Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/11/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

16 de noviembre 2022

B.O.P. DE CADIZ NUM. 219

a partir de la publicación del fallo del jurado. El jurado podrá declarar desierto el concurso cuando ninguno de los proyectos empresariales presentados reúna criterios de calidad suficientes para ser premiados y decidirá sobre todas aquellas circunstancias no contempladas en estas bases.

OCTAVA: COMPOSICIÓN JURADO

El jurado estará formado por:
- Tres representantes de los partidos políticos PSOE: María del Carmen Álvarez Muñoz. Suplente: Ana López Escalona.
IU: Ana Isabel Medina Curquejo Suplente: Dolores Villalba Gómez.
PP: Antonio Villalba Sánchez. Suplente: Ildefonso Ortega Cabeza.
- Concejala del Equipo de Gobierno. Nieves María Sánchez Sevilla Suplente: Remedios Palma Zambrana - Técnico de Consumo, que presta servicios en el Ayuntamiento de Olvera. José Luis Bancalero Bueno.
- Un representante de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza. CADE
de Olvera. Titular: Inmaculada Medina Pérez.Técnica CADE de Olvera. Suplente:
Sebastian Bermúdez Hormigo. Técnico CADE de Olvera.
- Secretaria: M Carmen Medina Herrera.

NOVENA: BASE GENERAL

La participación en este concurso implica la aceptación de todas y cada una de estas bases.

Segundo.- Convocar la celebración del XVIII Concurso de Iniciativas Empresariales Autoempleo en Femenino, ajustándose a las bases reguladoras establecidas.

Tercero.- Publicar las Bases en el Tablón de Anuncios, así como en la página web del Ayuntamiento de Olvera y medios a nuestro alcance como redes sociales con objeto de darle difusión.

Lo decreta, manda y firma la concejala-delegada de Igualdad, en el lugar y fecha indicado, todo lo cual, como Secretaria General, CERTIFICO:

Cúmplase, Doy fe, CONCEJALA-DELEGADA DE IGUALDAD, LA
SECRETARIA GENERAL, Olvera, 4 de noviembre de 2022. Nieves María Sánchez Sevilla. Concejala de Igualdad del Ayuntamiento de Olvera.
Nº 129.961


AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
ANUNCIO

Por medio de la presente se pone en conocimiento que mediante Decreto de la Alcaldía, de fecha 28 de octubre 2022, referencia: VJSEC-00304-2022, SE HA
RESUELTO:

Mediante Decreto de esta Alcaldía con referencia administrativa VJSEC-00109-2020, de fecha 27 de mayo de 2020, se acordó en virtud de su dispositivo Sexto, modificar las delegaciones especiales conferidas para la dirección y gestión de los servicios y asuntos incluidos en áreas en virtud del Dispositivo Cuarto del Decreto de la Alcaldía con referencia administrativa VJSEC-00354-2019, de 4 de diciembre de 2019, quedando realizadas las mismas a favor de los Concejales que se expresan en dicho dispositivo, correspondiendo a la Sra. Concejala D. Francisca Sánchez Galván, las siguientes: Presidencia; Relaciones institucionales; Administración; Contratación;
Hacienda; Cultura; Patrimonio, y Cementerio.

Según el referido dispositivo, esta Concejala con delegaciones especiales, ostenta las facultades de programación, dirección interna e inspección de los servicios que ostenta, así como la gestión de los asuntos que se deriven, sin perjuicio de las facultades reservadas a los Concejales Delegados Generales. En ningún caso ostenta la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Encontrándose la citada Concejala de baja por incapacidad laboral temporal por enfermedad común desde el día 3 de agosto de 2022, hecho que le impide asumir y ejercer temporalmente las funciones delegadas que corresponden a esta Alcaldía y que han sido referidas anteriormente. Y desconociendo el tiempo en que puede permanecer en dicha situación, en aras de que no se vea afectada la gestión de los asuntos y el funcionamiento de los servicios objeto de delegación.

VISTO lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la necesidad de revocar de forma temporal la delegación efectuada por esta Alcaldía a favor de la Sra. Concejala D. Francisca Sánchez Galván respecto a los servicios de Administración, Cultura, Patrimonio y Cementerio, y a los asuntos relativos a tales servicios, según dispositivo sexto del meritado Decreto con referencia administrativa VJSEC-00109-2020, de fecha 27 de mayo de 2020, y efectuar delegación respecto a dichos servicios a favor del Sr. Concejal D. José Ortiz Galván, única y exclusivamente durante el tiempo que permanezca en situación de baja por incapacidad laboral temporal por enfermedad común.

DECRETO:

PRIMERO.- REVOCAR DE FORMATEMPORAL la Delegación efectuada por esta Alcaldía a favor de la Sra. Concejala Delegada D. Francisca Sánchez Galván en respecto a los servicios de Administración, Cultura, Patrimonio y Cementerio, y a los asuntos relativos a tales servicios, según dispositivo sexto del meritado Decreto con referencia administrativa VJSEC-00109-2020, de fecha 27 de mayo de 2020, y EFECTUAR DELEGACIÓN TEMPORAL respecto a dichos servicios a favor del Sr. Concejal D. José Ortiz Galván, única y exclusivamente durante el tiempo que permanezca en situación de baja por incapacidad laboral temporal por enfermedad común.

El Sr. Concejal D. José Ortiz Galván ostentará las facultades de programación, dirección interna e inspección de los servicios de Administración, Cultura, Patrimonio y Cementerio que le han sido delegados, así como la gestión de los asuntos que se deriven, sin perjuicio de las facultades reservadas a los Concejales Delegados Generales. En ningún caso ostenta la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Página 3

Las competencias delegadas en el Sr. Ortiz Galván no podrán ser, a su vez, delegadas por éste en otro órgano o autoridad.

SEGUNDO.- La revocación temporal de la referida delegación acordada en virtud del dispositivo primero anterior, así como la delegación temporal igualmente conferida a favor del Sr. Concejal D. José Ortiz Galván, quedarán automáticamente sin efecto y sin necesidad de nuevo acuerdo en el momento en que la Sra. Concejala Delegada D. Francisca Sánchez Galván reciba el alta médica que extinga la situación de baja por incapacidad laboral temporal que ha motivado la adopción del presente Decreto.

TERCERO.- NOTIFICAR el presente Decreto a la Sra. Concejala D.
Francisca Sánchez Galván para su conocimiento y efectos oportunos.

CUARTO.- La delegación conferida al Sr. Ortiz Galván requerirá para ser eficaz la aceptación expresa o tácita del Delegado, entendiéndose tácitamente aceptada si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de la presente Resolución el destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

QUINTO.- La delegación de atribuciones surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE por la Sra. Secretaria General a D. José Ortiz Galván y COMUNÍQUESE a los diferentes Departamentos para su conocimiento y a los efectos de que adopten las medidas que corresponden para la efectividad de cuanto antecede.

SÉPTIMO.- PUBLICAR el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Tablón de Anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento, y DAR CUENTA al Pleno Municipal en la primera sesión que celebre, para su conocimiento.

OCTAVO.- En lo no previsto en la presente resolución se estará a lo establecido en la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, en el Reglamento Orgánico del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera publicado en el BOP de Cádiz núm. 115, de fecha 19 de junio de 2013 y restantes disposiciones que resulten de aplicación.

Lo que se traslada para general conocimiento, en Vejer de la Frontera a 28/10/22. EL ALCALDE. Fdo: Francisco Manuel Flor Lara.
Nº 130.027


AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA
ANUNCIO

Por el presente se comunica que en sesión plenaria ordinaria de 27 de octubre de 2022, se aprobó inicialmente la modificación de los artículos del Reglamento de Organización del Servicio de Taxi en Conil de la Frontera que a continuación se detallan:

Artículo 4: Ubicación de las paradas.

Se modifica el punto g
Donde dice: la parada de avenida Cañada Honda debe decir la parada en calle Trece Rosas.

Artículo 8: Servicios mínimos y horarios en cada parada.

Se modifica el punto b
Donde dice: "Parada calle Pascual Junquera un mínimo de 4 taxis de 8:00
a 22:00 horas durante todo el año, salvo del 1 de julio al 31 de agosto debe decir parada calle Pascual Junquera un mínimo de 4 taxis de 8:00 a 21:00 horas salvo del 15 de junio al 15 de septiembre".

Se modifica el apartado c
Donde dice: "Parada Paseo del Atlántico un mínimo de 4 taxis de 21:00
a 7:00 horas del 1 julio al 31 de agosto" debe decir: "parada Paseo del Atlántico un mínimo de 4 taxis de 21:00 a 7:00 horas del 15 de junio al 15 de septiembre".

Se modifica el apartado d
Donde dice: "Parada El Colorado. Un mínimo de un taxi de 9:00 a 15:00
horas de lunes a viernes durante todo el año" debe decir: Parada El Colorado. Un mínimo de un taxi de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes excepto festivos durante todo el año".

Artículo 12: Tarifas:

"1. La prestación del servicio de taxi, tanto urbano como interurbano, está sujeto a tarifas que tendrán el carácter de máximas, sin perjuicio del uso obligatorio del taxímetro en todo servicio, sea urbano o interurbano, en los que se aplicará desde el inicio hasta el final del mismo, la tarifa que corresponda, sin que esté permitido el paso entre diferentes tarifas. Se establecen las siguientes tarifas: "

Se añade a continuación lo siguiente:

"Los servicios de transporte público discrecional de viajeros por carretera, prestados por vehículos de turismo que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía a precio cerrado se visualizarán en el módulo luminoso exterior con el número 6.

Asimismo, los servicios desarrollados íntegramente en Andalucía en la modalidad de taxi compartido para los trayectos previstos en la normativa vigente, se identificarán a través del módulo luminoso mediante letra "A".

Donde dice:

Tarifas interurbanas:

Tarifas 1 y 2: Se aplicarán las tarifas aprobadas por Resolución de la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento y vivienda de la Junta de Andalucía, por la que se revisan las tarifas máximas de aplicación de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo"

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/11/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date16/11/2022

Page count7

Edition count6010

First edition02/01/2001

Last issue06/05/2024

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