Boletin Judicial de Costa Rica del /5/3/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 45

Martes 5 de marzo del 2019

ordinal 19, prohíbe la intervención de extranjeros en los asuntos políticos del país. El Magistrado Rueda Leal y la Magistrada Hernández López ponen notas. El Magistrado Cruz Castro y la Magistrada Esquivel Rodríguez salvan el voto, y declaran sin lugar la acción en todos sus extremos. Comuníquese.

San José, 31 de enero del 2019.

Vernor Perera León Secretario a. í.

O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019318235 .
JUZGADO NOTARIAL
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N 14-0000560627-NO, de Josué Polonio Gamboa contra Roberto Andrés Oliva Astete cédula de identidad 8-0055-0382, este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N 778-2018, de las diez horas y cuarenta y dos minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho folios 110 al 113, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza 1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2019318424 .
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 15-0004060627-NO, de Archivo Notarial contra Marilú Quirós Álvarez, cédula de identidad Nº 1-1000-0130, se dictó la resolución que dice:
Juzgado Notarial, a las ocho horas y cincuenta y seis minutos del quince de enero del dos mil diecinueve. Visto el escrito presentado por la Notaria Marilú Quirós Álvarez visible a folios 64 al 68 del expediente, y llevando la razón la parte denunciada, se ordena dejar sin efecto la comunicación de la sanción publicada en Boletín Judicial Nº 196 del 24 de octubre del 2018 folio 60. Así las cosas y en virtud de que la sentencia dictada en este proceso Nº 441-2018 de las once horas y veinte minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciocho folios 55 al 56, se encuentra firme, se ordena comunicar al Archivo Notarial, Registro Nacional, Registro Civil, Dirección Nacional de Notariado y a la Imprenta Nacional, la sanción impuesta a la notaria: Marilú Quirós Álvarez, cédula de identidad Nº 1-10000130, de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza.
San José, 15 de enero del 2019.

Dra. Melania Suñol Ocampo Jueza
1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2019318425 .
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N 15-000577-0627NO, de Óscar Eduardo Valverde Guevara contra Leonel Sanabria Varela cédula de identidad N 3-0204-0481, este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N 017-2017, de las nueve horas y quince minutos del veinticinco de enero de dos mil diecisiete folios 50 al 54, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N 233-2018-TDN, de las once horas diez minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciocho folios 63 al 66, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá
vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho.

M.Sc. Francis Porras León, Juez.
1 vez.O. C. N 364-12-2017.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2019318426 .
Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N 15-000631-0627-NO, de Roxana Araya Quirós contra Juan Antonio Rescia Chinchilla, cédula de identidad 1-359-486, el Juzgado Disciplinario Notarial mediante sentencia N 631-2018 de las nueve horas treinta y tres minutos del veintiséis de setiembre del dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio del notariado, la cual se mantendrá vigente hasta que el denunciado acredite a este Despacho haber llevado a cabo finalmente la inscripción registral de la escritura número 201 del 25 de abril del dos mil quince, o bien haberle devuelto a la señora Araya Quirós la suma de ciento cuarenta mil colones, moneda de curso legal de Costa Rica. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Notifíquese.
San José, 14 de noviembre del 2018.

M.Sc. Francis Porras León Juez 1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2019318427 .
A: Eric Giovanni Fallas Siles, mayor, notario público, cédula de identidad Nº 1-803-104, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial Nº 18-000692-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial.San José, a las trece horas del trece de setiembre del dos mil dieciocho. Cumplida la prevención que se efectuó por resolución de las quince horas treinta y cinco minutos del catorce de agosto del dos mil dieciocho folio 15, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Erick Giovanni Fallas Siles, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio O-IFRA-425-2018
de fecha 19 de julio del 2018 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por ellos medios señalados por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial, los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta

About this edition

Boletin Judicial de Costa Rica del /5/3/2019

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date05/03/2019

Page count28

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31