Diario Oficial El Peruano del 10/4/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

2

BOLETIN OFICIAL

PERÚ

EL PERUANO I Lima, sábado 10 de abril de 2021

Ministerio de Economía y Finanzas
Agencia de Promoción de la Inversión Privada
ii.

Bienes o servicios públicos sobres los cuales se desarrollará el Proyecto De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, así como la Resolución Suprema N 027-2014-MINEDU y Resolución Ministerial Nº 274-2014-MINEDU y sus modificatorias, en mérito del cual se dispuso la creación del Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes con habilidades sobresalientes, el Proyecto se desarrollará sobre el conjunto de instalaciones, infraestructura y actividades vinculadas al servicio público de educación, dirigido a estudiantes con habilidades sobresalientes de tercer, cuarto y quinto grados de educación secundaria de las regiones de Pasco, Huancavelica y Cusco.

iii.

Modalidad contractual y plazo del Contrato de Concesión
Dirección Especial de Proyectos
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del bicentenario del Perú: 200 años de independencia
DECLARATORIA DE INTERÉS DE LA INICIATIVA PRIVADA COFINANCIADA
APORTE DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
A LA GESTIÓN EDUCATIVA PARA NUEVOS COLEGIOS DE ALTO
RENDIMIENTO EN LAS REGIONES DE PASCO, HUANCAVELICA Y CUSCO
El Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 14-2021/
DEP.37, del 22 de marzo de 2021, ratificó el Acuerdo Comité Pro Social + N 119-2021-Educación, adoptado por el Comité Especial de Inversión en Proyectos de Educación, Salud, Justicia, Turismo, Inmuebles, Mercado de Capitales y Otros Sectores o empresas públicas Comité PRO SOCIAL +
adoptado en Sesión N 119 del 19 de marzo de 2021, mediante el cual se aprobó la declaratoria de interés del proyecto contenido en la iniciativa privada cofinanciada, denominada Aporte de infraestructura y Servicios complementarios a la gestión educativa para nuevos Colegios de Alto Rendimiento en las regiones Pasco, Huancavelica y Cusco en adelante, el Proyecto presentado por la empresa Concesionaria de Proyectos de Infraestructura Sucursal del Perú en adelante, el Proponente.

iv.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; aquellos terceros interesados en el Proyecto podrán manifestar su interés ante PROINVERSIÓN dentro del plazo de noventa 90 días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente declaratoria de interés.
En caso de no existir terceros interesados en la ejecución del Proyecto dentro de dicho plazo, se procederá, de conformidad con el numeral 89.1 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, con la adjudicación directa del Proyecto.

Modalidad contractual:
El Proyecto constituye una asociación público privada cofinanciada, cuya modalidad contractual es la de Contrato de Concesión, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1362 y numerales 29.3 y 29.4 del artículo 29 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362.

Plazo del Contrato de Concesión:
El plazo de la Concesión es de veinte 20 años, contados a partir de la Fecha de Cierre, pudiendo ser prorrogado hasta por el plazo máximo establecido en las Leyes y Disposiciones Aplicables.

Monto referencial de la inversión De acuerdo a la evaluación del Proyecto, el monto estimado de inversión que se requiere para la ejecución del mismo incluye entre otros, los siguientes conceptos: el diseño, estudios, construcción, equipamiento, puesta en marcha, licencias, permisos y los costos asociados a la ejecución del Proyecto mediante la modalidad de asociación público privada, así como todo lo detallado en el Contrato de Concesión.
Dicho monto asciende a S/ 227,720,929 doscientos veintisiete millones setecientos veinte mil novecientos veintinueve con 00/100, sin incluir IGV.

v.

La presente declaratoria de interés incorpora todas las modificaciones realizadas al planteamiento contenido en la iniciativa privada presentada por el Proponente y, por consiguiente, es el único documento que regula los términos y condiciones para el desarrollo y ejecución del Proyecto. La presente declaración de interés reemplaza cualquier otro documento relacionado con el mismo objeto y de fecha anterior a la misma.

Cronograma tentativo del Proyecto El cronograma tentativo de ejecución de inversiones del Proyecto se presenta en la Ilustración 1. Cabe señalar que, el Proyecto no requerirá recursos públicos durante la fase de inversión.
Ilustración 1: Cronograma tentativo del Proyecto
Los aspectos o materias no señaladas en el presente documento, incluyendo las disposiciones que resulten necesarias, serán desarrolladas o completados en el Contrato de Concesión que se genere como consecuencia de la Adjudicación del Proyecto.

1
Trimestre 1 2 3 4
Diseño Estudios Definitivos de ingeniería
Los estudios y montos utilizados como sustento de la presente declaratoria de interés tienen naturaleza referencial y, por tanto, el Estado no garantiza su integridad.

2
Trimestre 1
2 3
Cierre financiero
4

1

Año 3
Trimestre 2 3
4

Construcción e Puesta implementación de en mobiliario y equipamiento marcha
1

4
Trimestre 2 3 4

1

5
Trimestre 2 3 4

6 - 20

Operación y mantenimiento
A. RESUMEN DEL PROYECTO CONTENIDO EN LA INICIATIVA PRIVADA COFINANCIADA
i.

vi.

Objeto y alcance del Proyecto
a. Objeto El diseño, financiamiento, construcción de los Colegios de Alto Rendimiento COAR en las regiones de Pasco, Huancavelica y Cusco, la implementación del mobiliario y equipamiento tecnológico y deportivo, así como la prestación de los Servicios Obligatorios en dichos COAR.
b. Alcance La localización de los COAR se detalla en el siguiente cuadro:
COAR

Provincia
Distrito
Centro Poblado
Ubigeo
Pasco
Oxapampa
Chontabamba
Chontabamba
190302

Huancavelica
Huancavelica
Ascensión
Callqui Grande
90118

Cusco
Quispicanchi
Oropesa
Oropesa
81211

El Proyecto comprende:
i
El diseño, financiamiento y construcción de los COAR en las regiones de Pasco, Huancavelica y Cusco, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión y en las Leyes y Disposiciones Aplicables.
La construcción comprende principalmente: cuatro grandes áreas vivenciales área de aprendizaje, área de expresión corporal, área de convivencia y área de residencia y un área de servicios generales. Comprende también áreas exteriores como patios, veredas, estacionamiento, losas deportivas, entre otros señalados en el Contrato de Concesión.

ii La implementación del mobiliario y del equipamiento para cada uno de los COAR, de acuerdo a lo previsto en el Anexo 11 del Contrato de Concesión.

Forma de retribución propuesta El Proyecto será totalmente cofinanciado por el Ministerio de Educación, no se trasladará el riesgo de demanda al Concesionario. En ese sentido, los ingresos del Proyecto tendrán como origen los fondos que otorgará el Estado como Cofinanciamiento.
El Cofinanciamiento comprende los recursos otorgados por el Concedente para retribuir al Concesionario por la Inversión, implementación de equipamiento y mobiliario, y la Operación y Mantenimiento de los tres 03 COAR objeto del Proyecto, que serán remunerados mediante el mecanismo de Pago por Disponibilidad PPD. Los recursos necesarios para el Cofinanciamiento serán comprometidos por el Ministerio de Educación, con cargo a su presupuesto.
El Concesionario ejecutará la totalidad de inversiones para llevar a cabo la ejecución de las obras e implementación de equipamiento y mobiliario conforme a los Requerimientos mínimos para el Diseño y Construcción y los Estudios Definitivos de Ingeniería aprobados para cada COAR y la operación de los Servicios Obligatorios de los tres 3 COAR objeto del Proyecto.
El Concedente remunerará al Concesionario mediante el mecanismo de PPD conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión. Dicho pago se retribuye en Soles, por periodos trimestrales vencidos, a partir del trimestre en el que se suscriba el Acta de Inicio de la Operación del COAR respectivo y hasta la Terminación del Contrato.
Valor máximo de la contraprestación El valor máximo anual de la contraprestación corresponde al monto de S/ 73,855,547 setenta y tres millones ochocientos cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y siete y 00/100 Soles, sin incluir el IGV.
Dicho valor está expresado al 31 de diciembre de 2020 PPDdi. A efectos de establecer la Oferta Económica, en caso de adjudicación directa, el valor máximo anual del Pago Por Disponibilidad ofertado PPD será calculado conforme a la siguiente fórmula:

iii La prestación de los Servicios Obligatorios durante la etapa de operación, que consiste en:

Mantenimiento de la Infraestructura Educativa.
Alimentación.
Limpieza integral, gestión de residuos y control de plagas.
Lavandería.
Vigilancia privada y seguridad.
Administración de los Servicios Obligatorios.

Cabe precisar que, el Concesionario deberá garantizar y asumir el costo de los servicios de internet, telefonía móvil y fija, suministro de energía eléctrica, agua potable y desage, abastecimiento de combustible.
La prestación de los Servicios Obligatorios deberá cumplir con las Especificaciones Técnicas Básicas y los Niveles de Servicios establecidos en el Contrato de Concesión, que estarán sujeto a Deducciones en caso de incumplimientos.
iv La reversión de los Bienes de la Concesión a la Terminación -por cualquier causaldel Contrato.
v La reversión de los Bienes Afectados a la Concesión a la Terminación del Contrato por vencimiento del plazo. En caso de Terminación anticipada la reversión está sujeta de acuerdo a lo previsto en el Capítulo XV del Contrato.
El Ministerio de Educación, como entidad pública titular del Proyecto y Concedente, estará a cargo de la supervisión durante el período de Concesión, para lo cual, previo a la Fecha de Cierre contratará a un Supervisor que cumplirá con las funciones y actividades establecidas en el Contrato de Concesión, prioritariamente la supervisión del cumplimiento de los Niveles de Servicio, así como lo establecido en el respectivo contrato de supervisión.

Para efectos del cálculo anterior, el IPCfc corresponde al último mes, publicado por el INEI al mes de la Fecha de Cierre, del Índice del Precio al Consumidor a nivel nacional; y, el IPCdic2020
corresponde al Índice del Precio al Consumidor a nivel nacional correspondiente al mes de diciembre de 2020.
En caso de presentarse terceros interesados, el valor máximo anual del PPD será el que se establezca en las Bases del proceso de selección.
Liquidación y pago del PPD
Para fines de su liquidación y ajustes, el PPD está compuesto por dos componentes:
-

PPD1: formará parte de la liquidación trimestral del PPD durante los primeros diez 10
años, contados a partir del Acta de Inicio de Operación de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.
PPD2: formará parte de la liquidación trimestral del PPD durante todo el Periodo de Operación del Proyecto conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión.

Los pagos del PPD se retribuyen por periodos trimestrales vencidos, netos de los ajustes y Deducciones que correspondan de acuerdo al procedimiento de liquidación y pago establecido en el Contrato de Concesión. El PPD estará sujeto a Deducciones en función al cumplimiento de los Niveles de Servicio conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión.

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Diario Oficial El Peruano del 10/4/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date10/04/2021

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Edition count2724

First edition01/01/2016

Last issue26/04/2024

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