Boletin Judicial de Costa Rica del 11/8/2021

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVII

LaLaUruca, agostodel del2016
2021
Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,miércoles lunes 1 11
de de febrero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 130-2021
ASUNTO:Reiteración de la Circular N 187-2020 Dejar sin efecto la Circular N 161-2020 del 07 de agosto del 2020, referente a la Propuesta y Modelo de Acciones Por Fases COVID-19.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N 422021 celebrada el 20 de mayo del 2021, artículo XL, a solicitud del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, dispuso reiterar la Circular N 187-2020 del 02 de setiembre del 2020, Dejar sin efecto la Circular N 161-2020 del 07
de agosto del 2020, referente a la Propuesta y Modelo de Acciones Por Fases COVID-19.
Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.
San José, 31 de mayo del 2021.

Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2021570476 .
CIRCULAR N 167-2021
ASUNTO: Reiteración de la Circular 245-2014 denominada Directrices sobre el nombramiento de las Juezas y Jueces Suplentes.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N 59-2021, celebrada el 15
de julio de 2021, artículo XLII, dispuso a solicitud de Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional reiterar nuevamente la Circular 245-2014 denominada Directrices sobre el nombramiento de las Juezas y Jueces Suplentes. las cuales se deben aplicar de conformidad con lo que establece el artículo 69
de la ley de Carrera Judicial, y son las siguientes:
1En los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o de quienes deban cubrir una vacante temporal, que se realice sin concurso, se dará prioridad a las personas elegibles, conforme a quien tenga mejor nota, en primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en segundo orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un adecuado desempeño en el ejercicio del cargo.
2El inadecuado desempeño deberá haber sido comunicado al Consejo Superior. Las notas se actualizarán conforme a los movimientos que se registren en el escalafón de elegibles.
3Los nombramientos menores de tres meses que deba realizar el Despacho de la Presidencia, se regirán por la misma regla conforme a las listas de elegibles del escalafón que corresponda y en aplicación al artículo 69 citado.
4 Conforme a lo anterior solo es posible nombrar como jueces o juezas a personas no elegibles en la Carrera Judicial, cuando no existan elegibles nombrados como suplentes o disponibles en el escalafón que administra la Presidencia de la Corte.

Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2021.08.10
14:27:02 -0600

Nº 153 24 Páginas
5Cada Despacho Judicial tendrá una lista de suplentes para llenar las vacantes temporales menores a tres meses, en estricto orden de notas y un registro en el que conste además el rol respectivo, las designaciones que se hagan, con señalamiento de los períodos y motivo de nombramiento del suplente, y el cumplimiento efectivo del rol establecido.
6De conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ-028-2014, celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo VII, en adelante las propuestas de nombramientos que resulten de concursos abiertos juez a 1 y 2, se realizarán considerando a las personas elegibles para las listas principales y complementarias y las no elegibles serán propuestas únicamente en las listas complementarias cuando ello sea necesario. De no completarse las listas principales con personas elegibles, la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, procederá con un nuevo concurso.
7Las personas elegibles que estén designadas en las listas complementarias, o bien cuando alcancen la elegibilidad, podrán solicitar al Consejo de la Judicatura, ser traslados a las listas principales en caso de que exista espacio en estas últimas. Ref.:10386-2016 /7050-2021
San José, 21 de julio de 2021.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021570478 .
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 21-013618-0007-CO que promueve Giancarlo Grossi Solano, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas treinta y cuatro minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Giancarlo Grossi Solano, para que se declaren inconstitucionales la ley número 9838 Modificación de la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, el artículo 95 bis de la Ley número 9078 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial y los decretos ejecutivos números 43048-MOPT-S y 42227-MP-S, por resultar contrarios a los artículos, 9, 28, 39, 105, 117 y 121 inciso 7
de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a el Ministro de Salud, el Ministro de Obras Públicas y Transportes, el Presidente de la Comisión Nacional de Atención de Riesgos y Prevención de Emergencias y al Director Ejecutivo del Consejo de Seguridad Vial.
Las normas se impugnan en cuanto el expediente legislativo número 21895, del que surgió la ley número 9838 fue tramitado en forma célere y apresurada, pues solo transcurrieron cuatro días desde su presentación en la Asamblea Legislativa, la dispensa de trámites, el ingreso en el orden del día, siendo votado en primer debate el 1 de abril de 2020 y aprobado en segundo debate tan solo dos días después del primer debate y publicándose al día siguiente en la

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Boletin Judicial de Costa Rica del 11/8/2021

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date11/08/2021

Page count24

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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