Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 30/12/2022 07:56

Gerente de Publicaciones Oficiales:

VIERNES 30

RICARDO MONTERO REYES

DE DICIEMBRE DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
37
37

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 43

Juzgados Especializados
43

Provincias
48

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos
I.

OBJETIVO
La presente Directiva establece las medidas de austeridad, disciplina, calidad del gasto público y de ingresos del personal para el año fiscal 2023, en la EMUFEC SA

II.

FINALIDAD
En cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, el presente documento de gestión tiene la finalidad, de ejecutar el presupuesto institucional, bajo los criterios de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal manteniendo el equilibrio financiero de la EMUFEC SA. y orientando la gestión a la obtención de recursos financieros, para el fortalecimiento y crecimiento productivo, priorizando el logro de los objetivos y metas institucionales.

III.

BASE LEGAL.
LeyN31638Leydepresupuestodelsectorpúblicoparaelañofiscal2023.
D.L.Nº1436,D.L.MarcodelaadministraciónFinancieradelsectorPúblico.
D.L.Nº1440D.L.delSistemaNacionaldePresupuestoPúblico.
D.S.N295-2022-EF,queapruebaelPresupuestoconsolidadodeIngresosyEgresos paraelAñoFiscal2023delosOrganismosPúblicosyEmpresasdelosG.R.y G.L.
DirectivaN010-2019-EF/50.01,DirectivaparalaaprobacióndelPresupuestoInstitucional deAperturaylaEjecuciónPresupuestariadelasEmpresasnoFinancierasyOrganismos PúblicosdelosG.RyG.L..
EstatutodelaEMUFECSA

IV.

ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todos los directivos, funcionarios y personal de EMUFEC S.A, cualquiera sea el nivel jerárquico y modalidad contractual que lo vincule a la empresa.

V.

VIGENCIA
LapresenteDirectivarigeapartirdel01deenerodel2023al31dediciembredel2023.

VI.

DISPOSICIONES GENERALES
a.
Los gastos que, como máximo puede contraer EMUFEC S.A. durante el año 2023, estará en función a los créditos presupuestarios aprobados y a los ingresos efectivamente recaudados que financian dichas obligaciones.
b.
En caso de menor captación de recursos financieros las unidades orgánicas deberán adoptar las acciones de austeridad presupuestal en el gasto, con la finalidad de guardar coherencia y relación con los ingresos, para este efecto la oficina de presupuesto o la que hagasusvecesinformaránconlaoportunidaddelcasoalaGerenciaGeneralyjefaturas de línea sobre el comportamiento decreciente de los ingresos
VII.
7.1

DISPOSICIONES ESPECIFICAS
MEDIDAS EN MATERIA DE PERSONAL.
a. Enconcordanciaconelartículo7delD.S.N295-2022-EF,queapruebaelPresupuesto consolidadodeIngresosyEgresosparaelAño2023delosOrganismosPúblicos y Empresas de los G.R. y G.L., las escalas remunerativas, beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones, las dietas de Directorio, se aprueban mediante D.S. refrendado por el MEF. salvo las disposiciones legales que apruebanelincrementodelaR.M.V.queserádeaplicaciónparalosfuncionariosytodo el personal como máximo hasta el importe del incremento aprobado por dicho dispositivo legal.
b.
Durante el año fiscal 2023 se podrá implementar progresivamente el C.A.P. y el P.A.P., previaopiniónfavorabledelaDirecciónGeneraldeRecursosHumanosdelMEF
c.
El ingreso del personal a la Empresa incluyendo los contratos por suplencia, se efectúan obligatoriamente por concurso público de méritos, salvo los cargos de confianza, sin embargodebencumplirconelperfilmínimoparaelpuestoyestarconsideradoenelCAP
yPAP
d.
Los contratos con fines de suplencia de trabajadores quedan automáticamente resueltos a la reincorporación de sus funciones del trabador cuya ausencia origino la suplencia.
e.
Se permite el pago por concepto de horas extras, previa disponibilidad presupuestaria y autorizaciónycontroldeljefeinmediatosuperiorconvistobuenodelaGerenciaGeneraly de acuerdo a la disponibilidad financiera de la Empresa y previo al informe de las acciones realizadas.
f.
Durante el año 2023 se permite el otorgamiento de incentivos por productividad al personas, siempre y cuando se superen las metas establecidas en la generación de ingresos por actividades y recaudación de parques y complejos, para lo cual se deberá implementar una directiva interna.
g.
La Empresa ante la necesidad de recursos humanos para el desarrollo de sus funciones, debe evaluar las acciones internas del personal tales como la rotación, encargatura, turnos y otros.

7.2

MEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS.
a.
Todaadquisicióndebienesy/oserviciosguardarárelaciónestrictaconeltrámitederigor, queda prohibido los tramites vía regularización y de imposiciones jerárquicas de último momento, ello con el objetivo de evitar desarreglos administrativos y de orden legal, salvo situaciones de emergencia operativa debidamente justificadas.
b.
Durante el año fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores, directores de la empresa e integrantes de la Junta General de Accionistas con cargo a los recursos públicos deben realizarse en categoría económica, previa disponibilidad presupuestaria y deben ser orientados a los fines y propósitos de desarrollo de la imagen del Perú y el Cusco, debiendo contar con Acuerdo de Directorio, Este acuerdo de autorización es publicado en elDiarioOficialElPeruano.
c.
La Unidad de administración antes de la autorización de gastos en materia de viajes al exterior viáticos y pasajes, debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo.
d.
Los contratos por servicios no personales, deben precisar con claridad la temporalidad y las funciones del locador que se pretende contratar, a fin de que no realicen actividades o funcionesdecarácterpermanenteyqueesténconsignadasenelReglamentoyManualde Organización y Funciones de la Entidad. Las funciones deben tener el carácter específico, temporal y eventual.
e.
Se podrán efectuar gastos por concepto de refrigerios, aquellos que deriven de trabajos que se realice en la atención de emergencias, de trabajos específicos autorizados, talleres, cesionesdeDirectorioyJGA,capacitacionesyotros.
f.
Se autorizan los gastos de capacitación con el propósito de que los trabajadores, miembrosdeDirectorioyJGAdelaempresaadquieranconocimientoparaeldesarrollo y cumplimiento de sus funciones. Al autorizar los gastos en capacitaciones, se debe tener en cuenta que las materias tengan relación directa con las funciones del personal a capacitarse o los objetivos de la empresa.
g.
La empresa podrá adquirir vehículos, maquinarias y equipos para actividades operativas o paralaejecucióndeeventosprogramadosenelPOI

7.3

MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSION
Para el año fiscal 2023, se permite la ejecución de proyectos de inversión destinados al mejoramiento de los complejos y parques, mejoramiento de almacenes y locales administrativos, los proyectos de inversión como requisito previo a la elaboración del expediente técnico, deberá estar declarado viable en el marco normativo de inversión publica o similar y contar con la previsión de recursos necesarios en el presupuesto institucional.

7.4

MEDIDAS EN MATERIA DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES.
A nivel institucional y a nivel programático, la partida de gasto 2.1.1. Retribuciones y Complementos en Efectivo puede habilitar y ser habilitada en los siguientes casos:
a.
Reestructuracióndelaempresa b.
Atención de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.

VIII.
8.1

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
Autorízase para el Año Fiscal 2023 a la EMUFEC SA, previo el informe favorable de disponibilidad presupuestal, a realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático para habilitarlaPartidadeGasto2.1.1RetribucionesyComplementosenEfectivo,parafinesdela solicitud de aprobación de la nueva escala remunerativa de EMUFEC ante el MEF
8.2 La unidad de administración y la jefatura de parques en la que corresponda serán las encargadas de dictar las medidas de ahorro en el gasto por servicios de energía eléctrica, agua potable, telefonía, consumo de combustible y materiales de oficina.
8.3 Es obligatorio comunicar a la Unidad de Administración los acuerdos, convenios, transacciones judiciales, extrajudiciales por asuntos tributarios, acciones civiles, penales, etc., que como consecuencia irroguen desembolsos extraordinarios a la Empresa, con la sustentación adecuada, previa a la manifestación del compromiso de pago por parte de la Empresa, con la debida disponibilidad presupuestaria, con dicha información, la oficina de administración emitirá opiniónantelaGerenciaGeneral.
8.4 Quedaprohibidoelotorgamientodedonaciones,subvencionesosimilaresdirectaseIndirectas por parte de la empresa, sean estos a organismos del estado, municipios o entidades del sector privado.
8.5 El titular de la entidad queda facultado a emitir normas complementarias que resulten necesarios, sin desnaturalizar o transgredir las disposiciones contenidas en la presente Directiva.
8.6 La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, publicará en la página web de EMUFEC la presente Directiva, en el marco delTUO de la Ley N 27806 Ley de TransparenciayAccesolaInformaciónPública.
8.7 DE LAS RESPONSABILIDADES.
a.
El Gerente General, la Unidad de Administración, Jefe de Presupuesto y jefes de las Unidades orgánicas o quien haga sus veces, son responsables del cumplimiento y su debida aplicación de lo dispuesto en la presente Directiva.
b.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente directiva, implica responsabilidad de los jefes de las unidades involucradas, funcionarios y/o servidores responsables, dando lugar a las sanciones administrativas establecidas en el reglamento Interno deTrabajo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, conforme a lo establecido en el artículo 79 del DL 1440 del Sistema Nacional de PresupuestoPúblico.

AprobadoensesióndeDirectoriodefecha28dediciembredel2022
Cusco,28dediciembredel2022
LUZ MARINA CRUZ PUMA
GERENTE GENERAL
SECRETARIA DE DIRECTORIO
021-2138502-1

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Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date30/12/2022

Page count60

Edition count2725

First edition01/01/2016

Last issue27/04/2024

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