Diario Oficial El Peruano del 23/12/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 23/12/2022 04:13

Gerente de Publicaciones Oficiales:

VIERNES 23

RICARDO MONTERO REYES

DE DICIEMBRE DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
28
28

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
Juzgados Especializados
B. Edictos Clasificados 33

33

Provincias
37

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Titulos Supletorios Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133- 2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas detalladas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO
UBICARSE SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO, que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 han sido sancionadas mediante las Resoluciones de División precisadas en la presente publicación. La persona natural o jurídica con legítimo interés puede solicitar copia del documento notificado, a través del correo electrónico solicitudestumbes@sunat.gob.pe, Mesa de Partes Virtual de la SUNAT, o acercarse a la Intendencia de Aduana de Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 - Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla - Tumbes, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, lo resuelto en la presente publicación será ejecutado así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N
1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.

Documento de Identidad
Acta de incautación
Infractor
Resolución de División
DNI N
41381980

JACKELINE
DEL ROCIO
ESPINOZA
VIDAURRE

019-02022022-000657

000527-2022SUNAT/3J0500

DNI N
00253993

JEFFERSON
JOHNSTON
GROJAS
CALDERON

019-02022022-000804
de fecha 17/07/2022

000673-2022SUNAT/3J0500

Determinación ARTÍCULO PRIMERO: Declarar INADMISIBLE la solicitud de devolución ingresada con expediente 019-URD999-2022-680462, presentada por SUGGEY PASCUALA GUTIERREZ MUGUERZA, identificada con DNI N 47297907, inscrita con RUC N 10472979073, de conformidad con el artículo 45º de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación 019-0202-2022-000657 del 11/06/2022, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO TERCERO: Sancionar con MULTA a JACKELINE DEL ROCIO ESPINOZA VIDAURRE, identificada con DNI N 41381980, sin RUC inscrito, con domicilio fiscal presunto en E. Piérola S/N -Etapa Mz. -Lt. -, Lambayeque, Chiclayo, Jose Leonardo Ortiz, por un monto ascendente a USA $ 485,66 que equivale a S/ 1 835,00 mil ochocientos treinta y cinco con 00/100 soles, correspondiente a DOS veces los tributos dejados de pagar de la mercancía incautada, por tener la infractora la condición de remitente de la mercancía intervenida, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO PRIMERO: ACUMULAR los actuados de las SEIS 6 actas de incautación materia del presente documento, para ser resueltas mediante un solo acto administrativo, de conformidad a la ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General LPAG en sus artículos 4.4, 6.4.3 y 149.
ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en cada una de las SEIS 6 actas de incautación materia del presente acto administrativo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO TERCERO: Sancionar con MULTA a los infractores por los montos en soles que se detallan, sanción equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar correspondientes a la mercancía incautada, por su condición de responsables poseedores y/o propietarios, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros.
Tributos USA $: 599.91
Doble Tributos USA $: 1,199.82
Tipo de Cambio: 3.906

Liquidación de Cobranza
Monto en Soles
2744-2022

1,835.00

3665-2022

4,686.00

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, cumple con NOTIFICAR a las personas detalladas a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, y otros actos administrativos a través de las Resoluciones de División detalladas a continuación, en aplicación del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas. Asimismo, la persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede solicitar copia del documento notificado, a través del correo electrónico solicitudestumbes@sunat.gob.pe, Mesa de Partes Virtual de la SUNAT, o acercarse a la Intendencia de Aduana de Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 - Eje Vial 01 - Aguas Verdes - Zarumilla - Tumbes, y podrá impugnar dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con el artículo 137 del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo N 133-2013-EF.
Documento de Identidad
DNI N
16639953

Cédula de Identidad N
0105761191

Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
Determinación
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar PROCEDENTE la solicitud de devolución de vehículo ingresada con Expedientes N 019-URD999-2022-929556 y 000-URD999-2022-1206827 presentada por ALADINO
CRUZADO CAMPOS identificado con DNI N16639953, en vista que el plazo de internamiento del medio de transporte al amparo de lo dispuesto en el artículo 41 inciso a de la Ley 28008 se encuentra CUMPLIDA; por lo que se dispone su entrega al propietario acreditado, PREVIA VERIFICACIÓN DE SU REACONDICIONAMIENTO AL ESTADO ORIGINAL, y de no modificarse su estructura en un plazo máximo de treinta 30 días calendario, se le sancionará con el COMISO del vehículo, según lo dispuesto en la última parte del artículo 41º de la norma citada.
ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0400-2022-000308, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008.
ARTÍCULO TERCERO: Sancionar con MULTA a LUIS ALBERTO DELGADO BURGA identificado con DNI N 41882031, por un monto ascendente a US $ 834.40 ochocientos treinta y cuatro con 40/100
dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 3,234.00 tres mil doscientos treinta y cuatro con 00/100 soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor ALADINO
019-0400000666-2022la condición de responsable conductor responsable del medio de transporte de mercancías relacionadas a la infracción administrativa vinculada al delito de contrabando, según el artículo 39 literal a de CRUZADO
2022-000308 SUNAT/3J0500
la Ley N 28008.
CAMPOS
ARTÍCULO CUARTO: Sancionar con SUSPENSIÓN de Licencia de Conducir por el periodo de un 01 año, al infractor LUIS ALBERTO DELGADO BURGA identificado con DNI N41882031, en calidad de conductor del vehículo intervenido, por la comisión de la infracción administrativa vinculada al delito de contrabando, sancionado de conformidad a lo previsto en el artículo 39, literal a de la Ley N 28008, para tal efecto se debe remitir OFICIO a la Dirección Regional Sectorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones -Tumbes, para la ejecución de la sanción.
ARTÍCULO QUINTO: Sancionar vía regularización con INTERNAMIENTO al vehículo mayor de placa de rodaje Nº A9N-918, descrito en el Acta de Incautación N019-0400-2022-000308, por el periodo de SESENTA 60 días calendarios, computados desde el 05.09.2022 hasta el 03.11.2022, por transportar mercancía de procedencia extranjera sin documentación que acredite su ingreso legal y libre tránsito dentro del territorio nacional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41º literal a de la Ley Nº 28008. Sanción que a la fecha se encuentra CUMPLIDA.
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolución de mercancía descrita en el Acta de Incautación N 019-0205-2022-000039, solicitada a través del Expediente N 019- URD999DANIEL
019-0205000683-2022- 2022-1080775, por los fundamentos expuestos.
ALEJANDRO
SÁNCHEZ 2022-000039 SUNAT/3J0500 ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de incautación N 019-0205-2022-000039, de conformidad a lo dispuesto en el literal b del artículo 200 de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo 1053
CELI
005-2136679-1

Av. Alfonso Ugarte N 873 - Lima Central Telefónica: 01 315-0400

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998 732 784

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Diario Oficial El Peruano del 23/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date23/12/2022

Page count48

Edition count2725

First edition01/01/2016

Last issue27/04/2024

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