Diario Oficial El Peruano del 20/1/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

Ante la Sub Gerencia de Investigación y Depuración, de la Gerencia de Registro de Identificación del RENIEC, la ciudadana identificada como QUIROZ CUBAS
ANA ISABEL, con DNI N 80512304, ha solicitado la Rectificación de su Estado Civil de Casado a Soltero, argumentando que nunca ha contraído matrimonio civil con ninguna persona, lo cual se pone en conocimiento a fin de quienes tengan motivos para oponerse puedan manifestarse en la forma y el plazo previsto en el Artículo 74 del D.S. N 015-98-PCM.
Lima, 10/12/2019
YOICY A. ORTIZ ROMERO
Supervisora de Habilitaciones y Cancelaciones Sub Gerencia de Investigación y Depuración Gerencia de Registros de Identificación - RENIEC

SANEAMIENTO DE BIENES INMUEBLES LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE JOSE SABOGAL; De conformidad con el D.S.
N 130-2001-EF, se encuentra realizando el saneamiento físico legal de los predios ubicados en el C.P. San Isidro, distrito de José Sabogal, Prov. San Marcos, Dpto. Cajamarca; conforme se detalla a continuación 1 ACTO A INSCRIBIR: Independización, de un área del predio inscrito P.E. N02284754, a favor de la Municipalidad Distrital de José Sabogal Parque, Área 6923 m2;
2 ACTO A INSCRIBIR: Independización, de un área del predio inscrito P.E. N02284754, a favor de la Municipalidad Distrital de José Sabogal Local Municipal, Área de 2916 m2; Lo que se publica a fin de que los terceros que se sientan afectados en algún derecho tomen conocimiento de conformidad con el Art. 8 del D.S.
130-2001-EF.
Santos A. Velásquez Salas Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Sabogal
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TACABAMBA
PROVINCIA DE CHOTA, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA
SANEAMIENTO DE INMUEBLES
De conformidad con el artículo 8 del D.S N 130 2001 EF, que declara la necesidad y la utilidad pública, el saneamiento legal del inmueble de propiedad del sector, se publica la relación de los predios que serán de materia de dicho saneamiento N
ENTIDAD
01 MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE TACABAMBA
02 MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE TACABAMBA

UBICACION
CASERIO MIRAFLORES,
DISTRITO
TACABAMBA

SECTOR LA ALFALFA C.P. TACABAMBA
LA PUCARA

PROVINCIA DEPARTAMENTO
AREA
CHOTA
CAJAMARCA
737.13 M2
CHOTA

CAJAMARCA

1052.83 M2

Tacabamba, 14 de enero de 2021
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TACABAMBA
Walter Agip Rojas ALCALDE
071-1920686-1

054-1920794-1

071-1920683-1

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BOLETIN OFICIAL

Lima, miércoles 20 de enero de 2021 I EL PERUANO

PERÚ
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
N 004 2021-G.G.-EMAPACOP S.A.

Viceministerio de Transportes
Dirección General de Aeronáutica Civil
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia
Coronel Portillo, 14 ENE 2021
VISTOS:
El Informe N 004-2021-GG/OIIES-EMAPACOP S.A., de fecha 21.01.2021, sobre aprobación de fe de erratas; y la publicación registrada en el boletín oficial El Peruano de fecha 29.12.2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Gerencia General N 001-2021-EPS EMAPACOP S.A. de fecha 22.12.2020, que resuelve aprobar la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos de Personal de la empresa EPS EMAPACOP S.A. para el Ejercicio Fiscal 2021;
Que, mediante Informe N 004-2021-GG/OIIES-EMAPACOP S.A., de fecha 21.01.2021, la Oficina de Imagen Institucional y Educación Sanitaria, solicita se apruebe la fe de erratas del encabezado de la Resolución que aprueba la Directiva señalada en el considerando anterior, al haberse consignado un número de Resolución que no corresponde al que aprueba la citada Directiva, publicada en el Boletín Oficial del El Peruano con fecha 29.12.2020;
Estando a las consideraciones antes expuestas, y con las facultades conferidas por el Estatuto Social como Gerente General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la fe de erratas del contenido del encabezado de la resolución que aprueba la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingresos de Personal de la empresa EPS EMAPACOP S.A. para el Ejercicio Fiscal 2021, como se indica:
En el encabezado Dice:
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N 001-2021-EPS-EMAPACOP S.A.
Debe decir:
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N 140-2020-EPS-EMAPACOP S.A.
Quedando vigente todo lo demás que contiene.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Oficina de Imagen Institucional y Educación Sanitaria, publique la presente fe de erratas en el diario oficial El Peruano, y en la página web de la empresa.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
Ing. Mirko Jurado Dueñas GERENTE GENERAL
EMAPACOP S.A.

COMUNICADO
De acuerdo con el artículo 54 del literal d de la Ley de Aeronáutica Civil N 27261 y el artículo 98 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil aprobado por Decreto Supremo N 050-2001-MTC, se comunica a las personas naturales o jurídicas que posean derechos de propiedad respecto de la aeronave cuyas características se detallan líneas abajo, que dentro del plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que se realice la última publicación se apersonen ante la Dirección General de Aeronáutica Civil sito en Jr. Zorritos 1203 Cercado de Lima-Sexto Piso, a fin de asumir la responsabilidad inherente a su calidad de propietario bajo apercibimiento de que la citada aeronave sea declarada en abandono.
Características de la aeronave declarada en abandono:
-

Modelo Serie : N
Matrícula N
Ubicación
: :
: :

Boeing 727-222
19912
OB-2016P
Base Aeronaval del Callao
Se les recuerda que en caso de inconcurrencia a la presente citación se entenderá que el los propietario s renuncian a sus derechos sobre la mencionada aeronave y se proseguirá con el trámite de Declaratoria de Abandono ante la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Solicitado : Por la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico.
005-1919775-1

051-1920705-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas detalladas a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, MULTA y otros actos administrativos a través de las Resoluciones de División detalladas a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros. Asimismo, En vista que se han suspendido los plazos administrativos, una vez culminado el estado de emergencia, la persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede solicitar copia del documento notificado, a través del correo electrónico: solicitudestumbes@sunat.gob.pe, Mesa de Partes Virtual de la SUNAT, o acercarse a la Intendencia de Aduana de Tumbes ubicada en ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes, y podrá impugnar dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de culminado el estado de emergencia.
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD

INFRACTOR

DNI N41002362

RAMOS LEIVA
JAIME ALIS

DNI N10514535

GAMARRA
CHACON
MIRIAN REYNA

DNI N74578823

005-1920998-1

GONZALES
ORTIZ DIANA

ACTA DE INCAUTACIÓN

019-0202-2019-001614

019-0202-2019-001763

019-0202-2020-000215

RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN

DETERMINACIÓN

LIQUIDACIÓN DE
COBRANZA

MONTO EN
SOLES

019-3J0500/2020000763

ARTÍCULO PRIMERO.-Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N 0190202-2019-001614, de conformidad con el artículo 38º de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.-Sancionar con MULTA a RAMOS LEIVA JAIME ALIS, identificado con DNI N 41002362, por un monto ascendente a USA $ 10,417.96 Diez Mil Cuatrocientos Diecisiete con 96/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 35,327.00 Treinta y Cinco Mil Trecientos Veintisiete con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable conductor de la mercancía intervenida en el Acta de Incautación N 019-0202-2019-001614, de conformidad al artículo 39 de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO TERCERO.- Sancionar con INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje V3K-906, registra los siguientes datos: Número de Serie: YV2H2BSC4LB451815; Número de Motor: TD122F100156830, Color: Celeste/Plomo/Blanco Negro; Marca: VOLVO; Modelo:
F-12 6X2; por el periodo de sesenta 60 días calendario, computados desde que se produzca su captura, por transportar mercancía de procedencia extranjera sin documentación legal que ampare su ingreso y libre tránsito por territorio nacional descrita en el Acta de Incautación N 019-0202-2019-001614; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41º literal a de la Ley Nº 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer oficiar a la Policía Nacional del Perú con copia de la Resolución a expedirse a fin de que disponga orden de captura a nivel nacional del vehículo de placa de rodaje V3K-906, el mismo que una vez intervenido deberá ser internado en el depósito oficial de la Dirección Regional de Transporte o del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comunicando este hecho a la Intendencia de Aduana de la Circunscripción correspondiente.
ARTÍCULO QUINTO.-Oficiar a la Dirección Regional Sectorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Tumbes, para que se aplique la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de un 1 año al conductor RAMOS LEIVA JAIME ALIS, identificado con DNI N 41002362, de conformidad con el artículo 39º literal a de la Ley Nº 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

2020-4040

35,327.00

019-3J0500/2020000750

ARTÍCULO PRIMERO.- Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación 019-02022019-001763, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA a MIRIAN REYNA GAMARRA CHACON, identificado con DNI N 10514535 sin registro RUC, por un monto ascendente a USA $ 389.80 Trescientos ochenta y nueve con 80/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 1,296.00 Mil doscientos noventa y seis con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable Remitente de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N
28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

2020-4050

1,296.00

019-3J0500/2020000752

ARTÍCULO PRIMERO.-Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación 019-02022020-000215, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.-Sancionar con MULTA a DIANA GONZALES ORTIZ, identificado con DNI N 74578823 sin registro RUC, por un monto ascendente a USA $ 663.42 Seiscientos sesenta y tres con 42/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 2,246.00 Dos mil doscientos cuarenta y seis con 00/100 Soles, correspondiente a dos veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable Remitente de la mercancía intervenida, de conformidad al artículo 36 de la Ley N
28008 Ley de los Delitos Aduaneros.

2020-4045

2,246.00

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Diario Oficial El Peruano del 20/1/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date20/01/2021

Page count28

Edition count2726

First edition01/01/2016

Last issue28/04/2024

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