Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial El Peruano

2

BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 30 de diciembre de 2022

4.
Año del fortalecimiento de la soberanía nacional
5.

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N.º 15-2022-EMSAPUNO/PD
Puno, 27 de diciembre de 2022
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SANEAMIENTO
BÁSICO DE PUNO S.A.
VISTOS:
El Informe n. 324-2022-EMSAPUNO-OPDE de fecha 19/12/2022, a través del cual se presenta la Directiva de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos de Personal de Emsapuno S.A. para el Año Fiscal 2023, el acuerdo de Directorio de Sesión Ordinaria de fecha 27/12/2022 que aprueba por unanimidad la mencionada Directiva, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. Emsapuno S.A. es una empresa prestadora de servicios de saneamiento pública de accionariado municipal con autonomía jurídica, administrativa y económica, según su estatuto y el Decreto Legislativo n. 005-2020-VIVIENDA que aprueba el TUO del Decreto Legislativo n.1280.
Que, el Directorio de Emsapuno S.A., en su sesión ordinaria de fecha 27/12/2022 ha revisado la Directiva de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos de Personal de Emsapuno S.A. para el Año Fiscal 2023 y la aprobó por unanimidad, disponiendo su publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como su cumplimiento obligatorio durante el Año Fiscal 2023.
Que, la Directiva tiene por finalidad establecer medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal de Emsapuno S.A. durante el Año Fiscal 2023, en virtud de lo permitido en el inciso d de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley n. 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 que es de aplicación obligatoria para las empresas de los Gobiernos Locales.
Que, por tanto, corresponde formalizar el acuerdo del Directorio mediante la presente resolución.
En uso de las facultades conferidas por el Estatuto vigente y con visto bueno de la Gerencia General, Oficina de Planeamiento y Desarrollo Empresarial y Oficina de Asesoría y Defensa Legal:
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la DIRECTIVA N. 008-2022-EMSAPUNO S.A. - DIRECTIVA
DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DE PERSONAL
DE EMSAPUNO S.A. PARA EL AÑO FISCAL 2023, de la EMPRESA MUNICIPAL DE SANEAMIENTO
BÁSICO DE PUNO S.A. la cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER LA PUBLICACIÓN de la presente Resolución y el contenido íntegro de la Directiva en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la empresa, en un plazo que no exceda el 31/12/2022.
ARTÍCULO TERCERO: ELEVAR copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo a las normas vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: La Gerencia General, Gerencias de Línea, Gerencia de Apoyo, Órganos de Asesoramiento y Órganos Desconcentrados son responsables del cumplimiento de la Directiva. La Gerencia de Administración y Finanzas es responsable de velar el estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ROGELIO OLEGARIO FLOREZ FRANCO
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

DIRECTIVA Nº 008-2022-EMSAPUNO S.A.
DIRECTIVA DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE
INGRESOS DE PERSONAL DE EMSAPUNO S.A.
AÑO FISCAL 2023
1.

2.

3.

OBJETIVO:
Establecer lineamientos, disposiciones y acciones internas que permita el uso óptimo de los recursos en el marco de la mejora continua de los procesos y desempeño eficiente de los trabajadores de EMSAPUNO S.A. y adoptar medidas específicas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal durante la ejecución del presupuesto del año 2023.
FINALIDAD:
Optimizar el uso de los recursos humanos, económicos y materiales, regulando procedimientos administrativos necesarios y medidas adicionales de austeridad, disciplina y transparencia en el gasto, manteniendo el equilibrio presupuestal orientado al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales planteadas para el ejercicio 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso d de la Primera disposición complementaria transitoria de la Ley Nro. 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, la presente Directiva se aprueba mediante acuerdo de Directorio.
BASE LEGAL:

Ley n. 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, las que no fueron derogadas con el Decreto Legislativo n. 1440.

Ley n. 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023.

Decreto Legislativo n. 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Decreto Legislativo n. 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público.

Decreto Legislativo n. 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus modificatorias, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado con Decreto Supremo n. 242-2018-EF.

Decreto Legislativo n. 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo n.º 005-2020-VIVIENDA.

Decreto Supremo n. 295-2022-EF, que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2023 de las Empresa y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Decreto Supremo n. 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y la Prestación de los Servicios de Saneamiento, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado con Decreto Supremo n. 016-2021-VIVIENDA.

Decreto Supremo n. 329-2018-VIVIENDA, que aprueba la Escala de dietas para miembros de directorios de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal.

Decreto Supremo n. 008-2015-VIVIENDA, que aprueba una nueva política remunerativa aplicable al personal de confianza de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal, modificado con Decreto Supremo n. 027-2017-VIVIENDA.

Resolución Ministerial n. 308-2018-VIVIENDA, que aprueba el Perfil de Puestos de Gerente General, Gerentes de Línea Gerentes de Apoyo y Gerentes de Asesoría de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal y el procedimiento para su selección y designación.

Resolución Ministerial n. 061-2019-VIVIENDA, que aprueba Disposiciones Complementarias para la aplicación de la Escala Remunerativa al personal de confianza de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal, a que se refiere el artículo 1 del Decreto Supremo n. 008-2015-VIVIENDA.

6.

7.

8.

Resolución Directoral n. 0005-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva n. 002-2022-EF/50.01
Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria.

Resolución de Directorio n.º 14-2022-EMSAPUNO/PD que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Año Fiscal 2023 de Emsapuno S.A.
ALCANCE:
Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de aplicación y de estricto cumplimiento para el Directorio, las Gerencias y todos los trabajadores de EMSAPUNO S.A.
VIGENCIA:
La presente Directiva rige a partir del 1 de enero del año 2023 y su vigencia es durante todo el Año Fiscal y/o hasta que se dicte una norma modificatoria y/o sustitutoria.
RESPONSABILIDAD:
El gerente general, gerentes de línea, órganos de asesoramiento, órganos de apoyo, órganos de línea y órganos desconcentrados en el ámbito de su competencia están obligados a adoptar acciones destinadas al cumplimiento de las medidas dispuestas en la presente Directiva.
Los trabajadores de cada Gerencia, Oficina y División deberán tomar conocimiento y están obligados a cumplir y hacer cumplir, en el marco de su competencia, la presente Directiva, aplicando medidas correctivas en caso de incumplimiento.
La División de Logística, deberá cumplir estrictamente con los montos para la determinación de procesos de selección indicados en la Ley n. 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023 y demás disposiciones legales vigentes sobre esta materia.
Las áreas usuarias son responsables de elaborar los pedidos de suministro indicando la cantidad, características técnicas de los bienes, suministros, servicios y obras, señalando la NTP Norma Técnica Peruana que las regule, según sea el caso y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado.
DISPOSICIONES GENERALES:
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva sobre austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal son de aplicación a EMSAPUNO S.A. durante el Año Fiscal 2023, en lugar de las mismas medidas señaladas en la Ley n. 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en virtud del inciso d1 Primera Disposición Complementaria Transitoria que han sido aprobadas por el Directorio mediante acuerdo de la sesión ordinaria de fecha 27 de diciembre de 2022.
Las actividades que ejecuten todas las unidades orgánicas de la empresa, que generen gastos, sólo podrán atenderse siempre y cuando cuenten con la disponibilidad presupuestal y financiera correspondientes y para atender el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas para el Año Fiscal 2023.
El Presupuesto Institucional de Apertura 2023 y sus modificaciones, constituyen los créditos presupuestarios máximos para la ejecución de las prestaciones de servicios públicos y de las acciones desarrolladas por la empresa de conformidad con sus funciones y competencias.
El manejo de los fondos de la empresa debe realizarse con absoluta transparencia de acuerdo a la normatividad emitida por el MEF y Sunass.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS:
8.1. En materia de personal a. La remuneración de los trabajadores deberá ser aplicada de acuerdo a la escala remunerativa vigente y a los créditos presupuestarios considerados en el Presupuesto Institucional del año 2023.
b. La empresa podrá aplicar nuevas escalas remunerativas, así como el reajuste de remuneraciones y bonificaciones de los trabajadores y dietas del Directorio, conforme al artículo 7 del Decreto Supremo n. 295-2022-EF. Estas deberán ser debidamente sustentadas y aprobadas por el Directorio.
c. Se podrá aplicar el Decreto Supremo n.º 008-2015-VIVIENDA y sus respectivas Disposiciones Complementarias, referidas a política remunerativa siempre que se cumpla con las metas de gestión aprobadas por la SUNASS y se cuente con la capacidad financiera y disponibilidad presupuestaria necesaria. Esta nueva política remunerativa del personal de confianza debe ser sustentada por la División de Recursos Humanos y la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Empresarial y su aprobación por el Directorio.
d. La remuneración por quinquenio 5 % de la remuneración básica por cada cinco años de servicios estipulada en las convenciones colectivas desde el año 1983 a la fecha, se pagarán en cumplimiento de la Resolución n.º 087-89-ZRT-JUL, Resolución SubDirectoral n.º 492-89-STD-AREQ y el artículo 42 del Decreto Supremo n. 010-2003-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
e. Respecto a las convenciones colectivas, el gerente general y la Comisión de negociación colectiva, son responsables solidarios de cautelar que el efecto de la negociación colectiva, como condición previa, no genere resultados negativos en el saldo operativo, económico y neto del flujo de caja proyectado por la empresa para el Año Fiscal 2023;
garantizando prioritariamente la prestación de los servicios de saneamiento en favor de los usuarios. Asimismo, no debe implicar la reducción de los gastos operativos y gastos de inversión, en detrimento de los servicios que brinda la empresa.
f. Se podrá continuar otorgando a todos los trabajadores las remuneraciones, beneficios, condiciones de trabajo, condiciones económicas, o tratamientos especiales que por disposición legal o negociación colectiva vienen otorgándose.
g. Los otorgamientos de incentivos al personal deberán estar ligados al logro de metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y/o Estudio Tarifario vigente durante el ejercicio 2023, los cuales no tendrán carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable y no están sujeto a cargas sociales.
h. Las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, que se incluyen en la planilla de pagos correspondiente a julio y diciembre, se sujetan a lo establecido en la Ley n. 27735; Ley que Regula el Otorgamiento de las Gratificaciones para los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad.
i.
La Bonificación por Escolaridad, que se incluye en la planilla de pagos del mes de enero, se otorga de acuerdo a lo establecido en la convención colectiva vigente, y los requisitos para su percepción, se establecen referencialmente de acuerdo a las disposiciones reglamentarias que para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad establece el Sector Público.
j.
Las suscripciones de contratos sujetos a modalidad plazo fijo o contratos a plazo indeterminado, deberán ser realizados en mérito a la existencia de una plaza aprobada en el Cuadro de Puestos de la empresa CP que cuente con la respectiva certificación de crédito presupuestario.
k. Queda restringido el ingreso de nuevos trabajadores a la empresa, salvo en los casos siguientes: La contratación de personal para el reemplazo por cese, vacaciones, ascenso o promoción del personal, para la suplencia temporal cuando el titular de la plaza se encuentre con licencia por salud debidamente subsidiada por ESSALUD, cuando haga uso de licencia sin goce de haber por un período mayor a treinta días calendarios, cuando haya sido encargado temporalmente en otro puesto de trabajo, por la aplicación de la nueva estructura orgánica de EMSAPUNO S.A. y en el caso de la designación de cargos de dirección y/o de confianza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente.
l.
Los contratos con fines de suplencia de trabajadores quedan automáticamente concluidos a la reincorporación a sus funciones del trabajador cuya ausencia originó la suplencia.
m. El ingreso de trabajadores a la empresa, incluyendo los contratos por suplencia, se realizarán por concurso, cumpliendo con los requisitos del Manual del Perfil de Puestos de EMSAPUNO S.A. Asimismo, de conformidad a la convención colectiva, las normas vigentes sobre nepotismo se hacen extensivas a todos los trabajadores de la empresa, así como a los directores y a los miembros de la Junta General de Accionistas.
n. La designación de personal para cargos de confianza no requiere de concurso, sin embargo, se debe cumplir con el perfil para el puesto y estar considerado en el Cuadro de Puestos CP y Presupuesto Analítico de Personal PAP, en base a las normas que emita el ente rector.
o. Para la designación de los gerentes se debe cumplir con el perfil requerido para el puesto y estar considerado en el Cuadro de Puestos CP y Presupuesto Analítico de Personal PAP.
p. Está prohibido efectuar gastos por concepto de horas extras orientadas a cubrir labores vinculadas a la administración o actividades operativas de la empresa, debiendo establecerse turnos u otros mecanismos; sin que impliquen la generación de horas extras, para mantener el adecuado cumplimiento de las funciones operativas y administrativas cotidianas. La Empresa y el trabajador podrán acordar la compensación del trabajo prestado en sobretiempo, con el otorgamiento de períodos equivalentes de descanso.

About this edition

Diario Oficial El Peruano del 30/12/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date30/12/2022

Page count60

Edition count2741

First edition01/01/2016

Last issue13/05/2024

Download this edition

Other editions