Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/05/2024 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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JUEVES 23 DE MAYO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXIII - Nº 107
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar MINISTERIO DE SEGURIDAD
a SECCION
SECRETARIA DE SEGURIDAD
Resolución N 1
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
SUMARIO
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SECRETARIA DE SEGURIDAD
Resolución N 1 Pag. 1
Resolución N 2 Pag. 1
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD - APROSS
Resolución N 4 Pag. 2
Córdoba, 14 de mayo de 2024
VISTO: el Expediente Digital N 0531-066395/2024.
Y CONSIDERANDO:
Que, por las presentes actuaciones, se tramita la habilitación para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada de la empresa UP PREVENCION S.R.L. como así también la designación en el cargo de Director Técnico Responsable del señor Silvio Orlando BERNAL.
Que obra la presentación efectuada por la referida empresa, solicitando la habilitación como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, y la designación de su Director Técnico Responsable.
Que del análisis de la documental incorporada en autos, se desprende que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los Artículos 8, 9, 12, 13, 18, 29 inc. a, y concordantes de la Ley N 10.571; como así, en relación a la designación del Director Técnico Responsable propuesto, se acompaña la totalidad de la documentación exigida en los Artículos 10, 13, y 18 de la referida Ley 10.571.
Que se encuentra glosado Informe Técnico favorable, en el que considera que se cumplimentan los requisitos establecidos en la normativa que rige la materia para la procedencia de la solicitud de autos.
Que cabe referir que, los representantes de la empresa precitada se encuentran obligados a realizar la registración en el Ciudadano Digital C.I.D.I.
Nivel N 2, en razón de que, todas las notificaciones que se cursen en consecuencia de la presente habilitación, se efectuarán al Domicilio Electrónico previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artículos 25 y 55
de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N 1280/14 y por el artículo 6 de la Ley 10.618 y su Decreto reglamentario N 750/19, sin perjuicio de lo anterior, la empresa deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos 9 inc. d, 14, 15 y 16 de la Ley 10.571, en el plazo de sesenta 60 días corridos, a partir de la fecha del presente acto.
Por ello, actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio Seguridad
bajo los Nros. 239/2024 y 382/2024 respectivamente, y en uso de sus atribuciones conforme a lo dispuesto en el Artículo 2 inc.b de la Resolución Ministerial N 192/2024;
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD
DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1.- DISPÓNESE la habilitación de la empresa UP PREVENCION S.R.L. CUIT 33-71769903-9, con domicilio de la sede social en Avda. Colón N 36, Barrio Centro de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, sin la autorización para el uso de armas y PROCÉDASE a la designación como Director Técnico Responsable de la empresa del señor Silvio Orlando BERNAL D.N.I. N 21.360.451, a quien se le extenderá credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 2.- Los responsables de la empresa UP PREVENCION S.R.L.
CUIT 33-71769903-9, en el plazo de sesenta 60 días corridos, a partir de la fecha del presente acto, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos 9 inc. d, 14, 15 y 16 de la Ley 10.571; como así, deberán realizar la registración en el Ciudadano Digital C.I.D.I. Nivel N2, en razón de que, todas las notificaciones derivadas del presente, se efectuarán al Domicilio Electrónico previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artículos 25 y 55 de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N 1280/14 y por el artículo 6 de la Ley 10.618 y su Decreto reglamentario N 750/19.
Artículo 3. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: ANGEL ANDRES BEVILACQUA, SECRETARIO SEGURIDAD
Resolución N 2
Córdoba, 14 de mayo de 2024
VISTO: el Expediente Digital N 0531-066180/2024.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Y CONSIDERANDO:
Que, por las presentes actuaciones, se tramita la habilitación para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada de la empresa WALL SECURITY S.R.L. como así también la designación en el cargo de
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