Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/11/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

3 de noviembre de 2022

B.O.P. DE CADIZ NUM. 210

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace, buscando por el número de expediente: https juntadeandalucia.es/servicios/
participacion/todos-documentos.html
Veinticinco de octubre de dos mil veintidós. LA DELEGADA TERRITORIAL.Dña. María Inmaculada Olivero Corral. Firmado.
Nº 123.100

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PUERTO SERRANO
EDICTO

En sesión extraordinaria y urgente del pleno del Ayuntamiento celebrada en fecha 10 de octubre de 2022, en concreto, en su punto segundo, se procede al debate de la propuesta sobre aprobación DEPURACIÓN DE SALDOS, se somete a votación, y obtiene el voto favorable por unanimidad, el acuerdo cuyo tenor se transcribe a continuación:

PRIMERO. - Aprobar inicialmente la depuración por prescripción de los acreedores por obligaciones pendientes de pago según la relación anexa al presente Acuerdo y por importe de 52.286,04€.

SEGUNDO. - Someter el expediente a información pública a los efectos de dar audiencia a los interesados que puedan resultar afectados por el expediente de baja de los acreedores pendientes de aplicar al Presupuesto remitiendo anuncio al Boletín Oficial de la Provincia.

En Puerto Serrano a 17 de octubre de 2022. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Daniel Pérez Martínez.
Nº 118.201


AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A
ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y DE JIMENA DE LA FRONTERA 2022
BDNS Identif.: 654726.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/654726.

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera Cádiz de fecha 5/5/2022 se convocan subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro y de Jimena de la Frontera 2022.

1. Beneficiarios: asociaciones sin ánimo de lucro con sede en el municipio de Jimena de la Frontera que estén inscritas en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera, cuyo fin estatutario principal sea la realización de actividades culturales, deportivas, juveniles, aquellas de carácter social, asociaciones turísticas y las cofradías.

2. Objeto: Se convocan para el ejercicio de 2022 en régimen de concurrencia competitiva subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro con sede en el municipio de Jimena de la Frontera Cádiz para financiar su funcionamiento y la realización de actividades con el fin de fomentar las actividades culturales, deportivas y de ocio entre otras.

3. Bases reguladoras: Bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro y de Jimena de la Frontera 2022
publicadas en https jimenadelafrontera.sedelectronica.es/info.0

4. Cuantía total: La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 25.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 330/480.04. Con carácter individual, cada asociación podrá recibir en concepto de subvención hasta un máximo de 2.000 euros.

5. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 30 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP de Cádiz.

JIMENA DE LA FRONTERA, 20 de octubre de 2022. EL ALCALDE.
FRANCISCO J. GÓMEZ PÉREZ.
Nº 121.102


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
DECRETO Nº: 2022/5722

D. Germán Beardo Caro, Alcalde - Presidente en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO:

Habiendo tomado posesión del cargo de concejal Don Jose Ignacio González Nieto en el día de hoy 30 de septiembre de 2022, es conveniente proceder a un nuevo reparto competencial que optimice la gestión municipal, siendo para ello necesario la modificación parcial del decreto de esta Alcaldía N.º 2022/5331, de fecha 13 de septiembre del corriente, concretamente en su apartado segundo, números 2.2.3, 2.3.6
y 2.3.7 es por ello que HE RESUELTO:

PRIMERO: Modificar la letra h, numero 2.2.3 del apartado segundo, del decreto de esta Alcaldía N.º 2022/5331, de fecha 13 de septiembre de 2022, en los siguientes términos:
h Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de Playas, asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas, expresamente, a otras autoridades y órganos municipales. En la anterior competencia se incluye expresamente la dirección, impulso e inspección de los contratos de Salvamento y Socorrismo en Playas, así
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como el de Transporte y Asistencia Sanitaria. Igualmente, y en particular, tramitar y adjudicar, en su caso, concesiones o autorizaciones del dominio público marítimo terrestre correspondientes a la gestión de las playas y paseos marítimos, siempre que se trate de contratos menores o de contratos que puedan adjudicarse por procedimiento negociado, salvo los procedimientos negociados a que se refiere el apartado 1.2.2.4.
letras d y e y 2.4.1. letra b, de esta resolución, y que no correspondan al Pleno, ni a la Junta de Gobierno.

SEGUNDO: Modificar los números 2.3.6 y 2.3.7 del apartado segundo del decreto de esta Alcaldía N.º 2022/5331, de fecha 13 de septiembre de 2022, en los siguientes términos:

2.3.6. DELEGADO DE DEPORTES: CONCEJAL DON JOSE IGNACIO
GONZÁLEZ NIETO.

Competencias:
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales de Deportes, asumiendo cuantas competencias no estén expresamente atribuidas a la Junta de Gobierno ni al Pleno Municipal.

2.3.7. DELEGADO DE JUVENTUD: CONCEJAL DON JOSE IGNACIO
GONZÁLEZ NIETO.

Competencias:
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales de Juventud, asumiendo cuantas competencias no estén expresamente atribuidas a la Junta de Gobierno ni al Pleno Municipal.

TERCERO.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos Electrónico. De la misma se dará cuenta al Excmo. Ayuntamiento Pleno en la inmediata sesión que se celebre.

CUARTO.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su firma, debiéndose adoptar por todos los servicios municipales las medidas que correspondan para la efectividad de cuanto antecede.

30/9/22. El Alcalde - Presidente. Firmado. El Vicesecretario accidental.
Firmado.
Nº 121.234


AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
EDICTO

Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de octubre de 2022 el expediente de modificación de créditos en la modalidad de suplemento de créditos nº 11/2022 del Presupuesto Municipal para 2022, se expone al público el expediente, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de que los interesados puedan examinarlo y formular reclamaciones. En caso de que durante dicho periodo no se formulen reclamaciones, el expediente se considerará definitivamente aprobado.

En Villamartín, a 21/10/22. La Alcaldesa Accidental, Susana Toro Troya.
Firmado.
Nº 121.414


AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
ANUNCIO
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA
ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE LA MOVILIDAD EN BICICLETA
DE LA CIUDAD DE ALGECIRAS Y USO DE ZONAS CICLABLES. 2022/
CEU_03/008456.

Mediante acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 26 de Julio de 2022, en su punto 5.1, se aprobó inicialmente la modificación puntual del artículo 14
de la Ordenanza Municipal sobre la Movilidad en bicicletas de la Ciudad de Algeciras y Uso de Zonas Ciclables.

Tras la publicación en el BOP Cádiz núm. 162, de fecha 24/08/22 y en la página web municipal, se abrió un periodo de información pública durante TREINTA
DÍAS. Habiendo transcurrido el citado plazo sin que se hayan presentado sugerencias, observaciones o alegaciones, se entiende aprobado el texto definitivamente con fecha 6 de octubre de 2022, quedando redactado de la siguiente forma:

Artículo 14.- DEL USO DE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL, JUGUETES Y OTRAS FORMAS DE MOVILIDAD URBANA

1. Los conductores de vehículos de movilidad personal podrán circular por las vías e infraestructuras ciclistas definidas en esta Ordenanza y en particular por el carril-bici.

2. Los usuarios de juguetes con o sin motor que no tengan la consideración de vehículos, o de otros elementos de movilidad urbana que carezcan de la consideración de vehículos, deberán tener en cuenta las siguientes normas:
- No podrán circular por la calzada ni por las vías ciclistas.
- No podrán circular arrastrados por otros vehículos.
- Para transitar por las aceras y zonas peatonales, deben cumplir los mismos condicionantes que se establecen esta Ordenanza para los conductores de los ciclos.
En particular, deberán acomodar su velocidad a la del peatón, sin sobrepasar nunca los 6 Km/h, evitando causar molestias innecesarias al resto de usuarios de las zonas por las que transiten, no teniendo prioridad respecto a los peatones.

3. Los usuarios de monopatines y juguetes similares, utilizarán preferentemente las zonas establecidas para su uso deportivo.

4. Los usuarios de sillas para personas de movilidad reducida, podrán circular por las vías ciclistas, siempre que sus medidas les permitan discurrir por el carril correspondiente a su sentido de circulación sin invadir el sentido contrario, ni sobresalir de la plataforma. Así mismo deberán contar con los accesorios necesarios para garantizar su visibilidad por el resto de usuarios de las vías por las que transiten.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/11/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date03/11/2022

Page count7

Edition count6015

First edition02/01/2001

Last issue13/05/2024

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