Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MIÉRCOLES 4 DE OCTUBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 190
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1472
Córdoba, 29 de septiembre de 2023
VISTO: El expediente Nº 0473-085277/2023 del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por el inciso a del artículo 122 de la Ley N 10.854, se faculta al Poder Ejecutivo para adecuar exenciones, mínimos, impuestos fijos, disposiciones, escalas y alícuotas, respecto, entre otros, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con posterior ratificación por parte de la Legislatura Provincial.
Que bajo el diseño concebido para la política tributaria, esta Administración ha instrumentado diversas medidas con el propósito de reducir el costo impositivo de las actividades económicas desarrolladas en el ámbito de la Provincia de Córdoba.

Que el Capitulo Sexto del Título Segundo del Libro Segundo del Código Tributario Provincial -Ley N 6006 TO 2023- establece un Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes locales, mediante el cual ingresan un importe fijo mensual de acuerdo a la categoría de revista en el sistema nacional.
Que aquellos contribuyentes que realizan sus actividades en más de una jurisdicción provincial o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires CABA deben tributar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante el Régimen del Convenio Multilateral y, en el marco de las disposiciones actuales del Convenio, no se encuentra previsto la aplicación de regímenes simplificados de pago -mediante monto de cuota fijani tampoco la posibilidad de establecer entre las distintas jurisdicciones en que se ha perfeccionado el hecho imponible por el desarrollo de la actividad, un posible mecanismo de distribución del gravamen recaudado mediante el pago de un monto fijo.
Que en el marco de la modernización y simplificación tributaria que viene implementado esta Administración, desde el Ministerio de Finanzas se impulsa -en esta oportunidadinstrumentar, en forma excepcional, una limitación de las cargas tributarias respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Córdoba que soportan los sujetos incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes RS Monotributo Nacional y que deben tributar por el Régimen del Convenio Multilateral, a los fines de lograr equiparar su situación con el monto de la obligación tributaria que ingresan los contribuyentes locales.
Que en ese sentido, resulta necesario disponer que el monto del impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a la Provincia de Córdoba que fuera determinado por los contribuyentes mencionados para cada
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1472 Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 311 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 329 - Letra:D Pag. 3
Resolución N 330 - Letra:D Pag. 4
Resolución N 331 - Letra:D Pag. 5
Resolución N 333 - Letra:D Pag. 6
Resolución N 336 - Letra:D Pag. 7
Resolución N 337 - Letra:D Pag. 9
Resolución N 339 - Letra:D Pag. 10
Resolución N 342 - Letra:D Pag. 11
Resolución N 343 - Letra:D Pag. 12
Resolución N 372 - Letra:D Pag. 13
Resolución N 387 - Letra:D Pag. 14
Resolución N 395 - Letra:D Pag. 15
Resolución N 399 - Letra:D Pag. 16
Resolución N 400 - Letra:D Pag. 17
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N 5 Pag. 17
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 645 Pag. 18
Resolución N 646 Pag. 18
Resolución N 647 Pag. 19
Resolución N 648 Pag. 19
Resolución N 649 Pag. 20
MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN
Resolución N 15 Pag. 20
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N 13 - Letra:D Pag. 21
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 1825 - Serie:A Pag. 22
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 116 Pag. 24

anticipo mensual, no podrá superar el importe fijo que, de acuerdo a su categoría de revista, ingresan los contribuyentes locales incluidos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que luce el Visto Bueno del señor Ministro de Finanzas a lo gestionado.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo informado por la Unidad de Asesoramiento Fiscal del Ministerio de Finanzas mediante Nota N 21/2023, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Legal y Técnica del Ministerio de Finanzas con el N 2023/

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date04/10/2023

Page count25

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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