Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/10/2016

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Nº 26.026 - 184/16

PARANA, lunes 3 de octubre de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 967 MGJ
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 26 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Dr. Ramiro J.H. Pereyra, en carácter de apoderado legal de la Sra. Marcela Verónica Daniela Fabre contra la Resolución DAI N
1057/15; y CONSIDERANDO:
Que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, el recurrente introduce el planteo en tiempo y forma según los términos de los Arts. 60 y 62 de la Ley 7060; y Que, resulta conveniente destacar que el único acto administrativo susceptible de ser cuestionado por la presente vía, es la Resolución DAI N 1057/15 que versa exclusivamente sobre el rechazo por extemporaneidad, del planteo de nulidad y apelación en subsidio que la recurrente interpusiera contra la Resolución DAI N 724/14; y Que, dicha resolución determina tener por interpuesto el recurso en forma extemporánea de conformidad con lo normado por el Art. 221
de la Ley 5654/75, en virtud de que los plazos para el supuesto se cuentan por días corridos y que el recurso de apelación en subsidio no se encuentra contemplado en la normativa vigente por lo que resulta improcedente su tratamiento; y Que, el trámite administrativo de referencia registra su génesis a partir del dictado de la Resolución J.D.E.S.G. S.P. N59/13 que dis-

E D ICION: 20 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
puso la instrucción de una información sumaria a los fines de establecer carácter administrativo de las lesiones sufridas por la Cabo Marcela Fabre en el contexto del Art. 259º bis del Reglamento General de la Policía; y Que, su encuadramiento en dicho dispositivo tiene implicancias en el régimen policial, porque el uso de licencias por enfermedad tiene trascendencia sobre otras aristas administrativas, por ejemplo en el sistema de ascensos.
Es por tanto, una investigación de carácter interno, que no guarda ninguna relación con el régimen disciplinario especial y específico del Reglamento Policial y de las vías recursivas previstas para ello; y Que, los recursos en el marco de los sumarios administrativos seguidos contra el personal policial se encuentran regulados en el régimen especial aplicable Ley 5654 por lo cual no resulta procedente acudir al régimen general de la Ley 7060 en materia disciplinaria, salvo, como el presente caso, donde resulta aplicable la norma supletoria ya que las impugnaciones de las decisiones de las autoridades policiales sobre materia ajena a lo disciplinario, no poseen un sistema recursivo propio o especial; y Que, en consecuencia a la impugnación introducida a fs. 158/159 por la demandante no debieron computársele los plazos como días corridos, así como lo prevén las formalidades sumariales del Reglamento General del Policía, sino aquellas normativas de la Ley 7060
que se tornan aplicables en este cado, donde consta que el plazo debe estimarse en días hábiles; y Que, por lo expuesto corresponde conceder la razón a la reclamante sobre aquello concerniente a la extemporaneidad de la presentación del instrumento impugnatorio contra la
Resolución 742 y por ende, deberá ser este reevaluado por la autoridad policial como de apelación jerárquica, conforme los argumentos sustanciales plasmados, en pos de emitir un fallo equitativo y concluyente; y Que, obran respectivas intervenciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia y de la Fiscalía de Estado de la Provincia quienes se pronuncian en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de apelación jerárquica interpuesto por la Cabo de Policía Marcela Verónica Daniela Fabre, MI N
2 4 . 5 9 2 . 3 1 5 c o n t r a l a R e s o lu c ió n D A I N º 1057/14 ello en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 968 MGJ
Paraná, 26 de abril de 2016
Dando de baja por fallecimiento, a partir del día 9 de enero de 2016, al Comisario Principal Héctor Humberto La Paz, MI N 20.582.024, clase 1968, LC Nº 110.131, L.P. N 21.025, numerario de la Jefatura Departamental Islas.
Encuadrando en las disposiciones del Art.
122 Inc. a de la Ley Nº 5654/75 y sus modificatorias.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/10/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date03/10/2016

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Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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