Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones, Plano, Cómputo Ítems del Contrato, Presupuesto Oficial y Listado de Planos, todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante el artículo 1º de la Resolución Nº 2023/000-00000384 de su Directorio y proveído de fecha 12 de septiembre de 2023.

Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que el objeto de la presente Obra propende a RESTAURAR LAS REDES VIALES PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, correspondientes a la jurisdicción del Consorcio Caminero Regional de que se trata;
de esta forma, mejorar la transitabilidad y seguridad para los usuarios de las vías, como así también obtener una economía en el transporte. Por su parte, la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de las tareas de mantenimiento, que se proponen sea a través de la Regional, se traduce en un importante ahorro administrativo, ya que confiere agilidad y versatilidad en los procedimientos descriptos.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 01.
Que por Resolución Digital Ministerial N 2023/00000189 se autorizaron los trabajos por el período de julio a septiembre del 2023, proponiendo en la presente instancia se adjudiquen las tareas de que se trata por el plazo de tres 3 meses a contar de la fecha del Acta de Replanteo inicial;
esto es a partir del 01 de Octubre al 31 de Diciembre de 2023, conforme surge del Art. 24 del Pliego Complementario de Condiciones.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 01, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 45.228.460,28, comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 apartado IV incisos 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.
Que se agrega Documento Contable Orden de Compra N
2023/001163, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la derogación que lo gestionado demanda.

Que en relación a la incorporación del Art. 103 Sub Ítem Nº 103

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 193
CORDOBA, R.A. LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido dentro del Presupuesto Oficial aprobado por la Dirección de Vialidad y que en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tramitarse por vía independiente ante la autoridad competente.

Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 2.135/2019.
Que obra Dictamen Nº 2023/00000466 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6.233, conforme lo establecido por los artículos 4 quáter y 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8.614, modificada por Ley Nº 10.417 y visto la Ley Nº 10.852, puede contratarse directamente con el Consorcio Caminero Regional Nº 01, la ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 2023/00000466 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Caminero Regional N 01 la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA - REGIÓN 01 - AÑO 2023 CUARTO TRIMESTRE - DPTOS.:
CRUZ DEL EJE - ISCHILÍN - MINAS - PUNILLA, por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Millones Doscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Sesenta con Veintiocho Centavos $ 45.228.460,28 y con un plazo de ejecución de tres 3 meses, conforme Planos, Cómputo de Ítems del Contrato y Presupuesto Oficial que, como Anexo I compuesto de seis 6 fojas, forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Cuarenta y Cinco Millones Doscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Sesenta con Veintiocho Centavos $ 45.228.460,28, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección de Vialidad en su Documento de Contabilidad Orden de Compra N 2023/001163, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 505-000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros, Centro de Costo 0455 Mejoramiento de Ambas Redes Sin Discriminar del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director de la Dirección de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento Administración y Personal de la Dirección de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date09/10/2023

Page count17

Edition count4144

First edition01/02/2006

Last issue21/05/2024

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