Diario Oficial de la República de Chile del 13/11/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.501

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 13 de Noviembre de 2019

El texto íntegro de la presente resolución, se publicará en el sitio de dominio electrónico del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, a 25 de octubre de 2019.- Alicia Gallardo Lagno, Directora Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Sección I - 3

Artículo segundo: Esta resolución tendrá plena vigencia, a partir de su total tramitación, esto es su publicación en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Esteban Alejandro Figueroa Nagel, Director Nacional, Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Ministerio de Educación
CVE 1680120
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 109 EXENTA, DE 2010, DEL
INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, QUE
DELEGA FIRMAS

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
CVE 1680367
DESIGNA REPRESENTANTES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DE LA SERENA

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Resolución

Núm. 356 exenta.- Santiago, 5 de noviembre de 2019.
Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº1/19.653 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, especialmente sus artículos 5º y 41; en la Ley 20.254 que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en la Ley 19.880 de 2003 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 69 que nombró a doña Loreto Bresky, como Directora Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial INAPI, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y el orden de subrogación legal aplicado conforme lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Fija la Planta de Personal del INAPI, en concordancia con la aplicación del artículo 80 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, conforme lo dispone el inciso primero del artículo quincuagésimo noveno de la Ley Nº 19.882, de 2003, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en la resolución exenta Nº 8 de 2018, que regula implementación del sistema de tramitación electrónica de los derechos de propiedad industrial cuyo registro es administrado por INAPI; en el correo electrónico de fecha 3 de octubre enviado a la Subdirección Jurídica por la Subdirectora de Marcas S, y en la resolución 6 de 2019 de la Contraloría General de la República y en antecedentes que se adjuntan.
Considerando:

1.- Que mediante resolución exenta Nº 109, de 23 de marzo de 2010, se delegó la facultad de firma en las personas que indica, en relación con todos aquellos actos que se dictaren en procedimientos en que no hubiere oposición o nulidad a la solicitud de registro de derechos de propiedad industrial, sus anotaciones o renovaciones, si corresponde, en los términos expresamente previstos en la Ley de Propiedad Industrial, y su Reglamento.
2.- Que habiéndose implementado la tramitación electrónica de los derechos de propiedad industrial, mediante la resolución exenta Nº 8, de 2018, también conocido como sistema paperless, de acuerdo a lo indicado por la Subdirectora de Marcas S en el correo citado en los vistos, la resolución exenta Nº 109, de 2010 referida se mantuvo vigente para precaver eventuales dificultades técnicas por parte del Director Nacional al firmar con firma electrónica las resoluciones de su competencia.
3.- Que habiéndose determinado la eficiencia del trámite de firma en el sistema de tramitación electrónica de los derechos de propiedad industrial que actualmente utiliza el Servicio, no es necesaria la vigencia de las delegaciones de firma que garantizaran la continuidad del servicio, por lo que corresponde dejar sin efecto resolución exenta Nº 109.
4.- Que, sin perjuicio de lo anterior, los actos autorizados en este período por las personas facultadas para firmar durante la vigencia de la resolución exenta Nº 109, conservarán su validez, para todos los efectos legales que sean pertinentes.
Resuelvo:
Artículo primero: Déjese sin efecto, a contar de la total tramitación de este acto administrativo, la resolución exenta Nº 109, de 23 de marzo de 2010, del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, que delegó facultad de firma en las personas que en la misma se indican.

Núm. 142.- Santiago, 17 de abril de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 158, de 1981, del Ministerio de Educación Pública; en el decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación; en las cartas de 18 de marzo de 2019, del señor Presidente de la República; en las cartas de 22 y 25 de marzo de 2019 y 2 de abril de 2019, de don Juan Fernando Ortega Pacheco, doña Luz María Reyes Santelices, don Carlos Erley Godoy y de doña Adriana Cerón Araya, respectivamente; y en las resoluciones Nos 1.600 de 2008 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, y Considerando:

Que, el decreto con fuerza de ley Nº 158, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, fijó los estatutos de la Universidad de La Serena, y en su Título II, artículo 5º, letra a, señala que serán designados por el Presidente de la República cuatro directores, quienes permanecerán en dichos cargos mientras cuenten con su confianza;
Que, mediante decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación, en su artículo 2º, fueron designados como representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena, los señores Miguel Antonio Sánchez Sánchez, Eduardo Primitivo Lara Cornejo y Ernesto Leonardo Velasco Rodríguez y, en su artículo 4º, se dejó establecido que don Marcelo Denis Tapia Tabilo renunció voluntariamente a su designación como representante del Presidente de la República ante la Junta Directiva de dicha Universidad, mediante decreto Nº 22, de 2013, de esta Secretaría de Estado;
Que, a la fecha del presente decreto, no se han recibido las renuncias voluntarias de los señores Miguel Antonio Sánchez Sánchez; Eduardo Primitivo Lara Cornejo y Ernesto Leonardo Velasco Rodríguez;
Que, el Presidente de la República en uso de sus facultades, ha resuelto designar nuevos representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena.
Decreto:

Artículo 1: Desígnanse, a contar de la fecha del presente decreto, a doña Luz María Reyes Santelices, RUN Nº 4.901.010-9; a doña Adriana María Cerón Araya, RUN Nº 10.556.088-5; a don Carlos Giorgio Erler Godoy, RUN Nº 10.995.098-K, y a don Juan Fernando Ortega Pacheco, RUN Nº 7.690.356-5, como representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena.
Artículo 2: Las personas señaladas en el artículo anterior, por razones de buen servicio, asumirán sus funciones a contar de la fecha de su designación, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Artículo 3: Déjase sin efecto, a contar de la misma fecha, el decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.

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Diario Oficial de la República de Chile del 13/11/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date13/11/2019

Page count40

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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