Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

los servicios y de los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.
Que por otra parte, la Prestadora tiene autorización para la prestación del servicio conforme Contrato de Concesión celebrado con la provincia de fecha 13/9/2002, a aprobado por Decreto N 1538 del Poder Ejecutivo de fecha 15/10/2002 actualmente prorrogado, aplicándose para el análisis del presente la sección 14 del Anexo I: Pliego Particular de Condiciones para Concesión de la Explotación y Mantenimiento de Plantas de Tratamiento y Redes de Desages Cloacales. Que la Concesionaria mediante nota de fecha 15/4/2021, solicita la habilitación del procedimiento de revisión, con fundamento en lo dispuesto en el Contrato de Concesión en la sección 14, numerales 14.3.1; 14.4 inciso b, 14.6; 14.7 y 14.8. Que incorporado el Informe del Área de Costos y Tarifas de fecha 11/6/ 2021, el mismo confirma como último período de revisión tarifaria el comprendido entre los meses de Agosto 2018 a Diciembre de 2019.

Se plantea la revisión tarifaria por el período Diciembre 2019 Abril 2021 argumentando un proceso inflacionario objetivo y creciente y acreditado en la evolución del IPC Córdoba del 57,59% para el período bajo análisis
Ahora bien, esta Vocalía sostiene, que el rasgo que verdaderamente define al año 2020 es la pandemia por Covid -19, cuyo impacto, por lo inédito, brutal y extraordinario golpeó al mundo entero pero, para Argentina y Córdoba, la virtual paralización de todas las actividades económicas, sociales, educativas, deportivas e industriales en general, produjeron en el tiempo el cierre definitivo de miles de fábricas, comercios, emprendimientos y fuentes laborales y de los ingresos en general.
No hubo sector, ni familia, ni hogar que no haya sentido su impacto. La pandemia representó una lupa gigante que reveló carencias e imprevisiones para todos los sectores, para todos los bolsillos. Es por ello que poner el foco exclusivamente en el factor inflacionario o el mero transcurso del tiempo deja de lado, o al menos, descalifica la magnitud del factor más importante que es el análisis frío y deshumanizado de lo que vivimos y de lo que perdimos.
Por tanto sin perjuicio del Informe Técnico conjunto elaborado por las Áreas de Costos y Tarifas y la Sección Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento, relativo a la determinación del nuevo cuadro tarifario, esta Vocalía no acompañará el ajuste tarifario propuesto del 47,72%, con aplicación a partir que se haya terminado de sustanciar el procedimiento administrativo correspondiente.
El impacto del incremento global en la tarifa será devastador, y aún retrasado, representa un verdadero tarifazo. Desconoce que en el actual escenario social y económico la capacidad de pago de los contribuyentes se encuentra más deteriorado y con menos margen que en el 2020, pues quienes los tuvieron, consumieron sus ahorros y agotaron totalmente su capacidad para endeudarse .
Ya he advertido en reiteradas oportunidades estos fundamentos, por lo que a ellos me remito, citando hoy, sólo a modo ilustrativo, la publicación del domingo 11 de Abril del corriente, el diario La Voz del Interior, en su sección Primer Plano: Covid, desempleo y pobreza: segunda ola con problemas sociales agravados habla de los indicadores nacionales que dicen que el Covid-19 dejó 3.3 millones más de pobres en el país. Los entramados sociales y económicos del país y de la provincia de Córdoba en élestán mucho más deteriorados que antes.
En porcentajes, del 35.5 por ciento de la población se pasó al 42 por ciento, seis puntos y medio más de personas cuyos ingresos no les alcanza para satisfacer sus necesidades más básicas.
En este punto las reflexiones de la Licenciada Leiza Camilo Caro, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 185
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Investigadora del Instituto para el Desarrollo Social Argentino Idesa grafican de la mejor manera, esta acuciante situación: Vemos que estamos mucho menos preparados en materia económica porque la gente que tenía ahorros, ya los gastó, y la que no tenía, ya se endeudó, con lo que el que podría haber habido el año pasado, se terminó. Finalmente, plantea que tal situación no sólo afecta en los sectores más bajo de la pirámide social sino que también se observa en las familias de clase media. Según una encuenta de D Alessio Irol dice que en 2020 las familias de este grupo tenía deudas del 62% y ahora, el 73%
de los hogares está endeudada.

Si a lo predicho, agrego que para no poner en riesgo la capacidad de pago de los usuarios el nivel de ingresos de los mismos debe mejorarse, el universo de usuarios debe encontrar un nuevo y adicional empleo o fuente de ingresos, de otra manera, seguimos alimentando una bola de nieve casi imposible de deshacer.
En el mismo artículo precitado, el economista Micael Salomón habla de la realidad pre-segunda ola y dice que si bien ..muestra un proceso de recuperación, no es de mejoría respecto de los valores anteriores a la cuarentena. Luego de la flexibilización de las medidas sanitarias, como era de esperar, una gran masa de personas intentó ingresar o regresar al mercado. Si bien la tasa de empleo creció, la oferta laboral fue absorbida mayoritariamente en trabajos de media jornada, informales, o una mezcla de ambos. Eso los coloca en una situación de alta vulnerabilidad, ya que casi el 90% de ese universo busca trabajar más horas básicamente por razones económicas y de necesidad la negrita y el subrayado es mío.
Es decir, que más allá de las razones técnicas y de costos consideradas en los informes pertinentes y sin perjuicio de ellos, la decisión de esta Vocalía es tomar en cuenta este contexto crítico planteado y del cual no podemos permanecer indiferentes. Habrá que afinar con inteligencia las estrategias para que la gestión, calidad de servicio y facturación de la prestadora sean coherentes con una realidad más que dura y marque con responsabilidad una proyección posible y viable.
Por todo lo dicho, mi voto es negativo.
Asi voto Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por la Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N 95/2021, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS ERSeP por mayoría voto del presidente Mario A. Blanco y de los vocales José Luis Scarlatto, Luis A.
Sánchez y Walter Scavino:
RESUELVE:
Artículo 1º: APRUÉBASE la propuesta de modificación tarifaria correspondiente a la Concesionaria Cuencas Serranas S.A., resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I a la presente, el cual empezará a regir a partir de los consumos registrados desde el 01 de Septiembre de 2021. Artículo 2: ORDENÁSE a la Concesionaria Cuencas Serranas S.A.
proceda a ejecutar las obras priorizadas que obran como Anexo II de la presente con lo recaudado en concepto de Cargo Tarifario autorizado mediante Resolución General ERSeP N 65/2019, de conformidad a lo dispuesto por el Informe Técnico Conjunto de las Áreas Técnicas y de Costos y Tarifas de fs. 44/54.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/09/2021

Page count14

Edition count4145

First edition01/02/2006

Last issue22/05/2024

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