Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/11/2019

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Nº 26.770- 208/19

PARANA, jueves 7 de noviembre de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE CULTURA Y COMUNICACION
DECRETO Nº 2421 MCyC

Paraná, 14 de agosto de 2019
Aprobando la contratación directa, por vía de excepción, realizada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad, de los siguientes avisos oficiales: Campaña correspondiente al Ministerio de Gobierno y Justicia/ Concientización Contra la Trata de Personas/ Gobierno de Entre Ríos y Campaña correspondiente al Ministerio de Gobierno y Justicia/ Concientización Contra la Trata de Personas/ La Trata Existe Denunciá, Todos Podemos Ser Victimas/
Gobierno de Entre Ríos, con difusión entre los días 7 y 31 de mayo del corriente año, en distintos medios televisivos, radiales y gráficos, por la suma total de hasta $ 1.567.441,74, según órdenes de publicidad emitidas por el Ministerio competente y conforme al detalle que como anexos pasan a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 10, Decreto N404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con el artículo 142º, inciso 11, apartado b del Decreto N 795/96 MEOSP, Decreto N 2991/96 MEOSP de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar a las distintas firmas las sumas respectivas detalladas en el Anexo A y a emitir las correspondientes órdenes de pago a fin que la Tesorería General de la Provincia haga lo propio con lo detallado en el Anexo B, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N 108/18 MEHF, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y Certificado de Libre Deuda conforme Resolución N 16/12 de la ATER, y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
DECRETO Nº 2422 MCyC
CREANDO PROGRAMA
Paraná, 14 de agosto de 2019
VISTO:
Las gestiones realizadas por la Secretaría de Turismo y Cultura dependiente del Ministerio de Cultura y Comunicación; y CONSIDERANDO:
Que por la misma y habiendo sido declarada la Provincia de Entre Ríos en 2015 como la Capital Nacional de los Circuitos Termales mediante Ley Nacional N 27.158, contando con 5 circuitos los que conectan 13 localidades, 15 complejos termales y más de 125 pisci-

E D ICION: 20 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
nas, se eleva propuesta para la creación del Programa de Termalismo Social para poder impulsar e incrementar el turismo en nuestro territorio provincial, atento a la gran relevancia que tiene la unión y coordinación de los agentes públicos y privados a los fines de concretar dichos objetivos, considerando además a los Complejos Termales como una de las grandes ofertas que nuestra provincia ofrece; y Que el turismo social facilita el acceso a la actividad de un segmento de la población con escasos recursos y permite direccionar la demanda turística en tiempo y espacio, aumentando el nivel de demanda del sector. En este sentido consideramos que el mismo constituye, además de cumplir con su finalidad principal de mejorar la calidad de vida de una determinada porción de la población, a través de una política integral, una herramienta útil para resolver ciertos problemas que presenta la actividad turística en general y la industria hotelera en particular; y Que la presente propuesta está orientada, por un lado, a otorgar mayores y mejores servicios de turismo al sector de la población económicamente vulnerable y por el otro a disminuir el problema de la estacionalidad de la demanda como así también promover destinos emergentes corredores no tradicionales y fomentar la práctica del turismo extendiendo los plazos de descanso a lo largo del año.
De esta manera se buscan soluciones alternativas para problemas como la estacionalidad de la demanda, la capacidad ociosa de oferta hotelera en muchos destinos de la provincia y la inactividad de destinos emergentes como opción turística. como así también la revitalización de las PYMES hoteleras y la generación de fuentes de trabajo; y Que el programa de Termalismo Social tiene por objetivo impulsar el turismo interno de nuestra provincia queriendo con ello fomentar la concientización turística, generando así un sentido de pertenencia de nuestro patrimonio natural y cultural, por todos los entrerrianos; y Que asimismo se debe remarcar que el uso de recursos termales contribuye a la salud, siendo numerosos los estudios que confirman la vasta variedad de componentes físicos-químicos que contienen las aguas de los distintos complejos termales en nuestro país. Estas características propias del recurso hídrico le dan condiciones para ser utilizadas con fines terapéuticos en la cura de enfermedades tan diversas como artrosis, artritis reumatoidea, espondilitis anquilosante, lumbalgia crónica, fibromialgia, psoriasis, insuficiencia cardíaca, rehabilitación de patologías motoras congénitas o adquiridas, como prevención en individuos sanos para elevar su calidad de vida; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura y Comunicación, emite Dictamen N 331/19, en forma favorable a lo solicitado en autos; y

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/11/2019

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Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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