Diario Oficial de la República de Chile del 22/11/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 22 de Noviembre de 2019

Normas Generales PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

supremo Nº 49, de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en adelante la Agenda 2030, mediante resolución A/RES/70/1, de 25 de septiembre de 2015.
2. Que la Agenda 2030 establece que su implementación requiere de una alianza revitalizada que aglutine a los gobiernos, el sector privado, la sociedad civil y el sistema de Naciones Unidas, entre otras instancias, para alcanzar los objetivos y metas propuestas.
3. Que, a través del decreto supremo Nº 49, de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se creó el Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en adelante el Consejo, con el objeto de asesorar al Presidente/a de la República y servir de instancia de coordinación para la implementación y seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y de la Agenda 2030.
4. Que se ha estimado necesario establecer nuevas normas para el trabajo del Consejo, a fin de revitalizar sus funciones y facilitar su colaboración para la implementación de la Agenda 2030, incorporando al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, precisando, con mayor claridad, sus funciones y estableciendo nuevas instancias de colaboración y participación para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

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CVE 1684802
DESIGNA SUBSECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL Y
ADMINISTRATIVO A DON CLAUDIO PATRICIO ALVARADO ANDRADE

Nº 42.509

Núm. 564.- Santiago, 4 de noviembre de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 7 de la Constitución Política de la República, en el artículo 40 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 7º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 18.359
que crea la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo en el Ministerio del Interior; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-18.359, de 1985, del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 453, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que acepta renuncia voluntaria de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; el decreto supremo Nº 543, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Decreto:

Desígnase, a contar del día 4 de noviembre de 2019, a don Claudio Patricio Alvarado Andrade, cédula nacional de identidad Nº 6.998.818-0, en el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, quien, por razones impostergables de buen servicio, deberá asumir sus funciones en la fecha antes señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN
PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gonzalo Blumel Mac-Iver, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.

Decreto:

Artículo único: Reemplázase el texto del decreto supremo Nº 49, de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Crea Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, por el siguiente:
TÍTULO I
Del Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible Artículo 1º.- Créase el Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en adelante el Consejo, que tendrá por objeto asesorar al Presidente/a de la República y servir de instancia de coordinación para la implementación y seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en adelante ODS, y de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en adelante Agenda 2030.
Artículo 2º.- El Consejo estará integrado por los Ministros y/o Ministras de las siguientes Secretarías de Estado:
a Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá.
b Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
c Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
d Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
e Ministerio del Medio Ambiente.
Artículo 3º.- Las funciones del Consejo serán las siguientes:

Ministerio de Relaciones Exteriores
CVE 1684804
REEMPLAZA EL TEXTO DEL DECRETO SUPREMO Nº 49, DE 2016, DEL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE CREA CONSEJO
NACIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030 PARA
EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Núm. 67.- Santiago, 2 de mayo de 2019.
Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto
a Asesorar al Presidente/a de la República en la implementación y seguimiento de la Agenda 2030.
b Servir de instancia de coordinación para la implementación y seguimiento de la Agenda 2030 y de los ODS a nivel nacional, acorde a los procesos y reuniones que se realicen a nivel internacional y regional.
c Servir de instancia de coordinación con las entidades pertinentes, ya sean gubernamentales, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales, sector privado y/o sociedad civil, en aquellos aspectos técnicos relacionados con la Agenda 2030 y los ODS.
d Proponer al Presidente/a de la República una Estrategia de Implementación de la Agenda 2030 en el país.
Artículo 4º.- Para su adecuado funcionamiento, el Consejo contará con:
a.- Un Grupo Intersectorial.
b.- Una Secretaría Técnica.
c.- Grupos de Trabajo.
d.- La Red Nacional Agenda 2030.
Tanto los integrantes del Consejo, como los integrantes de las unidades precedentemente señaladas, desempeñarán sus funciones ad-honórem.

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Diario Oficial de la República de Chile del 22/11/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date22/11/2019

Page count32

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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