Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 21/10/2013
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXI
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 24 PAGINAS
LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7292
ARTÍCULO 1º: Prorrógase por el término de dos años, a partir de su último vencimiento, la declaración de utilidad pública e interés social y sujeto a expropiación, del inmueble preceptuado por la ley 6620.
ARTÍCULO 2º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los once días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Eduardo Alberto Aguilar, Presidente DECRETO Nº 2318
Resistencia, 03 octubre 2013
VISTO:
La sanción legislativa N 7.292; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.292, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Judis s/c.
E:21/10/13
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7302
PRESUPUESTO GENERAL 2013 - CREACIÓN E
INCORPORACIÓN DE CARGOS Y HORAS CÁTEDRA
ARTÍCULO 1º: Créanse a partir del 01 de enero de 2013
en la Jurisdicción 29: Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, cargos y horas cátedra correspondientes al Escalafón Docente, de acuerdo con el siguiente detalle:
Escalafón Docente Nivel Inicial Nivel Primario Educación Especial Adultos Nivel Secundario Educación Física
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2013
Cantidad de cargos 362
1000
225
40
355
45
Cantidad de horas cátedra - Nivel
9.600 - Nivel Secundario
Educación Técnica Nivel Terciario Educación Artística Bibliotecas Técnico Docente Supervisores Total de cargos Total de horas cátedra
EDICION N 9.562
257
145
6
222
50
48
2.755
5.200 - Nivel Terciario
9.600 - Nivel Secundario 5.200 - Nivel Terciario
ARTÍCULO 2º: Incorpóranse a la Jurisdicción 29: Ministerio de Educación. Cultura, Ciencia y Tecnología del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial no Financiera Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013 ley 7158, los cargos y horas cátedras creadas por el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º: Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar la distribución analítica de los cargos y horas cátedras autorizadas, conforme con los mecanismos legales vigentes en la materia y a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 4º: Regístrese comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dos días del mes de octubre del año dos mil trece.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Eduardo Alberto Aguilar, Presidente DECRETO Nº 2379
Resistencia, 10 octubre 2013
VISTO:
La sanción legislativa N 7.302; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 7.302, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Soto s/c.
E:21/10/13
DECRETOS
DECRETO Nº 2130
Resistencia, 17 septiembre 2013
VISTO:
La actuación simple N E 34-2013-4609/A; y CONSIDERANDO:
Que por la misma, el Instituto de Cultura del