Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/4/2019

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Nº 26.624- 062/19

PARANA, lunes 1 de abril de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 3702 MS

Paraná, 6 de noviembre de 2018
Autorizando la contratación directa -vía de excepción con la Firma Home Care Litoral, CUIT 30-71245885-9, por un período de 12 meses, por un importe mensual estimado de $ 273.491 y un total estimado de $ 3.281.892.
Aprobando el contrato de asistencia sanitaria suscripto entre el Ministerio de Salud, representado por la Sra. Lic. Mag. Sonia Mabel Velázquez, DNI N 17.703.326 y la firma Home Care Litoral, representada por el Sr. David Alberto Abud, DNI Nº 26.150.300, el cual tendrá una vigencia de 12 meses a partir de la fecha de suscripción del mismo.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a realizar la correspondiente solicitud de fondos y pago mensual a través del Departamento Tesorería dependiente de la misma o de la Tesorería General de la Provincia dependiendo del monto, a la firma Home Care Litoral, CUIT 30-71245885-9, previa presentación de las facturas originales y en el marco de las normativas impositivas vigentes ante la Dirección General de Hospitales del Ministerio supra citado, quién deberá conformar las mismas e iniciar la solicitud de pago correspondiente mensualmente y sujeto a auditorio médica de evolución del paciente.
DECRETO Nº 3706 MS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 6 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el señor Director del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, en fecha 23.10.18
denuncia y pone en conocimiento de la superioridad del hecho ocurrido en las instalaciones de dicho hospital a su cargo baño de enfermería de la zona de terapia/vestuario cerrado; y CONSIDERANDO:
Que de dicho informe surge que el día 21.10.2018, la enfermera Laura Florencia Riedel denunció ante la justicia penal ver constancia de fs. 4/6 de autos, que, en el baño o vestuario de enfermería de terapia intensiva del hospital, lugar donde trabaja, observó que en el perchero había colgada una campera, de la cual venía un pip. Al revisar la misma, la Sra. Riedel encuentra en dicha campera, en uno de sus bolsillos, amarrado, un celular con cámara, verificando que la
E D ICION: 26 Págs. - $ 10,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
misma estaba filmando a través de un orificio de la misma. Pudo verificar que había sido grabada borro esa filmación y que habían sido gravadas compañeras de trabajo cambiándose o desnudas;
Que la mencionada agente hace responsable al Sr. Wa lter Adrián Monzón, cuya situación de revista obra a fs. 14 de autos, en razón que el celular coincidía con el que él tenía y además, en virtud que la enfermera Gabriela González, compañera de la guardia junto a Monzón, al momento del cambio de guardia observa lo mismo que la denunciante, es decir, la campera y el celular adentro de la misma filmando. La agente González vio los vídeos, fotos e inclusive un vídeo de Monzón desnudo tocándose, por lo que la denunciante confirma que era Monzón el responsable;
Que fueron testigos además de los hechos, conforme surge a fs.
16 vta., los, agentes Juliana Lainio y Lorena Anceri, que también vieron los vídeos;
Que de la denuncia penal en Fiscalía, de fecha 21.10.18, a las 19:58 hs., contra el Sr. Monzón por parte de la agente Riedel, no sólo ratifica lo expuesto por el Sr. Director en su denuncia, sino que se expresa en la misma que, conforme lo que le contó la Sra.
Gabriela González, que Después se reunieron todas las chicas en el baño, porque algunas se largaron a llorar. Lucio Blanc fue a la sala y preguntó de quien era el celular que estaba adentro de la campera negra en el baño que estaba filmando y Monzón se levantó rápido y se fue al baño. El sacó el celular de la campera y se lo guardó en su mochila;
Que a fs. 9/12 obra el libro de guardia de enfermería de la UTI de fecha 21.10.18, donde consta el hecho denunciado y se identifica al agente Monzón, como el responsable de los mismos;
Que asimismo obra informe de la Jefa del Departamento Enfermería del Ministerio de Salud, quien acompaña la copia de la denuncia penal, una nota de la delegada de ATE y las constancias del libro de guardia, con más un informe de la Lic. Silvia Salomón Jefa del Dto. Enf. del HSRP, donde consta que se le ha dado apoyo psicológico y abordaje a todo el grupo por parte del equipo de Salud Mental de dicho hospital a los fines de su contención;
Que con relación al Sr. Monzón, el Sr. Director del nosocomio, informa que se reunió con el agente en cuestión -denunciado- , y que el mismo se encontraba con un evidente cuadro de angustia, manifestando que se encontraba con un desequilibrio emocional y psicológico, simplemente se lo escuchó y se contuvo la situación;
Que de los hechos denunciados en autos contra el Sr. Wa lter Monzón, agente del sector Enfermería del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, y en relación a la grave imputación de violación calificada a la privacidad en horario y lugar de trabajo en

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/4/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date01/04/2019

Page count26

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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