Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 18 de setiembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

ría de Turismo y Cultura/ Gobierno de Entre Ríos y Campaña correspondiente al Ministerio de Cultura y Comunicación/ Entre Ríos en Semana Santa es bienestar/ Entre Ríos Cerca Tuyo - Secretaría de Turismo y Cultura/ Gobierno de Entre Ríos, con difusión en el mes de abril del corriente año, por la suma total de hasta $ 1.678.215,78, según órdenes de publicidad emitidas por dicho Ministerio, y conforme al detalle que como anexos pasan a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 10, Decreto N404/95 MEOSP, t.u.o de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N8964, concordante con el artículo 142º, inciso 11, apartado b del Decreto N 795/96
MEOSP, de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar a las distintas firmas las sumas respectivas detalladas en el Anexo A, y a emitir la correspondiente orden de pago a fin que la Tesorería General de la Provincia haga lo propio con lo detallado en el Anexo B, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N 108/18 MEHF, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y Certificado de Libre Deuda conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER, y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.

MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 1267 MP

Paraná, 23 de mayo de 2019
Reconociendo la efectiva prestación de servicios en la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos a partir del 11 de abril de 2019
y hasta la fecha del presente, del señor Ricardo Martiniano Abasto, DNI Nº 14.604.500, legajo Nº 103.882.
Adscribiendo a la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos, a partir de la fecha del presente y hasta el 10 de diciembre de 2019, al señor Ricardo Martiniano Abasto, DNI Nº 14.604.500, Legajo Nº 103.882, con situación de revista en un cargo categoría 2, Clase Administrativo y Técnico, Grupo Administrativo, Tramo c Supervisión del Escalafón General en la planta de personal permanente de la actual Subsecretaría de Producción Primaria de la Secretaría de Producción, conforme Decreto Nº 4480/17 M.P.
Determinando que la Honorable Cámara de Senadores comunicará a la Subsecretaría de Producción Primaria de la Secretaría de Producción, las novedades respecto a la asistencia, puntualidad y licencias de las que hiciera uso el señor Abasto.
Estableciendo que los organismos pertinentes, efectuarán las notificaciones correspondientes al agente interesado y a la Dirección General de Recursos Humanos.
DECRETO Nº 1268 MP
RECTIFICANDO ARTICULO
Paraná, 23 de mayo de 2019
VISTO:
El Decreto N 4940 MP emitido en fecha 27 de diciembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante la enunciada norma legal se ratificó el Convenio de Implementación de Ayuda Económica a Empresas Productivas Críticas - Componente B, celebrado en fecha 5 de diciembre del 2016
entre la Provincia de Entre Ríos y la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación y la Resolución N
1422/16 MPySE y se asignó un aporte no reintegrable de hasta pesos siete millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos ochenta y cinco $ 7.469.585, a favor de las actividades productivas consideradas críticas, financiados por hasta pesos cuatro millones novecientos setenta y nueve mil setecientos veintitrés $ 4.979.723, con fondos provenientes de dicho acuerdo y por hasta pesos dos millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y dos $
2.489.862, con recursos del Fondo de Desarrollo Energético de Entre Ríos F.D.E.E.R.; y Que mediante su artículo 3 se dispuso que la Secretaría de Producción será el organismo responsable de recepcionar los fondos provenientes del convenio para transferirlos a la cuenta corriente que indique la Secretaría de Energía con destino a la atención de las bonificaciones sobre las tarifas de consumo de electricidad; y Que durante el ejercicio 2018, no se concreto la transferencia precedentemente enunciada, por lo que se procede a imputar al ejercicio 2019; y Que por lo expuesto corresponde modificar el artículo 4 del Decreto N 4940/18 MP; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección General de Administración y la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Rectifícase el artículo 4 del Decreto N 4940/18 MP, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

3

Artículo 4.- Impútase la transferencia establecida en el artículo 3 del presente decreto a la siguiente partida del presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2019 - Ley N
10.660: Dirección de Administración 965 - Carácter 1 - Jurisdicción 15 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 92 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 9 - Función 90
- Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente 5258 - Inciso 9 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1 - Subparcial 5968 - Departamento 84
- Ubicación Geográfica 07 por pesos cuatro millones novecientos setenta y nueve mil setecientos veintitrés $ 4.979.723.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Hacienda conforme autorización conferida por el Decreto Nº 3593/17 GOB.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Producción; cumplimentando remítanse a la Secretaría de Energía, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
MUNICIPALIDAD DE PARANA
ORDENANZA Nº 9850
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Honorable Concejo Deliberante Evita, abanderada de los y las humildes en el año centenario del nacimiento de María Eva Duarte de Perón El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A :
Art. 1: Modifíquese el Artículo 1de la Ordenanza N9775, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Articulo 1: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a favor del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, con destino exclusivo a la construcción de la Escuela N 78
Intendente Juan Carlos Esparza una fracción de terreno, que según Plano de Mensura registrado ante la Dirección de Catastro de la Provincia de Entre Ríos bajo el N 219.921 se ubica en Municipio de Paraná, Area Urbana, Distrito U.R.6., Sección 10, Manzana 2, Lote XX, domicilio parcelario: Avenida Francisca Arias de Larramendi N2154 y consta en una superficie de diez mil metros cuadrados 10.000 m2 que se desglosa de una fracción de mayor superficie Plano de Mensura N 139.717- inscripto a nombre de la Municipalidad de Paraná, bajo Matrícula N 167.279, Sección Dominio Urbano del Registro Público de la Propiedad del Inmueble de la Ciudad de Paraná. Conforme a los antecedentes obrantes en el Expediente registrado bajo el N 14353/2019-2422-64 el cual se encuentra en la Dirección de Escribanía de la Municipalidad de Paraná.
Art. 2: Reemplácese el Anexo I de la Ordenanza 9775, incorporando el Croquis que como Anexo I forma parte de la presente ordenanza.
Art. 3: Comuníquese.
Paraná, Sala de Sesiones, 15 de agosto de 2019
Josefina B. Etienot Presidente H. Concejo Deliberante Daniel Lendaro Prosecretario H. Concejo Deliberante DECRETO Nº 1862
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Paraná en la sesión de fecha 15 de Agosto de 2019; y CONSIDERANDO:
Que, la citada norma modifica el Artículo 1 de la Ordenanza N
9775 y reemplaza el Anexo I de la misma;
Que, corresponde hacer uso de las facultades atribuidas en el Artículo 107 Inciso c de la Ley N 10.027 y modificatoria Ley N
10.082 Orgánica de los Municipios;
Por ello;
El Presidente de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1: Promúlguese la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión de fecha 15 de agosto de 2019, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, la que queda registrada bajo el N 9850.
Art. 2: El presente es refrendado por el Sr. Secretario de la Secretaría Legal y Técnica.
Art. 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Sergio Fausto Varisco Presidente Municipal Walter Rolandelli Secretario Legal y Técnico

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/9/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/09/2019

Page count18

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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