Diario Oficial de la República de Chile del 9/11/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 9 de Noviembre de 2019

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
2º.- Que, con fecha 10 de octubre de 2019, la Sra. Acevedo, tras el fiel desempeño de su cargo por todo el tiempo mediante, presentó su renuncia voluntaria al cargo.
3º.- Que, de acuerdo a lo señalado, corresponde aprobar dicha renuncia al cargo de Secretaria Regional Ministerial de Gobierno de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, a través del respectivo acto administrativo.

SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

Resuelvo:

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Nacional CVE 1678664
EXTRACTO

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

1. Acéptese, a contar del día 24 de octubre del año en curso, la renuncia voluntaria presentada por doña Milena Acevedo Droguett, cédula de identidad número 12.867.855-7, al cargo de Secretaria Regional Ministerial de Gobierno, de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, grado 5º de la EUS, Planta del estamento Directivo de la Subsecretaría General de Gobierno.
2. Dispóngase que, por razones de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos desde su firma sin esperar la total tramitación del mismo.

Nº 42.498

Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN
PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Cecilia Pérez Jara, Ministra Secretaria General de Gobierno.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Emardo Hantelmann Godoy, Subsecretario General de Gobierno.
CVE 1678851
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE SECRETARIO
REGIONAL MINISTERIAL DE GOBIERNO DE FUNCIONARIO QUE SE
INDIVIDUALIZA

Por resolución exenta número 4.953, de 22 de octubre de 2019, de este Servicio, se establece Nómina Informativa de los Proveedores del Dispositivo de Registro de Imágenes y Servicios Técnicos Autorizados por el Proveedor, en el Marco del Proyecto de Implementación del Sistema de Detección y Registro del Descarte y deja sin efecto resolución exenta Nº 1.685 de 26 de abril de 2019 y resolución exenta Nº 2.012 de 14 de mayo de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del DS Nº 76 de 2015.
El texto íntegro de la presente resolución, se publicará en el sitio de dominio electrónico del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 22 de octubre de 2019.- Alicia Gallardo Lagno, Directora Nacional.

Núm. 6.- Santiago, 21 de octubre de 2019.

Ministerio de Obras Públicas
Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 19.032, de 1991, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; en el DFL Nº 1, de 1992, que modifica la organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el DFL Nº 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.882, que Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en la ley Nº 20.955, que Perfecciona el sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil; en el decreto supremo Nº 20, que designa en calidad de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Ñuble a don Renán Cabezas Arroyo; en la carta de renuncia del Seremi de Gobierno de la Región de Ñuble, de fecha 7 de octubre de 2019; y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

1º.- Que, con fecha 6 de septiembre de 2018, se dispuso el nombramiento del Sr. Renán Cabezas Arroyo en calidad de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Ñuble.
2º.- Que, con fecha 7 de octubre de 2019, el Sr. Cabezas, tras el fiel desempeño de su cargo por todo el tiempo mediante, presentó su renuncia voluntaria al cargo.
3º.- Que, de acuerdo a lo señalado, corresponde aprobar dicha renuncia al cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Ñuble, a través del respectivo acto administrativo.
Resuelvo:

1.- Acéptese, a contar del día 24 de octubre del año en curso, la renuncia voluntaria presentada por don Renán Cabezas Arroyo, cédula de identidad número 16.723.146-2, al cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Ñuble, grado 4º de la EUS, Planta del estamento Directivo de la Subsecretaría General de Gobierno.
2.- Dispóngase que, por razones de buen servicio, el presente decreto surtirá efectos desde su firma, sin esperar la total tramitación del mismo.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN
PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Cecilia Pérez Jara, Ministra Secretaria General de Gobierno.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Emardo Hantelmann Godoy, Subsecretario General de Gobierno.

CVE 1678855
DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LAS COMUNAS DE LO BARNECHEA, LAS CONDES Y VITACURA, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Núm. 124.- Santiago, 17 de octubre de 2019.
Vistos:

1. El Informe Técnico, denominado Informe Condiciones Hidrometeorológicas, comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, Informe Nº 25, de 7 de octubre de 2019, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas;
2. El oficio Ord. DGA N 500, de 9 de octubre de 2019, del Director General de Aguas;
3. El decreto supremo N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República;
4. La resolución DGA N 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA Nº 39, de 1984, y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;
5. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso 1º del Código de Aguas, y Considerando:

1. Que, el Informe Técnico denominado Informe Condiciones Hidrometeorológicas, comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, Informe Nº 25, de 7 de octubre de 2019, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, indica que en las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, se verifican las condiciones de sequía, dado que se cumple con la condición establecida en el numeral 6.a de la resolución DGA Nº 1.674, de 2012, que establece nuevos criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía, ya que el IPE calculado, es menor al índice límite definido en la estación analizada.
2. Que, además, el mismo informe establece que en las comunas antes citadas también se verifica la condición de sequía establecida en el numeral 6.b de la resolución DGA Nº 1.674, de 2012, ya que el ICE calculado, es menor al índice límite definido en la estación analizada.
3. Que, debido a las razones señaladas, y con el objeto de implementar medidas extraordinarias, que contribuyan a superar la escasez del recurso hídrico, se requiere la dictación de un decreto de escasez en las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, Región Metropolitana de Santiago.
4. Que, el Director General de Aguas, mediante el oficio Ord. DGA N 500, de 9 de octubre de 2019, solicita se declare zona de escasez a las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, Región Metropolitana de Santiago.

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Diario Oficial de la República de Chile del 9/11/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date09/11/2019

Page count40

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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