Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/09/2023 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 176
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1258
Córdoba, 5 de septiembre 2023
VISTO: el Expediente Digital N 0110-002542/2023 del registro de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la titularización de docentes interinas nominadas en autos, en cargos de Ayudantes Técnicos, en establecimientos educativos pertenecientes al Programa de Inclusión y Terminalidad de la Educación Secundaria PIT, dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación, en los términos del artículo 3 de la Ley N 10.729.
Que la referida Dirección General de Educación Secundaria, dependiente del Ministerio de Educación, insta la titularización de las docentes interinas que nomina, en el ámbito de los establecimientos educativos detallados.
Que al efecto, se adjunta la documentación requerida para su titulación; incorporándose también la imputación presupuestaria, a fin de atender lo gestionado.
Que se adjunta nota suscripta por la señora Secretaria de Educación, en la que certifica la acreditación por parte de las docentes, de los requisitos de titulación requeridos para la medida que se propicia.
Que obra el Visto Bueno del señor Ministro de Educación a la gestión de marras.
Que en ese marco, a mérito de lo informado por las autoridades educativas competentes y las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N 10.729, modificatoria del Decreto-Ley N 214-E/63, así como el Acta Acuerdo concertada entre el Ministerio de Educación y la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba en fecha 3 de abril de 2020, homologada por Resolución N 189/2020 del Ministerio de Trabajo, y su Adenda de fecha 21 de noviembre de 2021, homologada por Resolución N 427/2021 de la citada Cartera de Trabajo, procede hacer lugar a lo solicitado, disponiendo las titularizaciones de las docentes nominadas en autos.
Que por otra parte, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones aquí dispuestas, el Ministerio de Educación deberá requerir a las docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual, en caso de corresponder, en razón del tiempo transcurrido desde la emisión de aquéllos incorporados en autos. Asimismo, y en tal oportunidad, deberá la Cartera de origen verificar nuevamente la situación de incompatibilidad de las docentes titularizadas, arbitrando las medidas pertinentes.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1258 Pag. 1
Decreto N 1259 Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 210 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 282 - Letra:D Pag. 3
Resolución N 285 - Letra:D Pag. 4
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución N 231 Pag. 6
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 94 Pag. 7
Resolución General N 107 Pag. 9

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación al N 2023/00000921, por Fiscalía de Estado bajo el N 1048/2023 y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE la titularización de las docentes nominadas en el Anexo I que, compuesto de una 1 foja útil, forma parte de este instrumento legal, en los cargos y establecimientos educativos que se detallan para cada uno de ellos, dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- INSTRÚYESE al Ministerio de Educación para que, de manera previa a la efectivización de las titularizaciones dispuestas en el artículo precedente, requiera a las docentes en cuestión la actualización de las certificaciones emitidas por los registros de deudores alimentarios morosos y de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual, en razón del tiempo transcurrido desde la emisión de aquéllos incorporados en autos, y se verifique su situación de incompatibilidad, arbitrando las medidas pertinentes, en caso de corresponder.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

1

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/09/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/09/2023

Page count11

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

Download this edition

Other editions