Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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midad a los considerandos del presente.Artículo 2.- NOTIFÍQUESE al interesado.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección General de Personal, a sus efectos, tomen conocimiento, Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO N 1447
RÍO GALLEGOS, 15 de Noviembre de 2021.VISTO:
El Expediente MPCI-Nº 449.151/21, iniciado por el Ministerio de Producción, Comercio e Industria;
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto Nº 3115/07 se ratificó el Convenio Marco suscripto entre los Organismos dependientes del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Secretaría de Estado de Energía de la provincia de Santa Cruz a través del cual, las partes signatarias establecieron los lineamientos generales tendientes a concretar la obra denominada Proyecto de Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz para el Sistema Cóndor Cliff y La Barrancosa;
Que posteriormente por Decreto Nº 3550/07 se procedió a ratificar la Disposición Nº 34/SEE/07 del ex Ministerio de Economía y Obras Públicas mediante la cual se procede al llamado a Licitación Pública de Manifestación de Interés para la Preselección de Empresas o Consorcios de Empresas interesadas en la ejecución de las obras;
Que mediante Decreto Provincial Nº 762/08 se creó la Unidad Ejecutora Provincial para los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz UEPAHRSC y Corredor Eólico Eléctrico de la Zona Centro de la provincia de Santa Cruz en el marco del Acuerdo suscripto con el Estado Nacional, ratificado por Decreto Provincial Nº 3115/07;
Que entre otras cuestiones, el dispositivo aludido determinó que la Unidad Ejecutora funcionaría bajo la órbita del entonces Ministerio de Economía y Obras Públicas y estaría presidida por su titular, ejerciendo el cargo de Coordinador General, siendo asistido por un Coordinador Ejecutivo a cargo del Secretario de Estado de Energía y asesorado por los Intendentes de las localidades allí mencionadas o quienes éstos designen;
Que a su vez, se estableció que la Estructura Orgánica de la Unidad Ejecutora será integrada por las áreas que el Coordinador General y el Coordinador Ejecutivo determinen mediante Resolución;
Que mediante Decreto Nº 2041/08 se ratificó la Resolución Nº 001/08 emanada de la UEPAHRSC que aprobó la estructura orgánica de dicha Unidad Ejecutora, dictándose luego la Resolución Nº 002/09 que efectuó una serie de adecuaciones a dicho instrumento legal;
Que por Resolución Nº 006/09, el ex Ministro de Economía y Obras Públicas como Coordinador General de la UEPAHRSC procedió a instrumentar el texto ordenado de la estructura orgánica, misiones y funciones de la Unidad Ejecutora Provincial para los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz;
Que a través del Decreto Nº 1979/09 se modificó el artículo 4 del Decreto Nº 762/08, determinándose que la UEPAHRSC funcionará bajo la órbita del Ministerio de la Producción cuyo titular ejercerá el cargo de Coordinador General;
Que sin perjuicio de lo manifestado anteriormente, mediante Ley Provincial Nº 3320 se ratificó el Convenio Marco suscripto en fecha 20 de Abril de 2012 - Anexo II-, entre las áreas dependientes del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; la Secretaría de Finanzas y la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura UCOFIN, ambas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; la provincia de Santa Cruz;
la Empresa de Energía Sociedad Anónima ENARSA; el Banco de la Nación Argentina; Nación Fideicomiso Sociedad Anónima y la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima CAMMESA, surgiendo de aquél el compromiso de La Nación, a través de la Secretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Re-

BOLETIN OFICIAL

RÍO GALLEGOS, 07 de Abril de 2022.cursos Hídricos de llevar adelante el proceso licitatorio en forma conjunta con la Secretaría de Energía y la Subsecretaría de Energía Eléctrica;
Que a su vez, la provincia de Santa Cruz asume el compromiso de colaborar y participar en todo el proceso licitatorio aportando el apoyo técnico para la ejecución de la obra, obligándose a cumplimentar una serie de puntos detallados en la cláusula cuarta del mismo;
Que mediante Resolución Nº 778 de fecha 4 de Mayo de 2012, de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación de la ejecución de las obras denominadas APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS DEL RÍO
SANTA CRUZ Presidente Dr. Néstor KIRCHNER - Gobernador Jorge CEPERNIC;
Que posteriormente, mediante Resolución Conjunta Nº 1-E/2017 emanada del Ministerio de Energía y Minería y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable se aprobó la factibilidad de las obras, en función del Estudio de Impacto Ambiental efectuado;
Que mediante Ley Provincial Nº 3528 se aprobó en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre el Estado Nacional a través del Ministerio de Energía y Minería y la provincia de Santa Cruz en el contexto de la ejecución de la obra APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS DEL RÍO SANTA CRUZ Presidente Dr. Néstor KIRCHNER - Gobernador Jorge CEPERNIC, el cual fue ratificado por Decreto Nº 0224/17;
Que del convenio suscripto, surge que las partes reconocen que los derechos de explotación de la obra y su concesión corresponden al Estado Nacional, dejándose a su vez sin efecto el inciso e de la cláusula cuarta del Convenio suscripto en fecha 20 de Abril de 2012, comprometiéndose la Provincia a cumplir con el resto de los compromisos asumidos en aquella oportunidad;
Que asimismo surge que la Provincia percibirá el equivalente al doce por ciento 12 % del importe de la venta de la energía generada por la obra en virtud de la Ley de Energía Eléctrica Nº 15336, sus modificatorias y normas reglamentarias;
Que en función de ello, y en virtud que la creación de la Unidad Ejecutora para los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz ha tenido la finalidad específica de realizar los trámites necesarios para el llamado a la licitación correspondiente para la realización de las obras antes citadas, y en atención a que la misma ha sido asumida por La Nación conforme los fundamentos expuestos precedentemente, corresponde dejar sin efecto el Decreto Nº 762/08, la Resolución MEOP de la Coordinación General de la UEPAHRSC Nº 006/09 y toda otra norma que se oponga al presente instrumento;
Que no obstante ello, y en función a la vigencia de los convenios suscriptos con el Estado Nacional en el marco de la ejecución de las obras antes consignadas, corresponde incorporar bajo la órbita de la Estructura Organizativa del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria aprobada por Decretos Nros. 2050/16 y 0038/17 y modificatoria, las áreas de Secretaría de Estado de Coordinación General ex UEPAHRSC, Dirección Provincial Administrativa y Dirección Provincial de Gestión y Administración que tendrán la vinculación necesaria con las áreas correspondientes que lleven adelante la ejecución de dichos convenios en el marco de la legislación vigente;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 797/21, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, obrante a fojas 92 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 1019/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 103/105;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- INCORPÓRASE a la estructura organizativa del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, a partir del día 01 de Octubre del año 2021, en el Decreto N 2050/16 la Coordinación General ex UEPAHRSC, con nivel Secretaría de Estado y en el Decreto 0038/17 modificado por Decreto N 0962/21, la Dirección Provincial Administrativa y la Dirección Provincial de Gestión y Administración, de acuerdo a las Misiones, Funciones y Orga-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5650 DE 26 PAGINAS

nigramas que como ANEXO I y II, forman parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a efectuar las readecuaciones presupuestarias correspondientes.Artículo 3º.- DÉJASE SIN EFECTO el Decreto Nº 762/08 y toda otra normativa que se oponga al presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria a sus efectos, tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina Del Valle Córdoba ________
DECRETO N 1449
RÍO GALLEGOS, 15 de Noviembre de 2021.VISTO:
El Expediente JP-Nº 799.490/20, elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad pública de la provincia de Santa Cruz, en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que por Ley Provincial Nº 3680, se sustituyó el Artículo 1º de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial Nº 1165/19;
Que la Ley Provincial Nº 746, regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los Códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos, y otras disposiciones legales, referentes a la organización y servicio de la institución y funciones de sus integrantes;
Que mediante Decreto Provincial Nº 0407 de fecha 20
de Abril del año 2020, en su Artículo 1º, se aprueba en todas sus partes la reglamentación del Artículo 10º Ter, Inciso e del Capítulo III de la Ley Provincial Nº 3480, por el cual se conforma el SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS, tendiente a regular la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad de la provincia de Santa Cruz;
Que por el actuado de referencia, la Jefatura de Policía propicia la reincorporación a la Institución Policial, del ciudadano Yamil OLIVA, a partir del día de la fecha;
Que el citado, fue nombrado como Agente de Policía Alta en Comisión mediante Decreto Provincial Nº 0012/14
y promovido a la última jerarquía por Disposición SES - Nº 033/18;
Que mediante Resolución Ministerial MG - Nº 531/19, emanada por el Ministerio de Gobierno de la provincia de Santa Cruz, se procedió a dar de baja, a su solicitud, a partir del día 05 de Abril del año 2019, al Policía Yamil OLIVA, comprendido en los términos del Artículo 14º Inciso a de la Ley Provincial Nº 746, obrante a fojas 27 y vuelta;
Que a fojas 02, obra Nota de fecha 16 de Marzo del año 2020, presentada por el señor Yamil OLIVA, por medio de la cual solicita la reincorporación a la Institución Policial;
Que interviene la Asesoría Legal y Técnica dependiente de la Superintendencia de Bomberos de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, mediante Nota Nº 014-DALyT/20, obrante a fojas 08;
Que el peticionante ha reunido los requisitos establecidos en el Artículo 128º Inciso a y Artículo 131º de la Ley Provincial Nº 746, presentando su solicitud dentro de los tres 3 años y haber reunido el perfil psicológico y aptitud física, obrante a fojas 42/43;
Que dicha reincorporación no genera ningún tipo de reclamo económico y/o jerárquico, por no haber existido efectiva prestación de servicios;

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date07/04/2022

Page count26

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

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