Diario Oficial El Peruano del 19/1/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, martes 19 de enero de 2021

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE PUNO
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO , que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos. La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
RESOLUCIÓN DE INTERVENIDO/ INFRACTOR
DIVISIÓN
181-3H0500/2020000491 de Fecha 2020-12-30

AVILA SOTO CARLOS
ALBERTO, DNI N 09600620
y RUC N 10096006204

ACTA DE
INCAUTACION

DETERMINACION

INFORME
ARTICULO PRIMERO.- Declarar la EXTINCIÓN de las obligaciones tributarias aduaneras pendientes de pago contenidas en las Liquidaciones de Cobranza emitida al deudor tributario, AVILA
2030-2020-SUNATSOTO CARLOS ALBERTO identificado con DNI N 09600620, en virtud a los considerandos expuestos en la presente resolución, conforme a los siguientes detalles:
3H0500
Liquidación de Cobranza Deuda Actualizada a la Deudor Tributario Documento de Certificado de Inscripción Interes en N
Fecha de la Notificación de Monto en fecha 28.12.2020
Aduanero Identidad u otro RENIEC Fallecimiento Número Soles la Deuda Soles 1
2 3

AVILA SOTO
DNI N 09600620 RUC
N 00077891-20-RENIEC
CARLOS ALBERTO
N 10096006204

181-19-00662

08.07.2019

S/3,383.00

S/954.00

S/4,337.00

181-18-00925

03.12.2018

S/1,018.00

S/342.00

S/1,360.00

181-18-00763

23.10.2018

S/2,810.00

S/1,146.00

S/3,956.00

ARTICULO SEGUNDO.- Disponer el REGISTRO de las Liquidaciones de Cobranza detalladas en el Artículo primero de la parte resolutiva de la presente resolucion, como de Extincion de Multa, en el Módulo de Liquidaciones de Cobranza del SIGAD. ARTICULO TERCERO.- Efectuar la NOTIFICACION de la presente Resolución, en el diario oficial "El Peruano" y la pagina web de la SUNAT, conforme a lo señalado en el literal d del Artículo 104 del Código Tributario.
Bethy Luzreyna Arivilca 181-3H0500/2017001095 de Fecha Apaza, con DNI N 47249579
2017-12-13

Acta de Incautación ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar PROCEDENTE EN PARTE la solicitud de devolución de mercancía consignada en el Acta de Incautación N 181-0300-2017-000067 de fecha 07.JUL.2017
N 181-0300-2017- presentado Bethy Luzreyna Arivilca Apaza identificada con DNI N 47299579, mediante Expediente N 181-URD125-2017-006131-4 de fecha 20.09.2017, por los fundamentos expuestos en los 000067
párrafos anteriores; debiéndose devolver el chasis N BE434F01485 perteneciente al vehículo de placa de rodaje N X2U167, consignado en el Item N 01 del Acta de Incautación N 181-03002017-00067.
ARTÍCULO SEGUNDO. Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO del motor N 4D33A34498 perteneciente al vehículo de placa de rodaje N X2U167, consignado en el Item N 02 del Acta de Incautacion N 181-0300-2017-000067 de fecha 07.JUL.2017, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 28008 "Ley de los Delitos Aduanero".
ARTICULO TERCERO. - Sancionar a la persona Bethy Luzreyna Arivilca Apaza identificada con DNI N 47299579, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancía consignada en las Acta de Incautación N 181-0300-2017-000067 de fecha 07.JUL.2017 monto que asciende a S/. 2111.00 Dos mil ciento cincuenta con 00/100 Soles, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000732.

Bethy Luzreyna Arivilca 181-3H0500/2017001112 de Fecha Apaza, con DNI N 47249579
2017-12-26

Acta de Incautación Artículo Único. MODIFICAR la parte considerativa y los artículos 1 y 3 de la parte resolutiva de la Resolución de División N 181-3H0500/2017-001095 de fecha 13.DIC.2017, donde se observa N 181-0300-2017- que se ha consignado erróneamente el número de DNI; en los extremos donde dice: BETHY LUZREYNA ARIVILCA APAZA identificada con DNI N 47299579,, debe decir: BETHY
000067
LUZREYNA ARIVILCA APAZA identificada con DNI N 47249579,.
LIQUIDACION DE COBRANZA 181-2017-000732.

Bethy Luzreyna Arivilca 181-3H0500/2021000016 de Fecha Apaza, con DNI N 47249579
2021-01-08

Acta de Incautación ARTÍCULO ÚNICO. MODIFICAR el penúltimo párrafo de los considerandos y el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución de División N 181-3H0500/2017-001095 de fecha N 181-0300-2017- 13.DIC.2017, donde se hace referencia a Dos mil ciento cincuenta con 00/100 Soles, debe decir Dos mil ciento once con 00/100 Soles.
000067
LIQUIDACION DE COBRANZA 181-2017-000732.

Wilber Willian Arocutipa Acta de Incautación Artículo Primero. Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de Incautación N 118-0400-AC-2017-000023 de fecha 21.ENE.2017, de conformidad con lo 181-3H0500/2017000240 de Fecha Aquino, con DNI N 48693127 N 118-0400-ACestablecido en articulo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
2017-000023
2017-04-05
Artículo Segundo. Sancionar con MULTA al señor Wilber Willian Arocutipa Aquino identificado con DNI N 48693127, ascendente a dos veces los tributos dejados de pagar, monto establecido en S/. 1107.00 mil ciento seite con 00100 soles la cual deberá ser pagada en forma solidaria con propietario del vehículo, el señor Juan Carlos Ticahuanca Tito, identificado con DNI N 46667937, con domicilio real la Comunidad Campesina de Llaquepa, Distrito de Pomata, provincia de Chucuito, Departamento de Puno, con Domicilio Procesal sito en Jr. Puno Nro 129, 2do piso de la ciudad de Puno, conforme último párrafo de la Ley N 28008.
Ar tículo Tercero. Sancionar, en via de regularización, con el INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje Z3N-936, por un periodo de sesenta 60
días calendario, computados desde el 21.ENE.2017 hasta el 21.MAR.2017, de conformidad con el inciso a del artículo 41, de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008.
En consecuencia; internarlo en los almacenes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de Juliaca; debiéndose restituir el bien a su propietario Juan Carlos Ticahuanca Tito, identificado con DNI N 46667939, con domicilio real la Comunidad Campesina de Llaquepa, Distrito de Pomata, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno, con domicilio procesal sito en Jr. Puno Nro. 129, 2do piso de la ciudad de Puno, una vez cumplido el periodo de internamiento sancionado mediante la presente resolución.
Artículo Cuarto. Sancionar con la SUSPENSION de licencia de Conducir al señor Wilber Willian Arocutipa Aquino identificado con DNI N 48693127, con domicilio real en el Barrio Miguel Grau H-9, Distrito de Yunguyo, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno, por el periodo de un 1 año calendario; debiéndose oficiar al Ministerio de Transporte y Comunicaciones a efectos de registrar la sanción como antecedente en el Registro de Conductores, conforme establece el inciso a del articulo 39 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008; una vez consentida la presente resolución.
Artículo Quinto. Declarar PROCEDENTE, la solicitud de devolución presentada por Juan Carlos Ticahuanca Tito, identificado con DNI N 46667939, con domicilio real la Comunidad Campesina de Llaquepa, Distrito de Pomata, Provincia de Chucuito, departamento de Puno; con Domicilio Procesal sito en el Jr. Puno Nro. 129, 2do piso de la ciudad de Puno, mediante expediente N 1813H9900-2014-001556-5 de fecha 02.MAR.2017, una vez cumplida la sanción de internamiento de vehículo dispuesto en la presente resolución.
LIQUIDACION DE COBRANZA 181-2017-000188.
Wilber Willian Arocutipa Acta de Incautación ARTÍCULO ÚNICO. MODIFICAR el artículo primero de la parte resolutiva de la Resolución de División N 181-3H0500/2017-000240 de fecha 05.ABR.2017, donde se hace referencia a Acta de 181-3H0500/2021000015 de Fecha Aquino, con DNI N 48693127 N 118-0400-ACIncautación N 118-0400-AC-2017-000023, debe decir Acta de incautación N N 181-0400-AC-2017-000023.
2017-000023
2021-01-08
LIQUIDACION DE COBRANZA 181-2017-000188.
181-3H0500/2020000384 de Fecha 2020-09-30

SUSANA DURAND ZELAYA, con DNI N 47288276

Acta de Incautación ARTÍCULO PRIMERO: Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de Incautación N 181-0201-2020-000006 del 04.ENE.2020, de conformidad con lo N 181-0201-2020- establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
000006
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la ciudadana SUSANA DURAND ZELAYA, identificado con DNI N 47288276 sin RUC, ascendente a la suma de S/. 2445.00 Dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco con 00/100 Nuevos Soles, respecto de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181-0201-2020000006 del 04.ENE.2020, de conformidad con el 36 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
LIQUIDACION DE COBRANZA: 181-2020-000385.

181-3H0500/2020000385 de Fecha 2020-09-30

ELENA MAMANI MAMANI, con DNI N 42937518

Acta de Incautación ARTÍCULO PRIMERO: Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de Incautación N 181-0201-2020-000012 del 07.ENE.2020, de conformidad con lo N 181-0201-2020- establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
000012
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la ciudadana ELENA MAMANI MAMANI identificado con DNI N 42937518, sin RUC, ascendente a la suma de S/. 510.00 Quinientos diez con 00/100 Nuevos Soles, respecto de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181-0201-2020-000012 del 07.ENE.2020, de conformidad con el 36 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
LIQUIDACION DE COBRANZA: 181-2020-000383.

181-3H0500/2020000446 de Fecha 2020-12-10

PAYE QUISPE FERNANDO, con DNI N 45490704 y RUC
N 10454907049

Acta de Incautación ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancía incautada, mediante Acta de Incautacion N 181-2016-0205-000909 de fecha 01.AGOST.2016, de conformidad con N 181-2016-0205- lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N 28008.
000909

181-3H0500/2020000445 de Fecha 2020-12-10

CCALLATA ADUVIRI
ASUNTA, con DNI N
29673562 y RUC N
10296735626

Acta de Incautación ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO de la mercancía detallada en el Acta de Incautación N 181-2016-0205-001126 de fecha 16.OCT.2016, de conformidad al inciso b del artículo 197
N 181-2016-0205- del Decreto Legislativo N 1053- Ley General de Aduanas.
001126
ARTICULO SEGUNDO. NOTIFICAR la presente Resolución mediante la Pagina web de la SUNAT y la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el numeral 2 del inciso e del articulo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF.

Acta de Incautación COPAJA OSCAMAYTA
181-3H0500/2020000444 de Fecha GERVACIO FLORENCIO, con N 181-2016-0205000834
DNI N 01338597 y RUC N
2020-12-10
10013385977
181-3H0500/2020000443 de Fecha 2020-12-10

005-1920587-1

CACHICATARI ARUCUTIPA
YOLITA, con DNI N
01773082 y RUC N
10017730822

ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO de la mercancía detallada en el Acta de Incautación N 181-2016-0205-000834 de fecha 08.JUL.2016, de conformidad al inciso b del artículo 197
del Decreto Legislativo N 1053 - Ley General de Aduanas.
ARTICULO SEGUNDO. NOTIFICAR la presente Resolución mediante la Pagina Web de la SUNAT y la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el numeral 2 del inciso e del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF.

Acta de Incautación ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 181-2016-0205-000451 de fecha 31.MAR.2016, de conformidad con N 181-2016-0205- el articulo 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros; conforme a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
000451
ARTÍCULO SEGUNDO. -Sancionar con INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje Z2W812, por un periodo de sesenta 60 días calendarios, de conformidad con el artículo 41 inciso a, de la Ley N 28008 Ley de Delitos Aduaneros, sanción que se computará desde el momento de su captura o puesta en disposición a esta Administración Aduanera, debiéndose requerir a YOLITA
CACHICATARI ARUCUTIPA, identificada con DNI N 01773082 y RUC N 10017730822, propietaria del referido vehículo, que en plazo de tres 03 días de notificada la presente resolución, ponga a disposición de la Intendencia de Aduana Puno el vehículo materia del comiso; debiéndose restituir la unidad vehicular una vez cumplido el internamiento sancionada mediante la presente resolución.
ARTICULO TERCERO. OFICIAR a la Policía Nacional del Perú a efectos que proceda a la inmediata ubicación, captura y puesta a disposición de la autoridad aduanera, del vehículo de placa de rodaje Z2W812; una vez consentida la presente resolución.
ARTICULO CUARTO. Disponer la notificación de la presente resolución de la Intendencia, a través de la Pagina Web de la SUNAT y en el Diario Oficial El Peruano, en aplicación al artículo 104
del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF.

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Diario Oficial El Peruano del 19/1/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date19/01/2021

Page count20

Edition count2735

First edition01/01/2016

Last issue07/05/2024

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