Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/2/2001

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

14 de febrero de 2001

B.O.P. DE CADIZ NUM. 37

3. El clima y la situación laboral.
4. Las condiciones y la calidad de vida en el trabajo.
5. La política salarial y de incentivación material.
6. La cualificación y adaptación negociada de la mano de obra.
7. El absentismo laboral.
8. La falta de puntualidad.
En consecuencia, es necesario arbitrar, mediante el establecimiento de compromisos concretos, mecanismos y procedimientos instrumentales para generar un proceso de negociación que permita alcanzar los objetivos señalados. Para reforzar este sentido de elevación de la productividad, la Empresa se compromete durante la vigencia de este Convenio, a abonar mensualmente a cada productor las cantidades que se señalarán, elaboradas por la Comisión Mixta. El percibo de dichas cifras, repartidas entre los doce meses, lo es para la vigencia de este Convenio celebrado, sin que se tome carta de naturaleza ni se pueda considerar como cifra consolidada a ningún efecto, puesto que para ello existe la extra de Marzo. El encargado responsable irá corrigiendo las conductas que impliquen un bajo rendimiento, dando cuenta de ello a la Dirección de la Empresa y a los interesados afectados.
Artículo 37º. PARTES DE TRABAJO. A la finalización de cada jornada de trabajo, cada trabajador, deberá haber cumplimentado su Parte de Trabajo diario, el cual será entregado al Encargado del centro junto al listado de Control de Asistencia.
CAPITULO VII. SALUD LABORAL
Artículo 38º. La ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 de 8 de noviembre, obliga el nombramiento del DELEGADO DE PREVENCIÓN el cual recaerá sobre el Delegado de Personal en la Empresa, con funciones específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 39º. Tanto la Dirección de la Empresa como el resto del personal, colaborarán eficazmente en la programación y cumplimiento de cuantas medidas se estimen convenientes para la obtención de los máximos niveles de seguridad y prevención de accidentes. Todo los trabajadores están obligados a poner en conocimiento de la Empresa o del Delegado de Prevención, a fin de adoptar las medidas adecuadas, toda deficiencia o peligro observado. La Empresa de acuerdo con la normativa vigente, adoptará los oportunos sistemas de prevención, seguridad y sanidad, que aminore al máximo los riesgos que pudieran derivarse para sus empleados.
Artículo 40º. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS. Con carácter obligatorio, se establece la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores, por medio de Reconocimientos médicos anuales.
CAPITULO VIII
Artículo 41º. En cuanto a las faltas que puedan cometer los empleados de esta empresa, así como sus sanciones a imponer, se estará a los establecido en el Acuerdo Laboral estatal para el Sector de Hostelería de 24-06-96.
Artículo 42º. LEGISLACIÓN SUPLETORIA. En las materias no reguladas en el presente convenio, serán de aplicación el R.D.Legislativo 1/95, el cual regula el Estatuto de los Trabajadores, y demás normas de general aplicación, así como el Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería de 24-06-96.
Artículo 43º. En materia de derechos sindicales y de reunión, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 44º. COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión paritaria del Convenio, como órgano de interpretación y vigilancia del cumplimiento del presente Convenio y del desarrollo y regulación de las relaciones laborales. La Comisión estará formada por un representante de los trabajadores que integraron la Comisión negociadora del Convenio y otro representante de la Empresa. Caso de no llegar a acuerdo la Comisión, sobre las controversias que puedan surgir en la aplicación e interpretación del presente Convenio, se estará a lo dispuesto en el art.91 del E.T.
Cádiz a VEINTIDOS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL.
ANEXO I. GRUPOS Y CATEGORÍAS PROFESIONALES
Grupo profesional I: Encargado.
Grupo profesional II: Dependiente-Camarero, Dependiente-Barman, DependienteCharcutero, DependientePastelero, DependienteBaguettero, Cocinero-Dependiente.
Grupo profesional III: Ayudante Dependiente , Ayudante Cocinero.
Grupo Profesional IV: Pinche, Aprendiz.
Grupo profesional V: Repartidor a domicilio, Personal de Limpieza.
DEFINICIONES DE CATEGORÍAS. Las categorías profesionales previstas anteriormente, tendrán como tareas fundamentales las siguientes:
ENCARGADO: Realiza de manera cualificada, funciones de dirección, planificación, organización y control; así como todas aquellas órdenes y funciones que sean delegadas directamente por la dirección de la Empresa.
Organiza, dirige y coordina el trabajo del personal a su cargo.
Realiza el cierre diario de caja y de inventarios mensuales. Realiza controles de materiales y mercancías, para llevar el control de gastos, etc.
Es responsable de la custodia del fondo de comercio.
Hacer las propuestas de pedidos de mercancías y realizar las compras.
Participar en la formación del personal a su cargo, así como en la selección de la misma.
Realizar funciones de control y supervisión del establecimiento, y de las tareas realizadas a la vista del cliente.
Revisar objetos y maquinaria de uso corriente, con el fin de informar a la Dirección de los desperfectos, y en todo caso, ocuparse del aviso a los servicios técnicos para su rápida reparación.
Elaborar técnicas de motivación al personal para una mayor productividad, consiguiendo un buen clima laboral.
Compagina con sus funciones de dirección y control, de manera cualificada, el servicio directo al cliente y venta de alimentos y bebidas.
Estar al corriente de las nuevas variedades de productos para consumo, así como para su continua innovación.
DEPENDIENTE-CAMARERO: Es el que está a las órdenes del Encargado.
Entre sus funciones están:
Ejecutar de manera cualificada, autónoma y responsable, el servicio y venta de
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alimentos y bebidas.
Preparar las áreas de trabajo para el servicio.
Realizar la atención directa al cliente para el consumo de bebidas o comidas, tanto en sala como en el mostrador.
Deberá conocer y manejar todos los útiles de trabajo.
Elaborar para consumo viandas sencillas.
Transportar útiles y enseres necesarios para el servicio.
Controlar y revisar mercancías y objetos de uso.
Colaborar en el montaje, servicio y desmontaje de buffets.
Cobro de consumiciones a los clientes.
Asi mismo, desempeñara todas las funciones encomendadas por el Encargado.
DEPENDIENTE-BARMAN: Es aquel que está a las órdenes del Encargado.
Entre sus funciones están:
Ejecutar de manera cualificada, autónoma y responsable la venta, distribución y servicio de comidas y bebidas en el bar, así como la preparación de cócteles.
Preparar todo tipo de bebidas.
Preparar diferentes tipos de cócteles y bebidas combinadas.
Tomar los pedidos, distribuirlos y servir las bebidas con sus acompañamientos.
Examinar y controlar las existencias de mercancías.
Recibir y aconsejar a los clientes.
Cobro de consumiciones a los clientes.
Desempeñará todas las funciones encomendadas por el encargado.
DEPENDIENTECHARCUTERO: Está a las órdenes del Encargado, ocupándose de:
Es el empleado encargado de realizar ventas en su especialidad.
Experto en el manejo de utensilios, el corte y presentación de chacinas y otros productos de charcutería.
Preparar para consumo viandas sencillas de todo tipo, en especial de estos productos.
Atender directamente, el servicio y venta de alimentos y bebidas, tanto en mostrador como en sala.
Colabora con el Encargado en la realización del Inventario y en el control de mercancías y materiales.
Colabora, también, en la selección y compras de éstas en su sección.
Transportar útiles y enseres necesarios para el servicio.
Preparar el área de trabajo, así como colaborar en el montaje, servicio y desmontaje de buffets.
Controlar y revisar mercancías y objetos de uso de la sección.
Cobro de consumiciones a clientes.
Realizará todas aquellas funciones que el Encargado le encomiende.
DEPENDIENTE-PASTELERO: Bajo las órdenes del Encargado, es quien teniendo conocimientos técnicos de la fabricación en sus respectivas fases, ejecuta, con iniciativa y responsabilidad, toda o algunas de las labores propias del mismo, con productividad y resultados correctos, conociendo las máquinas, útiles y herramientas que tenga a su cargo para cuidar de su normal eficacia, engrase y conservación.
Colabora con el encargado en la realización del inventario, en los controles de materiales y mercancías. También colabora en la selección y compra de éstas referente a pastelería.
Prepara con iniciativa y con imaginación, los pasteles, dulces, tartas y demás productos de todo tipo para consumo en establecimiento o para llevar. Renovar éstos con nuevas ideas.
Realizar directamente el servicio, atención y venta a los clientes tanto en sala como en mostrador, productos y bebidas para consumo.
Preparar el área de trabajo, así como colaborar en el montaje, servicio y desmontaje de buffets.
Deberá conocer y manejar todos los útiles de trabajo.
Cobro de consumiciones a los clientes.
Cocción de hornos de precocidos. Así mismo, realizará todas las funciones que el Encargado le encomiende.
DEPENDIENTEBAGUETTERO: Es el trabajador bajo las órdenes del Encargado, especialista en montar y preparar baguettes de todo tipo, así como otros platos, para consumo o para llevar.
A su iniciativa, actualizar la carta de su especialidad, con nuevas ideas, estando continuamente al día en las últimas novedades, obligándose a que cada seis meses la carta sea modificada parcialmente.
Realizar la atención directa al cliente para el consumo de bebidas y comidas, tanto en sala como en mostrador.
Prepara el área de trabajo para el servicio, así como colaborar en el montaje, servicio y desmontaje de buffets.
Deberá conocer y manejar todos los útiles de trabajo.
Transportar útiles y enseres necesarios para el servicio.
Controlar y revisar mercancías y objetos de uso.
Cobro de consumiciones a los clientes.
Asi, mismo desempeñara tantas funciones como el Encargado considere oportuno.
COCINERO: Es el encargo de componer y condimentar personalmente los platos de la partida que le haya sido confiada . Cuidará de que los alimentos que se sirvan reunan las condiciones exigidas por el recetario de la cocina nacional ,extranjera y de régimen, ya que deberá dominar estos estilos ; así como el arte de presentar los manjares y montajes de piezas. Debrá suministrar y conseguir un buen rendimiento de las mercancias que se le entreguen para su condimentación. Vigilará la buena administración de las provisiones, a fin de conseguir de todas ellas el rendimiento correcto. Todo esto siempre bajo las órdenes del Encargado del establecimiento.
Es el responsable de la buena manipulación y cuidado de los riesgos sanitarios que pueda afectar al consumidor.
Realizará todas aquellas funciones que sean encomendadas por el Encargado.
AYUDANTE-DEPENDIENTE: Es su misión participar en el servicio de

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/2/2001

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date14/02/2001

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