricto cumplimiento por todas las Unidades Orgánicas de la EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A, incluidas las Administraciones de la localidad de Sayán y Végueta.
BASE LEGAL
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº 28411 y modificatorias.
Inciso d de la Primera de las Disposiciones Complementarias Transitorias de la Ley N.º 31638, Ley de Presupuesto 2023.
Ley de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Ley Nº 24948.
Ley Marco de la Administración Financiera de Sector Público Ley Nº 28112.
Resolución Directoral N 041-2009-EF/76.01, que aprobó la Directiva N 004-2009-EF/76.01
- Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial, y sus modificatorias con Resolución Directoral N 029-2010-EF/76.01 y Resolución Directoral N 021-2011-EF/50.01
Decreto Supremo N 295-2022-EF Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2023 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
VIGENCIA
La presente Directiva rige para el ejercicio fiscal 2023, desde el 1ro de enero al 31 de diciembre.

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

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Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date30/12/2022

Page count60

Edition count2745

First edition01/01/2016

Last issue26/05/2024

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