Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIII - Nº 59
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 18 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Y CONSIDERANDO:
Que la adecuación de precio de que se trata encuadra en las previsiones del Decreto Nº 800/2016, modificado por su similar Nº 30/2018, disposiciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y el artículo 14.2 del Pliego de Condiciones Particulares de la contratación de que se trata.

Que mediante Resolución Ministerial Nº 178, de fecha 21 de junio de 2019, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio Caminero Único, suscribiéndose el pertinente Contrato el día 31 de junio de 2019 y el Acta de Replanteo con fecha 1 de agosto del mismo año, siendo el plazo contractual de ejecución de obra de 180 días.
Que mediante nota de fecha 17 de enero de 2020, la mencionada contratista formalizó el pedido de la primera Adecuación Provisoria de Precios de la obra faltante de ejecutar.
Que el Departamento Gestión Económica de Obras de la Dirección Provincial de Vialidad acompaña informe técnico del cual surge que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, que a la fecha de la adecuación provisoria enero/2020, la variación de referencia es de 45,44% en relación a valores de oferta y el saldo a integrar por adecuación provisoria asciende a la suma de $ 4.443.771,77, en consecuencia el nuevo costo del presupuesto total de la obra a precios del mes de enero de 2020 es de $ 20.420.611,47.
Que asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coeficientes y de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incorporado en autos Acta Acuerdo de Adecuación Provisoria de Precio N1, suscripta entre los señores Ministros de Obras Públicas y de Agricultura y Ganadería y el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad por una parte, y por la otra el señor Presidente del Consorcio Caminero Único, por la que se acuerda la primera Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos verificadas en el mes de enero de 2020, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que en la Cláusula Tercera de la mencionada Acta se acuerda mantener el plazo de finalización de la obra para el día 28 de enero de 2020, surgiendo de sus considerandos que la contratista ha solicitado el Anticipo Financiero del 20%, por lo que se adecúa el 80% de la obra faltante de ejecutar.
Que se expresa también en la referida Acta Acuerdo, que se ha procedido a calcular las adecuaciones conforme a lo indicado en el artículo segundo del Decreto Nº 1082/2018, habiendo verificado la repartición que los trabajos ejecutados en los meses involucrados en estas adecuaciones se encuentran por arriba de los previsto de acuerdo al último plan de trabajo e inversiones por aprobarse en las presentes actuaciones.

Que mediante Resolución Nº 00077/2020, el señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, en virtud de competencias técnicas específicas, de acuerdo al Decreto Nº 674/2017, aprueba el procedimiento y cálculos efectuados conforme las previsiones del Decreto Provincial Nº 800/2016, modificado por Decreto Nº 30/2018.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N
2020/000033 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación
que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N 23/2020 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 223/216, atento a que se ha verificado una variación en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al cinco por ciento 5% respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse a la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo oportunamente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida cuenta que existe una modificación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.

Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N23/2020 y en uso de sus atribuciones Ley 10.546, Decreto 1053/2018 y demás relacionados.
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Adecuación Provisoria de Precio N 1 por las variaciones de costos verificadas en el mes de enero de 2020, en la realización de la obra: PAVIMENTACIÓN DE ACCESO A COOPERATIVA AGRICOLA DE MONTE MAÍZ LTDA - DEPARTAMENTO UNIÓN
por la suma total de Pesos Cuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Setecientos Setenta y Uno con Setenta y Siete Centavos $ 4.443.771,77, suscripta en el mes de enero de 2020, entre el Ministro de Agricultura y Ganadería, Dr. Sergio Busso, el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ing.
Martín Gutierrez y el suscripto por una parte y el Consorcio Caminero Único, representado por su Presidente, señor Agustín Pizzichini, contratista de la obra por la otra, que como Anexo I, compuesto de tres 3 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Setecientos Setenta y Uno con Setenta y Siete Centavos $ 4.443.771,77, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2020/000033, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 507-000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: CR. RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
ANEXO

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N 19
Córdoba 17 de marzo de 2020
VISTO: Los Decretos N 190/2020 y N 195/2020;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto N 190/2020, establece la suspensión en todo el territorio dela Provincia de Córdoba, de la realización de eventos públicos o privados con concentración masiva de personas de la naturaleza que fueren, social, cultural, académicos, de capacitación, entre otros.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date18/03/2020

Page count12

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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