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Diario Oficial de la República de Chile del 21/11/2019 - Secciones I-IV
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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV
Nº 42.508
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 21 de Noviembre de 2019
Sección I - 1
I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
La siguiente Representación Impresa es sólo referencial. Para verificar la publicación oficial ingrese el Código de Validación Electrónica CVE, señalado al comienzo de cada documento, en el sitio www.diarioficial.cl.
Núm. 42.508.Año CXLII - Nº 815.596 M.R.
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Normas Generales
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura /
Servicio Agrícola y Ganadero /
Dirección Nacional
RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N
MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL
de Educación Las Barrancas como receptor de documentos tributarios electrónicos CVE: 1684132
Edición de 24 páginas Santiago, Jueves 21 de Noviembre de 2019
PODER LEGISLATIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Ley número 21.183.- Amplía el procedimiento de relocalización a concesiones de acuicultura que indica y establece permisos especiales de colecta de semillas CVE: 1684027
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
Decreto número 171, de 2019.- Modifica decreto Nº 204, de 1969, que aprueba el Reglamento Complementario del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1968 CVE: 1684031
Decreto número 394, de 2019.- Acepta renuncia voluntaria de don Juan Francisco Galli Basili al cargo de Subsecretario para las Fuerzas Armadas CVE: 1684033
MINISTERIO DE HACIENDA
Ley número 21.186.- Modifica normas del sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior contenidas en la ley Nº 21.091 y en la ley Nº 20.129
CVE: 1684026
Servicio de Impuestos Internos /
Dirección Nacional
Extracto de resolución exenta número 127, de 2019.- Autoriza a Servicio Local
Normas Generales
PODER LEGISLATIVO
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo CVE 1684027
LEY NÚM. 21.183
AMPLÍA EL PROCEDIMIENTO DE RELOCALIZACIÓN A CONCESIONES
DE ACUICULTURA QUE INDICA Y ESTABLECE PERMISOS ESPECIALES
DE COLECTA DE SEMILLAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente, Proyecto de ley:
Artículo 1.- La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, por motivos ambientales, sanitarios o de ordenamiento territorial podrá proponer y tramitar la relocalización conjunta de concesiones de acuicultura que no tengan salmónidos en su proyecto técnico, dentro de una determinada área. Para tales efectos deberá darse cumplimiento a los siguientes requisitos:
Director:
Sitio Web:
Mesa Central:
Dirección:
Juan Jorge Lazo Rodríguez www.diarioficial.cl +56 2 24863600
Dr. Torres Boonen 511, Providencia, Santiago
Consultas Telefónicas:
Consultas E-mail:
Atención a Regiones:
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura /
Dirección Zonal Regiones III de Atacama y IV de Coquimbo
Extracto de resolución exenta número 48, de 2019.- Modifica distribución cuota del recurso Huiro negro en la Región de Atacama, año 2019 CVE: 1684134
Resolución exenta número 8.801, de 2019.- Modifica resolución Nº 4.254
exenta, de 2017, que crea el sistema de control oficial de comercialización y uso de anabólicos con fines de promoción del crecimiento en bovinos CVE: 1684787
OTRAS ENTIDADES
BANCO CENTRAL DE CHILE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Certificado Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala CVE: 1685894
Superintendencia de Educación
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Extracto de resolución exenta número 611, de 2019.- Modifica resolución N 80
exenta, de 2019, que Aprueba Plan Anual de Fiscalización 2019 CVE: 1684038
Decreto alcaldicio número 2.296, de 2019.- Aprueba Ordenanza Municipal sobre Tenencia Responsable de Animales Domésticos en la comuna de La Cruz CVE: 1684036
a Mantener el grupo de especies hidrobiológicas y área de la concesión.
b Obtener la renuncia del titular de la concesión sometida a la condición de término de trámite de la relocalización, por resolución de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. En caso de no autorizarse la relocalización de la concesión, esta renuncia quedará sin efecto.
c Relocalizar la concesión dentro de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura de la comuna respectiva. Excepcionalmente la relocalización podrá realizarse abarcando otra comuna, siempre que la concesión se encuentre en un límite comunal y su desplazamiento implique necesariamente ingresar total o parcialmente al área de otra comuna.
d Dar cumplimiento a la zonificación del borde costero de la región respectiva a que alude el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y someterse a los requisitos establecidos en su artículo 79.
En lo no regulado en esta ley, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y su reglamento.
La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura podrá proponer al titular la fusión de dos o más de sus concesiones, debiendo darse cumplimiento a las condiciones señaladas en este artículo.
En los casos en que la relocalización de la concesión tenga sólo por objeto meros ajustes cartográficos, entendiendo por tales, el ajuste de las coordenadas geográficas contenidas en los títulos administrativos correspondientes a su actual posición, no se realizará la inspección en terreno ni el trámite de evaluación ante el Servicio de Evaluación Ambiental para establecer la existencia o ausencia de bancos naturales de recursos hidrobiológicos o una afectación ambiental al mismo.
La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura estará habilitada para realizar ajustes de coordenadas geográficas a las áreas de manejo de recursos bentónicos, cuando corresponda.
+56 2 24863601
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