Diario Oficial El Peruano del 1/1/2024 - Procesos Constitucionales

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 16/01/2024 00:21

FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO
Martes 16 de enero de 2024

PROCESOS CONSTITUCIONALES

Año XX / Nº 3695

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE AMPARO
Sala Segunda. Sentencia 1309/2023
EXP. N 00158-2022-PA/TC
LIMA
YESINTON JEAMPOL CRISÓSTOMO SALAZAR
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 13 días del mes de diciembre de 2023, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Gutiérrez Ticse, Morales Saravia y Domínguez Haro, ha emitido la presente sentencia. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Yesinton Jeampol Crisóstomo Salazar contra la resolución de fojas 162, de fecha 12 de octubre de 2021, expedida por la Segunda Sala Constitucional Permanente de la Corte Superior de Lima, que declaró infundada la demanda de autos.
ANTECEDENTES
Demanda Con fecha 12 de setiembre de 2017 f. 23, don Yesinton Jeampol Crisóstomo Salazar interpuso demanda de amparo contra la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, con el objeto de que se declaren inaplicables las siguientes resoluciones administrativas:
- La Resolución Directoral 0977 DIGPE, de fecha 17
de mayo de 2017 f. 7, que resolvió i darle de baja por deficiencia académica del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Aeronáutico de la Fuerza Aérea del Perú Manuel Polo Jiménez; y ii reintegrar la cantidad de S/ 1359.28, por concepto de alimentación, vestuario, propina durante su permanencia en el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Aeronáutica.
- La Resolución de la Comandancia General 0409-CGFA, de fecha 2 de agosto de 2017 f. 21, que declaró infundada su apelación contra la antedicha resolución; en consecuencia, solicita que se ordene su inmediata reincorporación al citado instituto.
En primer lugar, denuncia la violación de su derecho fundamental al debido procedimiento, en su manifestación del derecho fundamental a la defensa, porque ni el Consejo Académico ni el Consejo Superior le otorgaron la posibilidad de contar con un abogado de la propia institución ni se permitió acceder al consejo de sus padres, lo que, a su juicio, le ha generado una indefensión material. Producto de dicha indefensión material, considera que se le han menoscabado sus derechos fundamentales a la educación y al trabajo, frustrándose de este modo su proyecto de vida, al no habérsele permitido justificar su bajo rendimiento
académico en que constantemente padeció el acoso de alumnos de años superiores, quienes impidieron que pueda concentrarse, ni habérsele brindado el reforzamiento académico necesario por parte de la institución para subsanar el examen de la asignatura de estadística que inicialmente desaprobó En segundo lugar, manifiesta que se le ha violado su derecho a la igualdad, toda vez que, en otros catorce casos similares sic, los alumnos fueron reincorporados, mientras que a él no se le brindó dicha posibilidad.
Finalmente, alega, en tercer lugar, que en el año académico 2016 desaprobó la asignatura de Estadística;
sin embargo, el procedimiento disciplinario culminó con su baja en mayo de 2017 -y, además, como consecuencia de su separación, ordenó reintegrar a la demandada de la cantidad de S/ 1359.28, por concepto de alimentación, vestuario, propina durante su permanencia en el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Aeronáutica-, decisión que ulteriormente fue confirmada en agosto de 2017.
Ello, en su opinión, le ha generado un irremediable daño -por cuanto dicha demora injustificada le ha generado un alto costo de oportunidad, dado que bien pudo dedicarse a otras actividades educativas y/o lucrativas-, pues la duración del citado procedimiento fue excesiva.
Contestación de la demanda Con fecha 19 de noviembre de 2019 f. 108, el procurador público adjunto de la Fuerza Aérea del Perú contesta la demanda solicitando que sea declarada improcedente o infundada, y señala que la pretensión debió ser tramitada en la vía del proceso contencioso administrativo, por ser la vía más idónea. Esclarece que su representada procedió a dar de baja al actor por la causal de deficiencia académica, al haber obtenido una nota desaprobatoria inferior a 12 en la asignatura de Estadística General y con examen de subsanación obteniendo la nota 05 durante el tercer semestre del año académico 2016, toda vez que aprobar dicha asignatura es prerrequisito para el segundo año de estudios, según lo establecido en el inciso c del artículo 99 del Reglamento Interno de Formación de las FFAA aprobada mediante Decreto Supremo 001-2010DE/SG. En ese mismo sentido, el artículo 49 inciso c del referido reglamento establece que la baja del cadete o alumno de los Centros de Formación de las FFAA podrá darse por deficiencia académica. Especifica que su representada cumplió los procedimientos establecidos a través del Consejo Académico y del Consejo Superior, cuya ejecución tomó un determinado tiempo, hasta que se expidió la Resolución Directoral cuestionada.
Sentencia de primera instancia o grado El 11 Juzgado Constitucional Subespecialidad en Temas Tributarios Aduaneros e Indecopi de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución 6, de fecha 28 de agosto de 2020 f. 115, declaró infundada la demanda, por considerar que, de conformidad con el reglamento invocado, el actor no pudo acceder a la matrícula del siguiente ciclo, en tanto era prerrequisito para acceder a dicho periodo

About this edition

Diario Oficial El Peruano del 1/1/2024 - Procesos Constitucionales

TitleDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

CountryPeru

Date16/01/2024

Page count40

Edition count1462

First edition08/01/2016

Last issue04/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031