Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/2/2001

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

3 de febrero de 2001
Sujeto Pasivo RUIZ MENACHO CARLOTA
RUIZ MENACHO ALEJANDRO
SANTA MARIA DE LA BAHIA,S.A.

N.I.F. Expediente 11500031-P
4795
11500030-F
4794
A-11652237
1730

B.O.P. DE CADIZ NUM. 28
Sujeto Pasivo SANTIAGO PEREZ LUIS
SERVICIOS INMOBILIARIOS Y CON.
SOLOZAM CONSTRUCCIONES Y SERV.

N.I.F. Expediente 31168502-Y
6345
A-11605847
3620
B-11686193
5720

Sujeto Pasivo TODOFRESCO,S,L.
TRANSPTES.EL DIRECTO SEVILLA
UNION CONSTRUCTORA SANLUQUEÑA

Página 3
N.I.F. Expediente B-11653664
8962
B-41609546
8615
B-11668662
5003

Sujeto Pasivo SYSTEM BAS,S.L.
VINOS J R FERNANDEZ,S.L.
VULCANIZADOS MARTINEZ,S.L.

N.I.F. Expediente B-11309093
5743
B-11704194
9012
B-11602984
2793

A los citados deudores, se les concede un plazo de DIEZ DIAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia para que comparezca y pueda ser notificados de Actualización deuda y señalamiento de bienes, en esta Oficina Recaudatoria sita en el número 8 de la calle San Marcos en Jerez de la Frontera, en horario de 08 a 15 horas y de Lunes a Viernes. Caso de no comparecer en dicho plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Jerez de la Fra. a 9 de Enero de 2.001. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Rufino Javier Morillo Manzanares Nº 589


SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
ZONA DE JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO DE CITACION PARA NOTIFICAR DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A DEUDORES
A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUARSELA
Rufino Javier Morillo Manzanares, Jefe de la Unidad de Recaudación de Jerez de la Frontera, HACE SABER: No habiéndose podido notificar de forma directa a los sujetos pasivos, cónyuges, acreedores preferentes y terceros poseedores que a continuación se relacionan, en virtud de lo establecido en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, procédase a citárseles por medio de edicto que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, con el fin de que comparezca por sí o por medio de representante.
Sujeto Pasivo LOPEZ TEJEDOR FEDERICO
CASTRO AGUILAR FRANCISCO
GARRIDO GARCIA FRANCISCA
CORTES MAYA ANGEL
CALA SIERRA FATIMA
PEREZ REINA MANUEL
MOUFLIH LAILA
DOÑA GARCIA MARIA INMACULADA

N.I.F. Expediente 31523263-S
152
31613411-A
1238
---------1238
70630983-F
1641
31640700-Z
3107
---------3439
001366444X
3439
---------3457

Sujeto Pasivo PAMPILLON MUÑOZ MIGUEL
JARANA GONZALEZ M DEL MAR
BIRASUR,S.L.
AR DE TRANSACCIONES,S.L.
JIMENEZ GARCIA JOSEFA
BENITEZ PERALTA MONICA
SANCHEZ DE JESUS JOSE M.
ESCOBAR COSTALES JOSE MANUEL

N.I.F. Expediente 31515944-K
3457
31682342-A
4197
B-11695798
6154
B-11690062
6193
31097839-E
6434
31684591-K
6651
31693720-L
6695
---------6853

Sujeto Pasivo BARCA FIGUEROA M DOLORES
LAZARO FERNANDEZ M.ANGELES
DE JODAR BONILLA MANUEL
GONZALEZ.ABREU Y SILVA ANGELA
REBOLLO MOYA ELOISA
MACHIO NARANJO ANSELMO
DOREANA,S.L.
SANCHEZ HUERTA FCO.ALEJANDRO

N.I.F. Expediente 31456427-V
6853
---------6858
---------6858
31483750-Q
6858
---------6860
29698038-R
6860
B-11701265
6889
---------6939

Sujeto Pasivo AQUASUR PISCINAS,S.L.
HERNANDEZ LLANOS ROSA MARIA
CUENCA PADILLA MARIA JOSE
GOMEZ FRANCOS RAFAEL
CARRASCO RUIZ MARIA CARMEN
GONZALEZ MARTIN LUIS

N.I.F. Expediente B-11681822
6939
31496348-X
7682
---------9099
31684640-R
9099
---------9126
1916815-H
9126

A los citados deudores, se les concede un plazo de DIEZ DIAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia para que comparezca y pueda ser notificados de Diligencia de Embargo de Bienes Inmuebles, en esta Oficina Recaudatoria sita en el número 8 de la calle San Marcos en Jerez de la Frontera, en horario de 08 a 15 horas y de Lunes a Viernes. Caso de no comparecer en dicho plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Jerez de la Fra. a 9 de Enero de 2.001. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Rufino Javier Morillo Manzanares.
Nº 592


PRESIDENCIA
ANUNCIO
La Diputación Provincial, está tramitando expediente, para la concesión de honores y distinciones, con motivo del Día de la Provincia.
Tras el dictamen favorable de la Comisión de Gobierno celebrada el 30 de enero de 2001, se abre un periodo de información pública, durante 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P., durante el cual se podrán formular alegaciones. La documentación del expediente, podrá examinarse en la Secretaría General de la Diputación Provincial Plaza de España, s/n, Cádiz en días hábiles, excepto sábados, de 9 a 14 horas, hasta el día en que finalice el plazo de exposición.
Cádiz, 31 de enero de 2001. PRESIDENTE. Fdo.: Rafael Román Guerrero.
Nº 1.104

JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO
CADIZ
CONVENIO COLECTIVO DE JEREZ DE PVC,S.L.
Cógido de Convenio: 1103312
En Jerez de la Frontera a 24 de Noviembre de 2000 se concierta este convenio entre la representación legal de los trabajadores y la de la empresa JEREZ DE PVC, S.L.
estando ambas partes legitimadas y constituidas de acuerdo con lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores.
CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1: Ámbito de aplicación funcional El presente convenio establece las bases y normas por las que regirán las relaciones laborales de JEREZ DE PVC, S.L., y del personal dependiente de la misma, cualquiera que sea su grupo profesional y el lugar o centro de trabajo donde haya de prestar su servicio. A estos efectos quedan integradas en el ámbito funcional de este Convenio Colectivo las actividades de manufactura y comercialización de carpintería de aluminio y de P.V.C. así como el montaje de las mismas, ya sean realizadas en la propia empresa, como participando en sociedades de idéntico o análogo objeto.
Artículo 2: Ámbito territorial Las normas de este convenio serán de aplicación en todos los centros de trabajo de la empresa JEREZ DE PVC,S.L., cualquiera que sea su ubicación geográfica en el territorio español.
Artículo 3: Ámbito Personal Las presentes condiciones de trabajo afectan a todo el personal perteneciente a la empresa JEREZ DE PVC,S.L., incluidos en los ámbitos anteriormente definidos. Quedan excluidos el personal de alta dirección, contratado al amparo de lo establecido en el Real Decreto 1382/1985 de 1º de agosto.
Artículo 4: Ámbito temporal y vigencia El presente Convenio será de aplicación durante los años 2.000, 2001, 2002 y 2003. Inicia su vigencia el 1 de enero de 2000.
Atículo 5: Condiciones mínimas Las condiciones establecidas en el presente Convenio Colectivo se consideran mínimas y en consecuencia, las más beneficiosas, bien por decisiones voluntarias del empresario o contrato individual de trabajo y otra cualquier causa, prevalecerán sobre las aquí establecidas..
Artículo 6: Denuncia y prórroga. Cualquiera de las partes podrá solicitar la
revisión del Convenio, formulando la denuncia por escrito ante la otra parte y ante la autoridad laboral con un mes de antelación al vencimiento del plazo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. Se entenderá prorrogado por un plazo igual al de la duración anteriormente pactado si no mediara denuncia del mismo. Denunciando, el convenio y hasta que no entre en vigor el nuevo que le sustituya, el presente convenio se entenderá prorrogado en todo su contenido normativo.
Artículo 7: Unidad de Convenio. Las condiciones establecidas en el presente Convenio Colectivo constituyen un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación practica, serán considerados globalmente. En el supuesto de ser excluidos algunos de los puntos del mismo por la jurisdicción competente, deberá negociarse todo en su integridad, excepto las tablas salariales que continuaran vigentes hasta la firma de un nuevo Acuerdo de Convenio Colectivo.
Artículo 8: Absorción y Compensación. Las condiciones contenidas en este Convenio Colectivo son compensables o absorbibles respecto de los que vinieran rigiendo anteriormente estimadas en su conjunto y en cómputo anual que superen el presente convenio y los sucesivos.
Artículo 9: Garantía personal. Se respetará a título individual y personal las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, considerándolas en su conjunto y en cómputo anual para todos los trabajadores, mientras se mantengan las mismas condiciones y métodos de trabajo.
Artículo 10: Comisión paritaria. Se constituye una Comisión Paritaria integrada por los miembros de la empresa y los representantes de los trabajadores cuyas funciones serán las siguientes:
1.- Interpretación de la totalidad de los artículos de este Convenio.
2.- Conciliación preceptiva en los conflictos colectivo que puedan plantearse, así como en los que supongan la interpretación de las normas de este Convenio. En todos los casos se planteará por escrito ante la Comisión la cuestión litigiosa y esta Comisión de interpretación, conciliación y arbitraje se reunirá necesariamente en el plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción del escrito emitiendo informe sobre la misma en otro plazo de 15 días.
3.- Establecer el carácter vinculante del pronunciamiento de la Comisión de arbitraje de los problemas o cuestiones derivados de la aplicación de este convenio que le sean sometidos por acuerdo de ambas partes. La comisión fija como sede el domicilio social de la empresa en Jerez de la Frontera Cádiz, Poligono "El Portal", calle Alcalde Cantos Ropero, conjunto C-8, nave 1. Cualquiera de los componentes de esta Comisión podrá convocar dichas reuniones, viniendo obligados la parte convocante a comunicar a todos los componentes esta convocatoria por carta certificada. Todas las cuestiones que deba dirimir la Comisión Paritaria le serán planteadas por escrito procediéndose a la reunión de la misma en un plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción del escrito debiendo emitir el informe razonado en el plazo de 2 meses.
CAPÍTULO II Organización del trabajo Artículo 11: Organización del trabajo. La organización del trabajo con arreglo a lo establecido en este Convenio y a la legislación vigente, es facultad y responsabilidad de la dirección de la empresa que la desarrollará dentro de los límites del ejercicio regular de sus facultades de organización dirección y control del trabajo, atendiendo a las necesidades técnico-económicas de cada momento. La organización del trabajo en JEREZ DE PVC,S.L., tiene por objeto alcanzar en dicha empresa un nivel adecuado de productividad basándose en la utilización óptima de los recursos humanos y materiales, todo ello merced a una actitud activa y responsable de las partes integrantes, dirección y trabajadores. Y en concreto, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.5 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda la polivalencia funcional para la realización de funciones de diferentes grupos o niveles, y a tal efecto se han pactado las condiciones

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 3/2/2001

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date03/02/2001

Page count43

Edition count6007

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