Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 198
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1481
Córdoba, 29 de septiembre de 2023
VISTO: el Expediente Digital N 0623-122527/2023 del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones desde el Ministerio de referencia se propicia la titularización de docentes interinos, dependientes de la Dirección General de Educación Superior, nominados en autos, en los términos del artículo 3 de la Ley N 10.729.
Que la Inspección de la Dirección General de Educación Superior, dependiente del Ministerio de Educación, insta la titularización de los docentes interinos que nómina; a cuyo efecto, se adjunta la documentación requerida mediante Memorándums Nros. 3/2021 y 1/2022 de la Secretaría de Educación; incorporándose también la imputación presupuestaria, a fin de atender lo gestionado.
Que se incorpora nota suscripta por la señora Secretaria de Educación, en la que certifica la acreditación por parte de los docentes en cuestión, de los requisitos de titulación necesarios para la medida que se impulsa.
Que se expide favorablemente el servicio jurídico del Ministerio de Educación, a través del Dictamen N 2023/00001101.
Que obra el Visto Bueno del señor Ministro de Educación a la gestión de marras.
Que en ese marco, a mérito de lo informado por las autoridades educativas competentes y las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N
10.729 modificatoria del Decreto-Ley N 214-E/1963, así como el Acta Acuerdo concertada entre el Ministerio de Educación y la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba en fecha 3 de abril de 2020, homologada por Resolución N 189/2020 del Ministerio de Trabajo, y su Adenda de fecha 21 de noviembre de 2021, homologada por Resolución N 427/2021 de la citada Cartera de Trabajo, procede hacer lugar a lo solicitado, disponiendo las titularizaciones de docentes nominados en autos.
Que no obstante, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones en cuestión, el Ministerio de Educación deberá requerir a los docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual y/o antecedentes penales, en caso de corresponder, en razón del tiempo transcurrido desde la emisión de aquéllos incorporados en autos. Asimismo, y en tal oportunidad, deberá la Cartera de origen verificar nuevamente la situación de incompatibilidad de los docentes mencionados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 1200/2023 y en uso de atribuciones conferidas
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1481 Pag. 1
Decreto N 1482 Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 378 Letra:D Pag. 2
Resolución N 379 Letra:D Pag. 3
Resolución N 380 Letra:D Pag. 4
Resolución N 385 Letra:D Pag. 5
Resolución N 387 Letra:D Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA GRAL. Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N 16 Letra:D Pag. 6
Resolución N 21 Letra:D Pag. 6
AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Resolución N 25 Pag. 7
Resolución N 26 Pag. 9
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Resolución N 829 Pag. 10
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Fe de Errata Pag. 11
PODER JUDICIAL - AREA ADMINISTRACIÓN
Resolución N 280 / AG Pag. 11
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 117 Pag. 12
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Incentivo Docente Pag. 18
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Acuerdo N 35 Pag. 19

por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE la titularización de los docentes nominados en el Anexo I el que, compuesto de una 1 foja útil, forma parte de este instrumento legal, en la órbita de la Dirección General de Educación Superior del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- INSTRÚYESE al Ministerio de Educación para que, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones dispuestas en el artículo precedente, se requiera a los docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual y/o antecedentes penales, en caso de corresponder; y se verifique la situación de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date18/10/2023

Page count19

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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